Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-3088)
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque eólico Alto Bierzo-Sil, de 126 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de León».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de febrero de 2025
d.
Sec. III. Pág. 22186
Valoración del órgano ambiental.
El proyecto se localiza en la provincia de León, en la Sierra de Gistredo, conjunto
montañoso situado en las estribaciones meridionales de la Cordillera Cantábrica.
El entorno acoge importantes valores naturales, entre ellos el espacio de la Red
Natura 2000 ZEC/ZEPA «Alto Sil», que coincide con la infraestructura de evacuación en
su tramo final soterrado. Asimismo, su límite suroeste es bordeado a escasa distancia
por un tramo subterráneo de la línea de evacuación y el parque eólico se localiza
a menos de 6 km. Otros espacios de la Red Natura contiguos al anterior son la ZEC
y ZEPA «Omaña» y la ZEC/ZEPA «Sierra de los Ancares».
Los anteriores espacios albergan especies con gran interés de conservación al estar
gravemente amenazadas. Destacan el oso pardo y el urogallo cantábrico, catalogados a
nivel nacional como «En peligro de extinción», que cuentan con respectivos planes de
recuperación y cuyos ámbitos de aplicación coinciden en el entorno con los espacios
de la Red Natura 2000 citados. Cabe resaltar que varias áreas críticas del Plan de
recuperación del urogallo se encuentran a menos de 1 km de la línea de evacuación.
Si bien el promotor ha realizado diferentes estudios sobre la presencia de urogallo
cantábrico en el ámbito del proyecto sin llegar a registrar ningún avistamiento, las
razones apuntadas en los diferentes informes emitidos por las administraciones
competentes concluyen en su importancia actual para la especie, al menos como zona
de conexión entre áreas con presencia confirmada, como los espacios de la Red
Natura 2000, así como por su potencial para la expansión y recuperación de territorios
de presencia histórica recientemente perdidos y con hábitats adecuados. La reciente cita
de presencia de urogallo cercana a las instalaciones proyectadas, la existencia de un
cantadero entre las posiciones de los aerogeneradores, la coincidencia con varios
cantaderos históricos, la proximidad de las áreas críticas del Plan de recuperación y de
los espacios de la Red Natura 2000 y otras razones constituyen argumentos que
refuerzan en gran medida la probabilidad de utilización de la zona por la especie y la
importancia de su conservación en un estado favorable.
La Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del MITECO señala
que el urogallo podría sufrir molestias durante la construcción de la línea subterránea y en el
funcionamiento mayores de las estimadas por el promotor. Asimismo, resalta la
fragmentación y pérdida de hábitat potencial e histórico reciente y la interferencia en los
movimientos de posible expansión, efectos que podrían comprometer su supervivencia y
recuperación, dada la situación actual de regresión de la población. Concluye que el proyecto
no sería compatible con la conservación de la especie en la zona.
En términos similares se pronuncia la Dirección General de Patrimonio Natural y
Política Forestal de la Junta de Castilla y León, al señalar que el proyecto podría suponer
la exclusión del entorno del proyecto como futura zona de dispersión y desplazamiento
del urogallo si la dinámica poblacional de la especie se invierte. En este sentido, los
cambios introducidos en la configuración del parque eólico no permiten descartar estas
afecciones, debido a que se mantienen varios aerogeneradores en el proyecto final
próximos a la reciente cita de un cantadero. Asimismo, la reducción del número de
aerogeneradores no evita el riesgo de mortalidad de ejemplares por colisión ni las
afecciones a la conectividad entre los espacios de la Red Natura 2000. Por otro lado, si
bien se ha incrementado la longitud en subterráneo de la línea de evacuación, se
mantienen dos tramos de tendido aéreo en los cuales permanece el riesgo de colisión.
En consecuencia, dicha Dirección General concluye que la nueva versión del proyecto
no se ajusta a lo establecido en su plan de recuperación y por tanto es incompatible con
la conservación y recuperación de esta especie.
Respecto del oso pardo, se ha constatado su presencia en la proximidad de las
instalaciones del proyecto de forma continua, incluso con áreas de celo y reproducción,
tanto con avistamiento de ejemplares como con registro de numerosos rastros. Si bien
se ha desplazado el trazado aéreo de la línea de evacuación para evitar una zona con
presencia confirmada de la especie, las modificaciones introducidas en el parque eólico
cve: BOE-A-2025-3088
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
d.
