Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-8349)
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo para las futbolistas que prestan sus servicios en clubes de la primera división femenina de fútbol.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Viernes 25 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 56754

se seguirán los procedimientos que se establezcan a este respecto en los acuerdos
interprofesionales de ámbito estatal o autonómico conforme a lo dispuesto en tal artículo.
2. Lo dispuesto anteriormente mantendrá su vigencia mientras sea de obligado
cumplimiento legal, por lo tanto, desaparecida, en su caso, la previsión legal del
artículo 85.3.c del Estatuto de los Trabajadores que obliga a ello, dicho artículo se tendrá
por no puesto en el presente convenio colectivo, aunque el mismo estuviera aún vigente.
ANEXO I
Modelo de contrato – Tipo (artículo 17)
Lugar y fecha de la contratación.
REUNIDOS
De una parte: El Club o Sociedad Anónima Deportiva, con domicilio social
en .............................. calle ..................................... n.º ……, representado en este acto
por D.ª/D. ....................................................................... y D. ............................................,
en sus calidades de Presidenta/e y Secretaria/o, respectivamente. En adelante el Club o
Sociedad Anónima Deportiva.
De otra parte: Dña. …………………………………………...........…….. de años, con
DNI (o Pasaporte) n.º ....................., con domicilio en ........................ en adelante la
Futbolista.
Ambas partes, de común acuerdo, convienen suscribir el presente Contrato de
Trabajo, que se regirá por lo dispuesto en las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
El presente contrato tiene por objeto la prestación de los servicios profesionales de
La Futbolista por cuenta del Club o Sociedad Anónima Deportiva, durante el tiempo y
con las retribuciones y demás condiciones que se estipulan en el mismo.
Segunda.
El presente contrato tendrá una duración de ............... (siempre determinada),
comenzando su vigencia el día ............. y finalizando el día .............
Tercera.
La Futbolista percibirá del Club/SAD como contraprestación económica por la
prestación de sus servicios la cantidad bruta total de …… euros, pagadera en …….
mensualidades por importe de …….. euros brutos cada una de ellas:

1.º
2.º
3.º

Prima de Contrato: …………………….
Primas por Partido: …………………….
Otros conceptos: ……....……………….

En cualquier caso, La Futbolista percibirá, como mínimo, la retribución mínima
garantizada de acuerdo con el convenio colectivo vigente.

cve: BOE-A-2025-8349
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Otras Retribuciones: