Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-8473)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque eólico Lagunillas, de 65,7 MW de potencia, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Málaga».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102

Lunes 28 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 57521

artículo 9 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el
Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que señala que se considerarán que pueden
producirse graves daños sobre las personas y los bienes. Para ello el promotor realizará
redes de drenaje cimentadas, pero la afección a zonas de flujo preferente de la SET
Lagunillas 33/220 kV y la SET Colectora Tajo de la Encantada 220 kV solo se podrá
evitar modificando la localización de estas SETs.
El tránsito de vehículos y la operación y mantenimiento de la maquinaria suponen
cierto riesgo de contaminación por vertidos accidentales de combustibles, lubricantes y
fluidos hidráulicos, así como la posible rotura de la fosa séptica de aguas residuales o
accidentes en los baños químicos, y el vertido de fuel-oil de los grupos electrógenos, lo
que puede implicar la aparición de procesos de infiltración en las masas de aguas
subterráneas o contaminación de cauces superficiales.
Dos viales internos del parque se proyectan sobre el espacio ocupado por las masas
de agua subterránea, «Torcal de Antequera» y «Corredor Villanueva de la ConcepciónPeriana», mientras que el resto del proyecto no se localiza sobre masas de aguas
subterráneas.
El proyecto contempla la disposición, durante la fase de obras, de un sistema de
recogida de aceites, grasas y lubricantes. Se prohíbe el vertido de sustancias no
autorizadas y se dispone de gestores autorizados para todos los productos señalados.
Solo se realizarán vertidos a la red municipal, en los casos en los que sea posible, de
aquellas aguas que sean asimilables a aguas residuales urbanas tales como las
provenientes de oficinas, vestuarios, aseo, etc. y, se dispondrá para ello de los permisos
oportunos.
Afección por generación de residuos.

Los residuos son principalmente de naturaleza no peligrosa en la fase de obra. En
relación con los residuos no peligrosos, se estima un volumen aproximado de 71.302 m3
de tierras y pétreos de la excavación. En cuanto a los residuos resultantes de la
ejecución de la obra, como hormigón, se calcula un volumen de 1.486 m3.
Durante la construcción del parque eólico, se habilitará un punto limpio dentro del
vallado de la instalación para almacenaje temporal de los residuos que se vayan
produciendo durante la construcción antes del traslado al vertedero autorizado o plantas
de reciclaje. En el punto limpio se dispondrá de todo lo necesario para separar los
residuos según la naturaleza del material.
Los residuos para los que no se contempla reutilización o valorización, serán
almacenados en contenedores y recogidos por una empresa gestora de residuos
autorizada por la Junta de Andalucía. Los residuos urbanos o asimilables y no peligrosos
producidos en la instalación deben ser almacenados y gestionados correctamente. Los
residuos cuyo destino sea el depósito en vertedero autorizado deben ser trasladados y
gestionados según marca la legislación.
Los residuos peligrosos se tienen que almacenar en recipientes cerrados y
señalizados, bajo cubierto, siguiendo la normativa específica de residuos peligrosos,
almacenándose en envases convenientemente identificados. Serán gestionados
posteriormente mediante gestor autorizado de residuos peligrosos.
Durante la fase de obras, se dispondrá de aseos químicos con depósitos estancos
para su retirada por un gestor autorizado.
Los terraplenes necesarios para acondicionar el terreno podrán realizarse a partir del
material extraído de los desmontes. El excedente de tierras será transportado a vertedero.
En la fase de funcionamiento, se estima anualmente la generación de 1,27 t de
residuos peligrosos y 5.230,75 t de no peligrosos. Para el tratamiento de las aguas
provenientes del funcionamiento de las oficinas/edificio de control de las instalaciones,
se dispondrá de una fosa séptica estanca para la gestión de las aguas residuales.
Durante la fase de desmantelamiento, se trasladarán las góndolas de los
aerogeneradores a taller para realizar las tareas de desguace y recogida de aceites. En
el caso de las palas, se procederá a la trituración in situ o a su desguace en piezas

cve: BOE-A-2025-8473
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