Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-14668)
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones del FROB y del Banco de España en la fusión entre Caixabank y Bankia y de la situación del proceso de reestructuración bancaria a 31 de diciembre de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 94867
Excepto por la operación de fusión de Bankia y CaixaBank, el FROB, el FGDEC y el Banco de
España no han realizado durante el trienio 2019-2021 actuaciones de reestructuración relevantes:
no se concedieron nuevos apoyos financieros y la actividad contractual llevada a cabo al respecto
no fue significativa. En consecuencia, la opinión global sobre el cumplimiento de la normativa
expuesta en los Informes del periodo 2009-2018 sigue siendo aplicable al periodo 2009-2021.
II.5. SEGUIMIENTO Y CONTROL
En cumplimiento de otro de los objetivos de esta fiscalización (ver subapartado I.4), en este
subapartado II.5 del Informe se analizan las actuaciones de seguimiento implantadas por las
entidades fiscalizadas para verificar la ejecución de los procesos de reestructuración, al amparo de
la Ley 9/2012. En concreto, en los próximos subepígrafes II.5.1.1 y II.5.1.2 se exponen los
resultados obtenidos en el examen del seguimiento efectuado por el FROB y el FGDEC de las
garantías otorgadas en las ventas de las entidades reestructuradas. Por su parte, en el subepígrafe
II.5.1.3 se analiza el seguimiento de los litigios derivados de los procesos de reestructuración y en
el II.5.1.4 el seguimiento del FROB sobre Sareb. Asimismo, en el epígrafe II.5.2 se incluye el análisis
de las actuaciones realizadas durante el período 2019-2021 por el FROB en relación con el
seguimiento de la gestión de BFA, de Bankia y de CaixaBank (esta última, tras la fusión). Por otro
lado, el análisis de la legalidad de las actuaciones llevadas a cabo por el FROB y el Banco de
España en relación con la fusión de Bankia y CaixaBank se desarrolla en el subapartado II.6 de
este Informe.
II.5.1. Seguimiento y control de los procesos de reestructuración
Las actuaciones de seguimiento efectuadas durante el periodo 2009 a 2018 fueron analizadas en
los tres Informes de fiscalización previos a los que se ha hecho reiterada referencia. A este respecto,
y como destacaba el segundo de los Informes, las deficiencias observadas en el primero de ellos
(2009-2012) no se repitieron en el segundo (2009-2015).
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 56 de la Ley 11/2015, el Presidente del FROB
compareció ante las correspondientes Comisiones del Congreso de los Diputados que fueron
convocadas durante los años 2019 a 2021, para informar sobre los elementos fundamentales de
las actividades del FROB. Asimismo, se elaboraron los informes trimestrales que se elevaron a los
Ministros de Hacienda y Administraciones Públicas y de Economía y Competitividad con las
actuaciones de carácter económico y presupuestario de mayor impacto acometidas por el FROB
durante el citado periodo.
El FROB y el FGDEC disponen de manuales de seguimiento y control de los EPA que describen,
entre otros aspectos, los riesgos y controles asociados, los flujos de información con la entidad
beneficiaria y el seguimiento interno de la evolución del EPA. Respecto de los EPA otorgados por
el FGDEC (CAM, Unnim y CCM) y por el FROB (Banco de Valencia), el FGDEC tiene implantado
un procedimiento por el que su personal realiza un seguimiento continuo de las carteras protegidas
a través de la selección de operaciones, que permite apreciar lo oportuno de su gestión o si dicha
gestión se aparta de la conducta seguida en las carteras no protegidas de la misma entidad
beneficiaria o grupo.
Las decisiones de la Comisión Europea relativas a la aprobación de los distintos EPA incluyen el
requerimiento al FROB para que periódicamente remita a la Secretaría General del Tesoro y
cve: BOE-A-2025-14668
Verificable en https://www.boe.es
ACTUACIONES DE SEGUIMIENTO DE LOS EPA
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 94867
Excepto por la operación de fusión de Bankia y CaixaBank, el FROB, el FGDEC y el Banco de
España no han realizado durante el trienio 2019-2021 actuaciones de reestructuración relevantes:
no se concedieron nuevos apoyos financieros y la actividad contractual llevada a cabo al respecto
no fue significativa. En consecuencia, la opinión global sobre el cumplimiento de la normativa
expuesta en los Informes del periodo 2009-2018 sigue siendo aplicable al periodo 2009-2021.
II.5. SEGUIMIENTO Y CONTROL
En cumplimiento de otro de los objetivos de esta fiscalización (ver subapartado I.4), en este
subapartado II.5 del Informe se analizan las actuaciones de seguimiento implantadas por las
entidades fiscalizadas para verificar la ejecución de los procesos de reestructuración, al amparo de
la Ley 9/2012. En concreto, en los próximos subepígrafes II.5.1.1 y II.5.1.2 se exponen los
resultados obtenidos en el examen del seguimiento efectuado por el FROB y el FGDEC de las
garantías otorgadas en las ventas de las entidades reestructuradas. Por su parte, en el subepígrafe
II.5.1.3 se analiza el seguimiento de los litigios derivados de los procesos de reestructuración y en
el II.5.1.4 el seguimiento del FROB sobre Sareb. Asimismo, en el epígrafe II.5.2 se incluye el análisis
de las actuaciones realizadas durante el período 2019-2021 por el FROB en relación con el
seguimiento de la gestión de BFA, de Bankia y de CaixaBank (esta última, tras la fusión). Por otro
lado, el análisis de la legalidad de las actuaciones llevadas a cabo por el FROB y el Banco de
España en relación con la fusión de Bankia y CaixaBank se desarrolla en el subapartado II.6 de
este Informe.
II.5.1. Seguimiento y control de los procesos de reestructuración
Las actuaciones de seguimiento efectuadas durante el periodo 2009 a 2018 fueron analizadas en
los tres Informes de fiscalización previos a los que se ha hecho reiterada referencia. A este respecto,
y como destacaba el segundo de los Informes, las deficiencias observadas en el primero de ellos
(2009-2012) no se repitieron en el segundo (2009-2015).
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 56 de la Ley 11/2015, el Presidente del FROB
compareció ante las correspondientes Comisiones del Congreso de los Diputados que fueron
convocadas durante los años 2019 a 2021, para informar sobre los elementos fundamentales de
las actividades del FROB. Asimismo, se elaboraron los informes trimestrales que se elevaron a los
Ministros de Hacienda y Administraciones Públicas y de Economía y Competitividad con las
actuaciones de carácter económico y presupuestario de mayor impacto acometidas por el FROB
durante el citado periodo.
El FROB y el FGDEC disponen de manuales de seguimiento y control de los EPA que describen,
entre otros aspectos, los riesgos y controles asociados, los flujos de información con la entidad
beneficiaria y el seguimiento interno de la evolución del EPA. Respecto de los EPA otorgados por
el FGDEC (CAM, Unnim y CCM) y por el FROB (Banco de Valencia), el FGDEC tiene implantado
un procedimiento por el que su personal realiza un seguimiento continuo de las carteras protegidas
a través de la selección de operaciones, que permite apreciar lo oportuno de su gestión o si dicha
gestión se aparta de la conducta seguida en las carteras no protegidas de la misma entidad
beneficiaria o grupo.
Las decisiones de la Comisión Europea relativas a la aprobación de los distintos EPA incluyen el
requerimiento al FROB para que periódicamente remita a la Secretaría General del Tesoro y
cve: BOE-A-2025-14668
Verificable en https://www.boe.es
ACTUACIONES DE SEGUIMIENTO DE LOS EPA