Comunidad Autónoma de Galicia. I. Disposiciones generales. Medidas fiscales y administrativas. (BOE-A-2025-2145)
Ley 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Jueves 6 de febrero de 2025

Sec. I. Pág. 16164

i) El impulso de la digitalización del sector turístico en su conjunto, de forma que
permita mejorar su competitividad.
5. Las competencias de aplicación del recargo, el ejercicio de la potestad
sancionadora en materia tributaria y la revisión de los actos dictados del recargo
corresponderán al ayuntamiento.
6. En la ordenanza se podrán determinar diferentes tramos anuales para la
aplicación del recargo, con la debida justificación. La ordenanza regulará, en su caso, la
obligación de autoliquidación del recargo y los plazos y la forma para efectuar la
correspondiente liquidación o autoliquidación.
7. Asimismo, la ordenanza preverá la constitución, organización y funciones de una
comisión municipal de asesoramiento y seguimiento de la implementación del recargo
conformado por representantes del ayuntamiento, así como por representantes de las
empresas del sector y de las asociaciones de vecinos. Esta comisión realizará funciones
de asesoramiento y de seguimiento permanente de la aplicación del recargo, teniendo en
cuenta indicadores como la evolución del nivel de ocupación, el número de plazas
turísticas, el rendimiento por cada plaza o cualquier otro indicador de los sectores
turísticos del municipio. La comisión aprobará cada año un informe de evaluación de
impacto del recargo en relación con las finalidades pretendidas con su aprobación, que
deberá ser publicado en la página de transparencia del propio ayuntamiento.
8. El recargo se regirá por lo dispuesto en esta ley, por su ordenanza reguladora,
por lo establecido en la ley reguladora de las haciendas locales y por la normativa
general en materia tributaria.
TÍTULO II
Medidas administrativas
CAPÍTULO I
Telecomunicaciones y audiovisuales
Sección 1.ª

Medidas extraordinarias en materia de telecomunicaciones y audiovisuales
de Galicia

Artículo 25.
Galicia.

Supresión del Consejo Asesor de Telecomunicaciones y Audiovisual de

Se suprime el Consejo Asesor de Telecomunicaciones y Audiovisual de Galicia.

Artículo 26.
Galicia.

Otras medidas en materia de telecomunicaciones y audiovisuales de
Galicia
Modificación de la Ley 6/1999, de 1 de septiembre, del audiovisual de

Se suprime el capítulo IV de la Ley 6/1999, de 1 de septiembre, del audiovisual de
Galicia.
Artículo 27. Modificación de la Ley 3/2013, de 20 de mayo, de impulso y ordenación de
las infraestructuras de telecomunicaciones de Galicia.
Se suprime la disposición adicional cuarta de la Ley 3/2013, de 20 de mayo, de
impulso y ordenación de las infraestructuras de telecomunicaciones de Galicia.

cve: BOE-A-2025-2145
Verificable en https://www.boe.es

Sección 2.ª