Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-8564)
Orden TDF/406/2025, de 23 de abril, por la que se modifica la Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Martes 29 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 57993
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
8564
Orden TDF/406/2025, de 23 de abril, por la que se modifica la Orden
TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación de límites para la administración
de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
La Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias
regula la delegación del ejercicio de competencias en los órganos superiores y directivos
y en las unidades del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Con el fin de aclarar los límites para la administración de determinados créditos para
gastos en el ámbito de la Subsecretaría, de lograr una mayor eficacia y celeridad en la
tramitación de los procedimientos, así como mejorar la eficiencia del funcionamiento de
los servicios, procede modificar algunas de las disposiciones que contiene la Orden
TDF/469/2024.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación
de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de
delegación de competencias.
Se modifica la Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias,
en los siguientes términos:
Uno.
Se modifica el apartado primero, que queda redactado de la siguiente forma:
«Primero. Límite de gasto.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 61.l) y p), 62.2.h) y j) y 63.1.i)
y j) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se
fijan los siguientes límites de gasto:
1.º Administrar los créditos para gastos de los presupuestos del Ministerio
propios de su ámbito de competencia y de los órganos dependientes de las
mismas, aprobar y comprometer los gastos con cargo a aquellos créditos, así
como reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago, en el marco del
plan de disposición de fondos del Tesoro Público.
2.º Conceder subvenciones y ayudas con cargo a los créditos de gasto
propios de las citadas Secretarías de Estado y de los órganos dependientes de las
mismas.
b) Se fija en doce millones de euros el límite por debajo del cual la persona
titular de la Subsecretaría podrá, sin perjuicio de las competencias y funciones que
cve: BOE-A-2025-8564
Verificable en https://www.boe.es
a) Se fija en doce millones de euros el límite por debajo del cual las personas
titulares de las Secretarías de Estado podrán:
Núm. 103
Martes 29 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 57993
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
8564
Orden TDF/406/2025, de 23 de abril, por la que se modifica la Orden
TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación de límites para la administración
de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
La Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias
regula la delegación del ejercicio de competencias en los órganos superiores y directivos
y en las unidades del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Con el fin de aclarar los límites para la administración de determinados créditos para
gastos en el ámbito de la Subsecretaría, de lograr una mayor eficacia y celeridad en la
tramitación de los procedimientos, así como mejorar la eficiencia del funcionamiento de
los servicios, procede modificar algunas de las disposiciones que contiene la Orden
TDF/469/2024.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación
de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de
delegación de competencias.
Se modifica la Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias,
en los siguientes términos:
Uno.
Se modifica el apartado primero, que queda redactado de la siguiente forma:
«Primero. Límite de gasto.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 61.l) y p), 62.2.h) y j) y 63.1.i)
y j) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se
fijan los siguientes límites de gasto:
1.º Administrar los créditos para gastos de los presupuestos del Ministerio
propios de su ámbito de competencia y de los órganos dependientes de las
mismas, aprobar y comprometer los gastos con cargo a aquellos créditos, así
como reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago, en el marco del
plan de disposición de fondos del Tesoro Público.
2.º Conceder subvenciones y ayudas con cargo a los créditos de gasto
propios de las citadas Secretarías de Estado y de los órganos dependientes de las
mismas.
b) Se fija en doce millones de euros el límite por debajo del cual la persona
titular de la Subsecretaría podrá, sin perjuicio de las competencias y funciones que
cve: BOE-A-2025-8564
Verificable en https://www.boe.es
a) Se fija en doce millones de euros el límite por debajo del cual las personas
titulares de las Secretarías de Estado podrán: