Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. Evaluación. (BOE-A-2025-1546)
Resolución de 17 de enero de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, para la ordenación de la realización de las Evaluaciones de diagnóstico en Educación Primaria y en Educación Secundaria Obligatoria, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en el curso 2024-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24
Martes 28 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 12845
− Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural.
Y de las siguientes materias de Educación Secundaria Obligatoria:
− Lengua Castellana y Literatura (comprensión oral y escrita y expresión escrita).
− Matemáticas.
− Física y Química y Biología y Geología (Ciencias experimentales).
2. Según se recoge en los correspondientes marcos de evaluación, las
evaluaciones tendrán como referentes las competencias específicas de las áreas
establecidas en el artículo 8 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se
establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, para la
evaluación de 4.º de Educación Primaria; y las competencias específicas de las materias
establecidas en el artículo 8 del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se
establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria
Obligatoria, para la evaluación de 2.º de Educación Secundaria Obligatoria. La referencia
inmediata será el marco común de evaluación elaborado por INEE y los organismos
correspondientes de las comunidades autónomas, según se recoge en el artículo 144 de
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y que se ha publicado como
«Marco general de las evaluaciones del sistema educativo. Evaluación general del
sistema y Evaluaciones de diagnóstico» y los anexos IV y VI, respectivamente, de las
competencias específicas de Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural de 4.º EP
y de Ciencias experimentales de 2.º ESO, presentes en el «Marco general de las
evaluaciones del sistema educativo, publicado como: Evaluaciones de diagnóstico».
Cuarto.
Fases de la evaluación.
Las Evaluaciones de diagnóstico en las ciudades de Ceuta y Melilla, centros de
titularidad del Estado español en el exterior, centros privados españoles en el exterior y
CIERD comprenderán las siguientes fases:
1. Elaboración de las pruebas y de los cuestionarios de contexto y otros materiales.
2. En su caso, diseño y programación de la aplicación informática que permita
desarrollar las tareas de la evaluación.
3. Información a todos los implicados en las evaluaciones sobre el procedimiento
que se seguirá para la realización de las mismas.
4. Aplicación de las pruebas y de los cuestionarios de contexto.
5. Corrección, codificación y análisis de los datos obtenidos en la aplicación de las
pruebas y de los cuestionarios de contexto.
6. Elaboración de informes que permitan el análisis de los resultados y la
información a las distintas audiencias de la evaluación.
7. Distribución de informes.
8. Establecimiento de los procedimientos de actuación que se recogerán en el plan
de mejora de cada centro.
Unidades participantes en la evaluación.
La Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, la Dirección General
de Planificación y Gestión Educativa y la Secretaría General de Formación Profesional,
coordinarán la participación de las siguientes unidades en las Evaluaciones de
diagnóstico:
a) El INEE se responsabilizará de la elaboración de los instrumentos de evaluación
ajustados al marco de evaluación, así como de los cuestionarios de contexto, planificará
y coordinará su aplicación, llevará a cabo el análisis de los datos de la evaluación y
elaborará los informes.
cve: BOE-A-2025-1546
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 24
Martes 28 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 12845
− Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural.
Y de las siguientes materias de Educación Secundaria Obligatoria:
− Lengua Castellana y Literatura (comprensión oral y escrita y expresión escrita).
− Matemáticas.
− Física y Química y Biología y Geología (Ciencias experimentales).
2. Según se recoge en los correspondientes marcos de evaluación, las
evaluaciones tendrán como referentes las competencias específicas de las áreas
establecidas en el artículo 8 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se
establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, para la
evaluación de 4.º de Educación Primaria; y las competencias específicas de las materias
establecidas en el artículo 8 del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se
establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria
Obligatoria, para la evaluación de 2.º de Educación Secundaria Obligatoria. La referencia
inmediata será el marco común de evaluación elaborado por INEE y los organismos
correspondientes de las comunidades autónomas, según se recoge en el artículo 144 de
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y que se ha publicado como
«Marco general de las evaluaciones del sistema educativo. Evaluación general del
sistema y Evaluaciones de diagnóstico» y los anexos IV y VI, respectivamente, de las
competencias específicas de Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural de 4.º EP
y de Ciencias experimentales de 2.º ESO, presentes en el «Marco general de las
evaluaciones del sistema educativo, publicado como: Evaluaciones de diagnóstico».
Cuarto.
Fases de la evaluación.
Las Evaluaciones de diagnóstico en las ciudades de Ceuta y Melilla, centros de
titularidad del Estado español en el exterior, centros privados españoles en el exterior y
CIERD comprenderán las siguientes fases:
1. Elaboración de las pruebas y de los cuestionarios de contexto y otros materiales.
2. En su caso, diseño y programación de la aplicación informática que permita
desarrollar las tareas de la evaluación.
3. Información a todos los implicados en las evaluaciones sobre el procedimiento
que se seguirá para la realización de las mismas.
4. Aplicación de las pruebas y de los cuestionarios de contexto.
5. Corrección, codificación y análisis de los datos obtenidos en la aplicación de las
pruebas y de los cuestionarios de contexto.
6. Elaboración de informes que permitan el análisis de los resultados y la
información a las distintas audiencias de la evaluación.
7. Distribución de informes.
8. Establecimiento de los procedimientos de actuación que se recogerán en el plan
de mejora de cada centro.
Unidades participantes en la evaluación.
La Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, la Dirección General
de Planificación y Gestión Educativa y la Secretaría General de Formación Profesional,
coordinarán la participación de las siguientes unidades en las Evaluaciones de
diagnóstico:
a) El INEE se responsabilizará de la elaboración de los instrumentos de evaluación
ajustados al marco de evaluación, así como de los cuestionarios de contexto, planificará
y coordinará su aplicación, llevará a cabo el análisis de los datos de la evaluación y
elaborará los informes.
cve: BOE-A-2025-1546
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.