Sec. III. Pág. 22186
Valoración del órgano ambiental.
El proyecto se localiza en la provincia de León, en la Sierra de Gistredo, conjunto
montañoso situado en las estribaciones meridionales de la Cordillera Cantábrica.
El entorno acoge importantes valores naturales, entre ellos el espacio de la Red
Natura 2000 ZEC/ZEPA «Alto Sil», que coincide con la infraestructura de evacuación en
su tramo final soterrado. Asimismo, su límite suroeste es bordeado a escasa distancia
por un tramo subterráneo de la línea de evacuación y el parque eólico se localiza
a menos de 6 km. Otros espacios de la Red Natura contiguos al anterior son la ZEC
y ZEPA «Omaña» y la ZEC/ZEPA «Sierra de los Ancares».
Los anteriores espacios albergan especies con gran interés de conservación al estar
gravemente amenazadas. Destacan el oso pardo y el urogallo cantábrico, catalogados a
nivel nacional como «En peligro de extinción», que cuentan con respectivos planes de
recuperación y cuyos ámbitos de aplicación coinciden en el entorno con los espacios
de la Red Natura 2000 citados. Cabe resaltar que varias áreas críticas del Plan de
recuperación del urogallo se encuentran a menos de 1 km de la línea de evacuación.
Si bien el promotor ha realizado diferentes estudios sobre la presencia de urogallo
cantábrico en el ámbito del proyecto sin llegar a registrar ningún avistamiento, las
razones apuntadas en los diferentes informes emitidos por las administraciones
competentes concluyen en su importancia actual para la especie, al menos como zona
de conexión entre áreas con presencia confirmada, como los espacios de la Red
Natura 2000, así como por su potencial para la expansión y recuperación de territorios
de presencia histórica recientemente perdidos y con hábitats adecuados. La reciente cita
de presencia de urogallo cercana a las instalaciones proyectadas, la existencia de un
cantadero entre las posiciones de los aerogeneradores, la coincidencia con varios
cantaderos históricos, la proximidad de las áreas críticas del Plan de recuperación y de
los espacios de la Red Natura 2000 y otras razones constituyen argumentos que
refuerzan en gran medida la probabilidad de utilización de la zona por la especie y la
importancia de su conservación en un estado favorable.
La Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del MITECO señala
que el urogallo podría sufrir molestias durante la construcción de la línea subterránea y en el
funcionamiento mayores de las estimadas por el promotor. Asimismo, resalta la
fragmentación y pérdida de hábitat potencial e histórico reciente y la interferencia en los
movimientos de posible expansión, efectos que podrían comprometer su supervivencia y
recuperación, dada la situación actual de regresión de la población. Concluye que el proyecto
no sería compatible con la conservación de la especie en la zona.
En términos similares se pronuncia la Dirección General de Patrimonio Natural y
Política Forestal de la Junta de Castilla y León, al señalar que el proyecto podría suponer
la exclusión del entorno del proyecto como futura zona de dispersión y desplazamiento
del urogallo si la dinámica poblacional de la especie se invierte. En este sentido, los
cambios introducidos en la configuración del parque eólico no permiten descartar estas
afecciones, debido a que se mantienen varios aerogeneradores en el proyecto final
próximos a la reciente cita de un cantadero. Asimismo, la reducción del número de
aerogeneradores no evita el riesgo de mortalidad de ejemplares por colisión ni las
afecciones a la conectividad entre los espacios de la Red Natura 2000. Por otro lado, si
bien se ha incrementado la longitud en subterráneo de la línea de evacuación, se
mantienen dos tramos de tendido aéreo en los cuales permanece el riesgo de colisión.
En consecuencia, dicha Dirección General concluye que la nueva versión del proyecto
no se ajusta a lo establecido en su plan de recuperación y por tanto es incompatible con
la conservación y recuperación de esta especie.
Respecto del oso pardo, se ha constatado su presencia en la proximidad de las
instalaciones del proyecto de forma continua, incluso con áreas de celo y reproducción,
tanto con avistamiento de ejemplares como con registro de numerosos rastros. Si bien
se ha desplazado el trazado aéreo de la línea de evacuación para evitar una zona con
presencia confirmada de la especie, las modificaciones introducidas en el parque eólico
cve: BOE-A-2025-3088
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 41