Comunidad Autónoma de Galicia. I. Disposiciones generales. Presupuestos. (BOE-A-2025-2144)
Ley 4/2024, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Jueves 6 de febrero de 2025

Sec. I. Pág. 16070

Siete. Salvo aquellos supuestos en los cuales, estando así contemplado en la
normativa reguladora de la entidad, sean nombrados por decreto del Consejo de la
Xunta de Galicia, la provisión de puestos directivos de las entidades instrumentales del
sector público autonómico que no deban ser cubiertos necesariamente por personal
funcionario requerirá autorización conjunta de la Dirección General de Presupuestos y
Financiación Autonómica y de la Dirección General de Empleo Público y Administración
de Personal. A estos efectos, habrá de adjuntarse borrador del contrato que se pretenda
formalizar.
Artículo 19. Complemento personal.
El personal designado para ocupar puestos incluidos en los anexos de personal de
los presupuestos de la Administración general, sus organismos autónomos y sus
agencias públicas autonómicas que den lugar a la consideración de alto cargo y que en
el momento de su nombramiento mantenga una relación de empleado público con
alguna administración pública no podrá percibir retribuciones inferiores a las que tenía
asignadas en el puesto de procedencia.
Cuando se produjera esa circunstancia, y en tanto permaneciera en ella, el personal
indicado tendrá derecho a percibir un complemento personal equivalente a la diferencia
entre la totalidad de los conceptos retributivos, básicos y complementarios, del puesto de
origen, con exclusión de las gratificaciones por servicios extraordinarios, en cómputo
anual, y las retribuciones del mismo carácter que le correspondieran por el puesto que
ocupe en la Administración autonómica gallega.
El reconocimiento del derecho a percibir este complemento lo realizará en cada caso
la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal.
Artículo 20. Retribuciones de las personas titulares de las delegaciones de la Xunta de
Galicia en el exterior.
Las retribuciones de las personas titulares de las delegaciones de la Xunta de Galicia
en el exterior, para el año 2025, quedan establecidas en las siguientes cuantías, sin
perjuicio del derecho a las indemnizaciones, dietas y aplicación de coeficientes en razón
del servicio que pudieran corresponderles por residencia en el extranjero:
– delegada o delegado de la Xunta de Galicia en Buenos Aires: 65.873,52 euros;
– delegada o delegado de la Xunta de Galicia en Montevideo: 55.956,72 euros.
Asimismo, tendrán derecho a percibir los trienios que pudieran tener reconocidos
como personal funcionario y personal al servicio de las administraciones públicas.
Artículo 21.

Criterios retributivos en materia de personal funcionario.

a) El sueldo y trienios, en las nóminas ordinarias de enero a diciembre de 2025,
que correspondan al grupo o subgrupo en el que se encuentre clasificado el cuerpo o

cve: BOE-A-2025-2144
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Uno. Las retribuciones que percibirá en el año 2025 el personal funcionario de la
Comunidad Autónoma en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del
empleo público de Galicia, en los términos de la disposición final cuarta del Texto
refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, que desempeñe puestos
de trabajo para los cuales el Gobierno de la Comunidad Autónoma haya aprobado la
aplicación del régimen retributivo previsto en dicha ley, serán las siguientes: