Comunidad Autónoma de Galicia. I. Disposiciones generales. Presupuestos. (BOE-A-2025-2144)
Ley 4/2024, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 16069
Esta limitación no será de aplicación a proyectos financiados con fondos de la Unión
Europea o a la ejecución del Plan de recuperación, transformación y resiliencia.
CAPÍTULO II
De los regímenes retributivos
Artículo 18.
Retribuciones de los altos cargos y otro personal directivo.
Uno. En el año 2025, las retribuciones del presidente, vicepresidenta y
vicepresidente y consejeras y consejeros no podrán experimentar incremento alguno con
respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2024, sin perjuicio de la percepción de
catorce mensualidades de la retribución por antigüedad y de una cuantía equivalente a la
retribución adicional al complemento de destino que les pudiera corresponder, de
conformidad con la normativa vigente, quedando establecidas en las siguientes cuantías:
– presidente o presidenta de la Xunta de Galicia: 85.324,80 euros;
– vicepresidenta y vicepresidente y consejeras y consejeros: 74.468,64 euros.
Dos. En el año 2025, las retribuciones de los altos cargos no experimentarán
incremento alguno con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2024, sin perjuicio
de la percepción de catorce mensualidades de la retribución por antigüedad y de una
cuantía equivalente a la retribución adicional al complemento de destino que les pudiera
corresponder, de conformidad con la normativa vigente, quedando establecidas en las
siguientes cuantías:
– secretarias y secretarios generales, secretarias y secretarios generales técnicos,
directoras y directores generales, delegadas y delegados territoriales y asimilados:
65.873,46 euros.
Tres. En el año 2025, las retribuciones de los miembros del Consejo de Cuentas no
experimentarán incremento alguno respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2024,
quedando establecidas en las siguientes cuantías, referidas a doce mensualidades:
– consejera o consejero mayor: 79.248,36 euros;
– consejeras y consejeros: 74.468,64 euros.
Cuatro. En el año 2025, las retribuciones de los miembros del Consejo Consultivo
de Galicia no experimentarán incremento alguno con respecto a las vigentes a 31 de
diciembre de 2024, quedando establecidas en las siguientes cuantías, referidas a doce
mensualidades:
– presidenta o presidente: 79.248,36 euros.
Seis. En el año 2025, las retribuciones del personal directivo al que se refiere el
artículo 7 del Decreto 119/2012, de 3 de mayo, por el que se regulan las retribuciones y
percepciones económicas aplicables a los órganos de gobierno o dirección y al personal
directivo de las entidades del sector público autonómico, del restante personal previsto
en ese decreto y de los altos cargos de las entidades públicas instrumentales de
consulta y asesoramiento, no podrán experimentar incremento alguno con respecto a las
vigentes a 31 de diciembre de 2024.
cve: BOE-A-2025-2144
Verificable en https://www.boe.es
– presidenta o presidente: 79.248,36 euros;
– consejeras y consejeros: 74.468,64 euros.
Cinco. En el año 2025, las retribuciones de los miembros del Consejo de la Cultura
Gallega no experimentarán incremento alguno respecto a las vigentes a 31 de diciembre
de 2024, quedando establecidas en las siguientes cuantías, referidas a doce
mensualidades:
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 16069
Esta limitación no será de aplicación a proyectos financiados con fondos de la Unión
Europea o a la ejecución del Plan de recuperación, transformación y resiliencia.
CAPÍTULO II
De los regímenes retributivos
Artículo 18.
Retribuciones de los altos cargos y otro personal directivo.
Uno. En el año 2025, las retribuciones del presidente, vicepresidenta y
vicepresidente y consejeras y consejeros no podrán experimentar incremento alguno con
respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2024, sin perjuicio de la percepción de
catorce mensualidades de la retribución por antigüedad y de una cuantía equivalente a la
retribución adicional al complemento de destino que les pudiera corresponder, de
conformidad con la normativa vigente, quedando establecidas en las siguientes cuantías:
– presidente o presidenta de la Xunta de Galicia: 85.324,80 euros;
– vicepresidenta y vicepresidente y consejeras y consejeros: 74.468,64 euros.
Dos. En el año 2025, las retribuciones de los altos cargos no experimentarán
incremento alguno con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2024, sin perjuicio
de la percepción de catorce mensualidades de la retribución por antigüedad y de una
cuantía equivalente a la retribución adicional al complemento de destino que les pudiera
corresponder, de conformidad con la normativa vigente, quedando establecidas en las
siguientes cuantías:
– secretarias y secretarios generales, secretarias y secretarios generales técnicos,
directoras y directores generales, delegadas y delegados territoriales y asimilados:
65.873,46 euros.
Tres. En el año 2025, las retribuciones de los miembros del Consejo de Cuentas no
experimentarán incremento alguno respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2024,
quedando establecidas en las siguientes cuantías, referidas a doce mensualidades:
– consejera o consejero mayor: 79.248,36 euros;
– consejeras y consejeros: 74.468,64 euros.
Cuatro. En el año 2025, las retribuciones de los miembros del Consejo Consultivo
de Galicia no experimentarán incremento alguno con respecto a las vigentes a 31 de
diciembre de 2024, quedando establecidas en las siguientes cuantías, referidas a doce
mensualidades:
– presidenta o presidente: 79.248,36 euros.
Seis. En el año 2025, las retribuciones del personal directivo al que se refiere el
artículo 7 del Decreto 119/2012, de 3 de mayo, por el que se regulan las retribuciones y
percepciones económicas aplicables a los órganos de gobierno o dirección y al personal
directivo de las entidades del sector público autonómico, del restante personal previsto
en ese decreto y de los altos cargos de las entidades públicas instrumentales de
consulta y asesoramiento, no podrán experimentar incremento alguno con respecto a las
vigentes a 31 de diciembre de 2024.
cve: BOE-A-2025-2144
Verificable en https://www.boe.es
– presidenta o presidente: 79.248,36 euros;
– consejeras y consejeros: 74.468,64 euros.
Cinco. En el año 2025, las retribuciones de los miembros del Consejo de la Cultura
Gallega no experimentarán incremento alguno respecto a las vigentes a 31 de diciembre
de 2024, quedando establecidas en las siguientes cuantías, referidas a doce
mensualidades: