Ministerio de Juventud E Infancia. III. Otras disposiciones. Programa de Jóvenes Delegados de España en Naciones Unidas. (BOE-A-2025-8203)
Resolución de 11 de abril de 2025, del Instituto de la Juventud, por la que se convoca el proceso selectivo para participar en la edición de 2025-2026 del Programa de Jóvenes Delegados de España en Naciones Unidas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98
Miércoles 23 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 55585
Humanos del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. La
publicación de las mismas se realizará en las páginas web del INJUVE, del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y del Consejo de la Juventud de
España, serán objeto de notificación individual a los interesados.
Esta resolución de alta o baja en el Programa pone fin a la vía administrativa, de
conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, pudiendo ser
recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en
el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o bien interponerse
contra ella recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente a su publicación, conforme a los artículos 9, 45 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio.
Décimo. Duración de la participación en el Programa.
1. De acuerdo con el artículo cuatro de la Orden ministerial y en la presente
convocatoria, la participación en el programa será de dos años a partir de la fecha que
se señale en la resolución que ponga fin al procedimiento, siguiendo el orden de
puntuación obtenido en el proceso de selección.
2. Los participantes que se incorporen en fecha posterior a la que en cada
convocatoria se establezca, verán reducida su participación a la fecha de finalización
inicialmente prevista.
Undécimo.
Temas a desarrollar en la presente convocatoria.
La presente edición del Programa centrará su atención principalmente en los
siguientes temas que serán debatidos en los foros de Naciones Unidas:
a) Promoción y protección de los Derechos Humanos.
b) Atención de asuntos humanitarios y de protección de civiles.
c) Prevención de conflictos y mantenimiento de la paz y seguridad internacionales.
Duodécimo.
Desarrollo del Programa. Plan anual de Trabajo.
a) Incorporación de los Jóvenes Delegados en las delegaciones oficiales de
España en el marco de Naciones Unidas que se determine en el Plan anual de trabajo.
b) Participación en las sesiones de formación impartidas por el INJUVE, el Consejo
de la Juventud de España y el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, sobre las principales temáticas objeto de esta convocatoria.
c) Participación en la organización y realización de consultas a los jóvenes, y en
relación con los temas abordados durante el periodo de vigencia del Plan de trabajo.
d) Estudio y preparación de las temáticas de trabajo objeto de esta convocatoria.
e) Difusión del Programa en centros educativos, centros de información juvenil y
otros centros sociales.
f) Implicación en las actividades que puedan ser promovidas por otras
organizaciones que colaboren activamente con el Programa.
cve: BOE-A-2025-8203
Verificable en https://www.boe.es
1. Una vez concluido el proceso de selección, el Comité de Selección y
Seguimiento adoptará un Plan anual de trabajo, para el desarrollo del Programa y los
principales temas elegidos, y la asignación de los temas a cada uno de los Jóvenes
Delegados.
2. Este Plan anual de trabajo, incluirá, en colaboración con el INJUVE, el Ministerio
de Asuntos Exteriores Unión Europea y Cooperación y el Consejo de la Juventud de
España, entre otras, las siguientes acciones:
Núm. 98
Miércoles 23 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 55585
Humanos del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. La
publicación de las mismas se realizará en las páginas web del INJUVE, del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y del Consejo de la Juventud de
España, serán objeto de notificación individual a los interesados.
Esta resolución de alta o baja en el Programa pone fin a la vía administrativa, de
conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, pudiendo ser
recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en
el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o bien interponerse
contra ella recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente a su publicación, conforme a los artículos 9, 45 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio.
Décimo. Duración de la participación en el Programa.
1. De acuerdo con el artículo cuatro de la Orden ministerial y en la presente
convocatoria, la participación en el programa será de dos años a partir de la fecha que
se señale en la resolución que ponga fin al procedimiento, siguiendo el orden de
puntuación obtenido en el proceso de selección.
2. Los participantes que se incorporen en fecha posterior a la que en cada
convocatoria se establezca, verán reducida su participación a la fecha de finalización
inicialmente prevista.
Undécimo.
Temas a desarrollar en la presente convocatoria.
La presente edición del Programa centrará su atención principalmente en los
siguientes temas que serán debatidos en los foros de Naciones Unidas:
a) Promoción y protección de los Derechos Humanos.
b) Atención de asuntos humanitarios y de protección de civiles.
c) Prevención de conflictos y mantenimiento de la paz y seguridad internacionales.
Duodécimo.
Desarrollo del Programa. Plan anual de Trabajo.
a) Incorporación de los Jóvenes Delegados en las delegaciones oficiales de
España en el marco de Naciones Unidas que se determine en el Plan anual de trabajo.
b) Participación en las sesiones de formación impartidas por el INJUVE, el Consejo
de la Juventud de España y el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, sobre las principales temáticas objeto de esta convocatoria.
c) Participación en la organización y realización de consultas a los jóvenes, y en
relación con los temas abordados durante el periodo de vigencia del Plan de trabajo.
d) Estudio y preparación de las temáticas de trabajo objeto de esta convocatoria.
e) Difusión del Programa en centros educativos, centros de información juvenil y
otros centros sociales.
f) Implicación en las actividades que puedan ser promovidas por otras
organizaciones que colaboren activamente con el Programa.
cve: BOE-A-2025-8203
Verificable en https://www.boe.es
1. Una vez concluido el proceso de selección, el Comité de Selección y
Seguimiento adoptará un Plan anual de trabajo, para el desarrollo del Programa y los
principales temas elegidos, y la asignación de los temas a cada uno de los Jóvenes
Delegados.
2. Este Plan anual de trabajo, incluirá, en colaboración con el INJUVE, el Ministerio
de Asuntos Exteriores Unión Europea y Cooperación y el Consejo de la Juventud de
España, entre otras, las siguientes acciones: