Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-8418)
Real Decreto 317/2025, de 15 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a entidades de referencia en el ámbito de las comunicaciones cuánticas, con el fin de fomentar su colaboración en el marco de la adenda del componente 16, Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea -Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 57275
de ondas programables con señales aleatorias para aplicaciones en autenticación
ultrasegura y generación de números aleatorios multicanal. Además, trabaja en el diseño
y fabricación de circuitos fotónicos integrados en silicio con configuraciones multipuerto,
permitiendo un procesamiento cuántico más eficiente. Estos desarrollos se consideran
fundamentales para el procesamiento de información cuántica.
Por último, el Donostia International Physics Center (DIPC), es un centro de
investigación de excelencia que centra su actividad en el avance de la física y disciplinas
relacionadas. Contribuye al desarrollo de tecnologías cuánticas con proyectos
innovadores en comunicaciones espaciales y redes convergentes cuántico-clásicas y en
el diseño de sistemas ópticos compactos para la transmisión de fotones entrelazados
desde satélites, abordando retos como la sincronización y el apuntamiento preciso.
Además, investiga en infraestructuras multidominio para el desarrollo de la futura Internet
Cuántica, explorando la integración de redes QKD con protocolos de seguridad y
servicios avanzados. Estas iniciativas refuerzan el liderazgo del DIPC en el avance de
las comunicaciones cuánticas y su aplicación en escenarios reales.
Todas estas instituciones tienen una reconocida excelencia investigadora en el
ámbito de las comunicaciones cuánticas y aglutinan en su conjunto el conocimiento y
medios técnicos necesarios para cumplir con el propósito de la ayuda regulada por el
presente real decreto.
Adicionalmente, la financiación de estas instituciones para fomentar su colaboración
se apoya en razones de interés público y económico, en tanto que la creación y la
dotación de fondos para unificar el ecosistema científico en estas áreas constituyen una
ventaja competitiva para el ecosistema cuántico español a efectos de situarse como un
actor de mayor relevancia en las convocatorias de líneas piloto cuánticas que se van
tramitar por parte de la empresa común Chips-JU, incrementando las opciones de
obtener una mayor financiación de fondos europeos para dicho ecosistema.
Los motivos que desaconsejan la concurrencia pública en este caso concreto vienen
derivados del reducido número de instituciones científicas que llevan a cabo
investigación en un área tan incipiente como las comunicaciones cuánticas, un área de
desarrollo tecnológico que, en su naturaleza emergente y de alta especialización,
restringe considerablemente el número de actores capacitados para participar. En
particular, dicho ámbito se caracteriza por requerir capacidades técnicas avanzadas y un
alto grado de cualificación del personal investigador, aspectos que solo están al alcance
de un número muy limitado de organizaciones a nivel nacional. Asimismo, las actividades
de investigación, desarrollo e innovación proyectadas en el marco de la colaboración
planteada demandan competencias técnicas y científicas altamente especializadas, cuya
escasez en el mercado genera una situación de hecho que dificulta garantizar la
competencia efectiva. Esta circunstancia justifica la necesidad de adoptar medidas
excepcionales en el procedimiento, siempre respetando los principios y disposiciones
previstos en la normativa vigente.
La dotación de fondos para la colaboración planteada se articula mediante la
subvención a las entidades y organismos públicos de excelencia investigadora recogidos
en este real decreto, que desempeñan su actividad en el ámbito de las comunicaciones
cuánticas. La transferencia de fondos se realizará en su totalidad y por adelantado a la
ejecución de las actuaciones, individualmente a cada uno de los beneficiarios.
III
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en la regla 15.ª del artículo 149.1
de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica. Con carácter
principal, es necesario señalar que las actividades que se van a subvencionar por parte
de la Administración General del Estado tienen un ámbito supraautonómico, pues
requieren la participación de un grupo de entidades para la realización de un proyecto en
cooperación, de extrema complejidad científica y tecnológica y de la regla 13.ª del mismo
cve: BOE-A-2025-8418
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 102
Lunes 28 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 57275
de ondas programables con señales aleatorias para aplicaciones en autenticación
ultrasegura y generación de números aleatorios multicanal. Además, trabaja en el diseño
y fabricación de circuitos fotónicos integrados en silicio con configuraciones multipuerto,
permitiendo un procesamiento cuántico más eficiente. Estos desarrollos se consideran
fundamentales para el procesamiento de información cuántica.
Por último, el Donostia International Physics Center (DIPC), es un centro de
investigación de excelencia que centra su actividad en el avance de la física y disciplinas
relacionadas. Contribuye al desarrollo de tecnologías cuánticas con proyectos
innovadores en comunicaciones espaciales y redes convergentes cuántico-clásicas y en
el diseño de sistemas ópticos compactos para la transmisión de fotones entrelazados
desde satélites, abordando retos como la sincronización y el apuntamiento preciso.
Además, investiga en infraestructuras multidominio para el desarrollo de la futura Internet
Cuántica, explorando la integración de redes QKD con protocolos de seguridad y
servicios avanzados. Estas iniciativas refuerzan el liderazgo del DIPC en el avance de
las comunicaciones cuánticas y su aplicación en escenarios reales.
Todas estas instituciones tienen una reconocida excelencia investigadora en el
ámbito de las comunicaciones cuánticas y aglutinan en su conjunto el conocimiento y
medios técnicos necesarios para cumplir con el propósito de la ayuda regulada por el
presente real decreto.
Adicionalmente, la financiación de estas instituciones para fomentar su colaboración
se apoya en razones de interés público y económico, en tanto que la creación y la
dotación de fondos para unificar el ecosistema científico en estas áreas constituyen una
ventaja competitiva para el ecosistema cuántico español a efectos de situarse como un
actor de mayor relevancia en las convocatorias de líneas piloto cuánticas que se van
tramitar por parte de la empresa común Chips-JU, incrementando las opciones de
obtener una mayor financiación de fondos europeos para dicho ecosistema.
Los motivos que desaconsejan la concurrencia pública en este caso concreto vienen
derivados del reducido número de instituciones científicas que llevan a cabo
investigación en un área tan incipiente como las comunicaciones cuánticas, un área de
desarrollo tecnológico que, en su naturaleza emergente y de alta especialización,
restringe considerablemente el número de actores capacitados para participar. En
particular, dicho ámbito se caracteriza por requerir capacidades técnicas avanzadas y un
alto grado de cualificación del personal investigador, aspectos que solo están al alcance
de un número muy limitado de organizaciones a nivel nacional. Asimismo, las actividades
de investigación, desarrollo e innovación proyectadas en el marco de la colaboración
planteada demandan competencias técnicas y científicas altamente especializadas, cuya
escasez en el mercado genera una situación de hecho que dificulta garantizar la
competencia efectiva. Esta circunstancia justifica la necesidad de adoptar medidas
excepcionales en el procedimiento, siempre respetando los principios y disposiciones
previstos en la normativa vigente.
La dotación de fondos para la colaboración planteada se articula mediante la
subvención a las entidades y organismos públicos de excelencia investigadora recogidos
en este real decreto, que desempeñan su actividad en el ámbito de las comunicaciones
cuánticas. La transferencia de fondos se realizará en su totalidad y por adelantado a la
ejecución de las actuaciones, individualmente a cada uno de los beneficiarios.
III
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en la regla 15.ª del artículo 149.1
de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica. Con carácter
principal, es necesario señalar que las actividades que se van a subvencionar por parte
de la Administración General del Estado tienen un ámbito supraautonómico, pues
requieren la participación de un grupo de entidades para la realización de un proyecto en
cooperación, de extrema complejidad científica y tecnológica y de la regla 13.ª del mismo
cve: BOE-A-2025-8418
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 102