Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Auditoría de Cuentas. Normas técnicas. (BOE-A-2025-8725)
Resolución de 24 de abril de 2025, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se somete a información pública la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría, Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad, NIA-ES 260 (Revisada) y Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros, NIA-ES 700 (Revisada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 59011

FORMACIÓN DE LA OPINIÓN Y EMISIÓN DEL INFORME DE AUDITORÍA
SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS

Opinión del auditor (Ref: Apartados 24-26)
Referencia a los estados financieros que han sido auditados
A22. El informe de auditoría pone de manifiesto, por ejemplo, que el auditor ha auditado los
estados financieros de la entidad, que comprenden [mencionar el título de cada uno de
los estados financieros que conforman el conjunto completo de estados financieros
requeridos por el marco de información financiera aplicable, especificando la fecha o
periodo cubierto por cada estado financiero] y las notas explicativas de los estados
financieros que incluyen un resumen de las políticas contables significativas.
A23. Cuando el auditor tenga conocimiento de que los estados financieros auditados van a
incluirse en un documento que contenga otra información, como un informe anual,
podrá considerar la posibilidad, si la estructura de presentación lo permite, de identificar
los números de las páginas en las que se presentan los estados financieros auditados.
Esto ayuda a los usuarios a identificar los estados financieros a los que se refiere el
informe de auditoría.
“Presentan fielmente, en todos los aspectos materiales” o “Expresan la imagen fiel”
A24. Las frases "presentan fielmente, en todos los aspectos materiales" y "expresan la
imagen fiel" se consideran equivalentes. Las disposiciones legales o reglamentarias que
regulan la auditoría de estados financieros en una jurisdicción concreta, o la práctica
generalmente aceptada en dicha jurisdicción, son las que determinan que se utilice la
expresión “presentan fielmente, en todos los aspectos materiales” o la expresión
“expresan la imagen fiel”, en esa jurisdicción. Cuando las disposiciones legales o
reglamentarias requieran la utilización de una redacción diferente, esto no afecta al
requerimiento, contenido en el apartado 14 de esta NIA, de que el auditor evalúe si los
estados financieros preparados de conformidad con un marco de imagen fiel se
presentan fielmente.
Véase nota aclaratoria al apartado 25 de esta Norma.
A25. Cuando el auditor emite una opinión no modificada (favorable), no es adecuado utilizar
frases tales como "a la vista de la explicación anterior” o “sin perjuicio de” en relación
con la opinión, ya que sugieren una opinión condicionada o un debilitamiento o
modificación de la opinión.
Descripción de los estados financieros y de las cuestiones que presentan
A26. La opinión del auditor abarca al conjunto completo de estados financieros, tal y como lo
define el marco de información financiera aplicable. Por ejemplo, en el caso de muchos
marcos de información con fines generales, los estados financieros pueden comprender:
un estado de situación financiera, un estado del resultado global, un estado de cambios
en el patrimonio neto y un estado de flujos de efectivo, así como las correspondientes
notas explicativas que contienen, por lo general, un resumen de las políticas contables
significativas y otra información explicativa. En algunas jurisdicciones se puede
considerar información adicional como parte integrante de los estados financieros.
A27. En el caso de unos estados financieros preparados de conformidad con un marco de
imagen fiel, la opinión del auditor pone de manifiesto que los estados financieros
presentan fielmente, en todos los aspectos materiales, las cuestiones que los estados
financieros están destinados a presentar o expresan su imagen fiel. Por ejemplo, en el
caso de estados financieros preparados de conformidad con las NIIF, esas cuestiones son
la situación financiera de la entidad al cierre del periodo y los resultados y flujos de

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NIA-ES 700 (REVISADA)

cve: BOE-A-2025-8725
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Núm. 105