Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-8564)
Orden TDF/406/2025, de 23 de abril, por la que se modifica la Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Martes 29 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 57994

la persona titular del departamento delegue directamente en órganos y unidades
dependientes de la Subsecretaría:
1.º Administrar los créditos para gastos en el ámbito de su competencia,
aprobar y comprometer los gastos con cargo a aquellos créditos, así como
reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago en el marco del plan
de disposición de fondos del Tesoro Público.
2.º Conceder subvenciones y ayudas con cargo a los créditos de gasto
propios de la citada Subsecretaría.
Se exceptúan de esta fijación de límites las modificaciones presupuestarias y
los créditos para gastos del Ministerio correspondientes a los anticipos
reintegrables, los créditos del capítulo 1 y las aportaciones al plan de pensiones
que éste realice como entidad promotora.»
Dos. Se modifica el apartado segundo, que queda redactado en los siguientes
términos:
«Segundo. Delegación de competencias por la persona titular del Departamento
en relación con los límites fijados.
Se delegan por la persona titular del Ministerio en las personas titulares de las
Secretarías de Estado y de la Subsecretaría las competencias previstas en los
artículos 62.2.h) y j) y 63.1.i) y j) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, cuando se
superen los límites establecidos en el apartado primero.
Se exceptúan de esta delegación las modificaciones presupuestarias y los
créditos para gastos del Ministerio correspondientes a los anticipos reintegrables,
los créditos del capítulo 1 y las aportaciones al plan de pensiones que éste realice
como entidad promotora.»
Tres. Se modifica el apartado duodécimo, que queda redactado en los siguientes
términos:
«Duodécimo.

Vicesecretaría General Técnica.

Se delega, en la persona titular de la Vicesecretaría General Técnica la
aprobación del gasto y la orden de pago material al Cajero Pagador, respecto a los
fondos tramitados por el sistema de Caja fija o pagos a justificar, en los términos
de las respectivas Órdenes ministeriales en esta materia, en su ámbito de
funciones, con cargo a los créditos previamente autorizados y en relación con los
fondos librados a justificar a favor de la misma caja.»
Cuatro. Se modifica el apartado decimocuarto, que queda redactado en los
siguientes términos:

Se delega, en las personas titulares de los Gabinetes de las Secretarías de
Estado, de los Gabinetes técnicos de la Subsecretaría, de la Secretaría General
de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación
Audiovisual y de la Secretaría General de Administración Digital:
1. El ejercicio de las competencias a que se refiere el apartado séptimo en
relación con los conductores dependientes de cada órgano, así como con el
personal de las delegaciones oficiales que presidan sus titulares.

cve: BOE-A-2025-8564
Verificable en https://www.boe.es

«Decimocuarto. Gabinetes de las Secretarías de Estado y Gabinetes técnicos de
la Subsecretaría, Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de
los Servicios de Comunicación Audiovisual y Secretaría General de
Administración Digital.