Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-8466)
Resolución de 8 de abril de 2025, de la Universidad de Salamanca, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Letrados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102
Lunes 28 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 57442
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que así lo soliciten
en la forma prevista en la base 3.3.1, las adaptaciones posibles en tiempo y medios que
sean consideradas necesarias. A tal efecto, el tribunal podrá requerir informe y, en su
caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de
Servicios Sociales.
Si en cualquier momento del presente proceso selectivo, se suscitaran dudas
respecto de la capacidad de un aspirante con discapacidad para el desempeño de las
actividades atribuidas a la escala de las plazas convocadas, el tribunal calificador podrá
solicitar informe técnico a la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León. En este
supuesto, hasta tanto no se emita el dictamen, el aspirante podrá participar
condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva
sobre la admisión o exclusión del proceso, hasta la recepción del dictamen.
6.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede
en la Universidad de Salamanca, Patio de Escuelas, 1 (Edificio del Rectorado)
teléfono 923 294400. El tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona,
miembro o no de tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con
estas pruebas selectivas.
6.11 El tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un
número superior de aprobados al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, siempre que el tribunal haya propuesto el nombramiento de
igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la
cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias del aspirantes seleccionado,
antes de su nombramiento o toma de posesión, el rector podrá requerir al tribunal
relación complementaria de los aspirantes que, habiendo obtenido la puntuación mínima
para superar los ejercicios de la fase de oposición, sigan a los propuestos, para su
posible nombramiento como funcionarios de carrera.
6.12 Durante todo el proceso selectivo, el tribunal resolverá las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos
no previstos. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en las
Leyes 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6.13 Contra las resoluciones y actos de trámite del tribunal que decidan directa o
indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el
procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el rectorado de la
universidad en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación o, en su caso,
publicación.
Calendario y desarrollo de los ejercicios
7.1 El primer ejercicio se iniciará a partir del 15 de septiembre de 2025.
7.2 El proceso selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses
contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el BOCYL de la
resolución que eleve a definitivas las listas provisionales de aspirantes admitidos y
excluidos. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el
tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa. Los periodos de cierre
oficial de la Universidad determinarán la suspensión del cómputo de los plazos de
resolución.
7.3 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por el primero cuyo apellido
comience por la letra «V», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la
Secretaría de Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024 (BOE de 31 de julio
de 2024), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
cve: BOE-A-2025-8466
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 102
Lunes 28 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 57442
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que así lo soliciten
en la forma prevista en la base 3.3.1, las adaptaciones posibles en tiempo y medios que
sean consideradas necesarias. A tal efecto, el tribunal podrá requerir informe y, en su
caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de
Servicios Sociales.
Si en cualquier momento del presente proceso selectivo, se suscitaran dudas
respecto de la capacidad de un aspirante con discapacidad para el desempeño de las
actividades atribuidas a la escala de las plazas convocadas, el tribunal calificador podrá
solicitar informe técnico a la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León. En este
supuesto, hasta tanto no se emita el dictamen, el aspirante podrá participar
condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva
sobre la admisión o exclusión del proceso, hasta la recepción del dictamen.
6.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede
en la Universidad de Salamanca, Patio de Escuelas, 1 (Edificio del Rectorado)
teléfono 923 294400. El tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona,
miembro o no de tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con
estas pruebas selectivas.
6.11 El tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un
número superior de aprobados al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, siempre que el tribunal haya propuesto el nombramiento de
igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la
cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias del aspirantes seleccionado,
antes de su nombramiento o toma de posesión, el rector podrá requerir al tribunal
relación complementaria de los aspirantes que, habiendo obtenido la puntuación mínima
para superar los ejercicios de la fase de oposición, sigan a los propuestos, para su
posible nombramiento como funcionarios de carrera.
6.12 Durante todo el proceso selectivo, el tribunal resolverá las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos
no previstos. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en las
Leyes 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6.13 Contra las resoluciones y actos de trámite del tribunal que decidan directa o
indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el
procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el rectorado de la
universidad en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación o, en su caso,
publicación.
Calendario y desarrollo de los ejercicios
7.1 El primer ejercicio se iniciará a partir del 15 de septiembre de 2025.
7.2 El proceso selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses
contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el BOCYL de la
resolución que eleve a definitivas las listas provisionales de aspirantes admitidos y
excluidos. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el
tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa. Los periodos de cierre
oficial de la Universidad determinarán la suspensión del cómputo de los plazos de
resolución.
7.3 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por el primero cuyo apellido
comience por la letra «V», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la
Secretaría de Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024 (BOE de 31 de julio
de 2024), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
cve: BOE-A-2025-8466
Verificable en https://www.boe.es
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