Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-8564)
Orden TDF/406/2025, de 23 de abril, por la que se modifica la Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Martes 29 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 57995

2. La celebración de contratos menores para servicios y suministros, en su
ámbito material de funciones, de acuerdo con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, incluida la aprobación y el compromiso
del gasto, así como el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago de
éstos.
3. La aprobación del gasto y la orden de pago material al Cajero Pagador,
respecto a los fondos tramitados por el sistema de Caja fija o pagos a justificar, en
los términos de las respectivas Órdenes ministeriales en esta materia, en su
ámbito de funciones.»
Cinco. Se modifica el apartado decimoquinto, que queda redactado en los
siguientes términos:
«Decimoquinto.
Servicios.

Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de

1. La gestión, autorización y compromiso de gastos, reconocimiento de las
obligaciones y propuesta de pago de los créditos correspondientes al capítulo 1
correspondientes a las retribuciones del personal del Ministerio, correspondiendo
la asignación de las cuantías concretas del complemento de productividad y
gratificaciones extraordinarias, en el marco de las dotaciones que se les hayan
asignado, a la persona titular de la respectiva Secretaría de Estado o de la
Subsecretaría, a propuesta de la persona titular del centro directivo o unidad
correspondiente.
2. Las aportaciones al plan de pensiones que realice el departamento como
entidad promotora; y la autorización, conforme a la normativa vigente, de las
deducciones proporcionales de haberes.
3. La concesión de los anticipos reintegrables a corto y largo plazo para el
personal funcionario y laboral en el ámbito del departamento, y la formalización de
todos los documentos contables correspondientes.
Esta competencia se delega en las personas titulares de los órganos de
personal en el caso del personal de los organismos públicos adscritos al
departamento.
4. En el ámbito de sus funciones, la administración de los créditos para
gastos de los presupuestos, la aprobación y compromiso de los gastos, el
reconocimiento de las obligaciones económicas y la propuesta de pago en el
marco del plan de disposición de fondos del Tesoro Público, hasta 300.000 euros.
5. En el ámbito de sus funciones, la celebración de contratos, las facultades
de formalización de encargos a medios propios personificados y la aprobación y
compromiso del gasto, así como el reconocimiento y propuesta de pago,
correspondientes a los créditos consignados en los programas de gasto por
operaciones corrientes y de capital, hasta el límite de 300.000 euros en los
contratos, y hasta el límite de 500.000 euros, impuestos excluidos, en el caso de
los encargos.
6. La resolución de convocatorias de ayudas de acción social cuyo importe
sea inferior a 300.000 euros.
7. La aprobación del gasto y la orden de pago material al Cajero Pagador,
respecto a los fondos tramitados por el sistema de Caja fija o pagos a justificar, en
los términos de las respectivas Órdenes ministeriales en esta materia, en su
ámbito de funciones.»

cve: BOE-A-2025-8564
Verificable en https://www.boe.es

Se delegan, en la persona titular de la Subdirección General de Recursos
Humanos e Inspección de Servicios, las siguientes competencias: