Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. Evaluación. (BOE-A-2025-1546)
Resolución de 17 de enero de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, para la ordenación de la realización de las Evaluaciones de diagnóstico en Educación Primaria y en Educación Secundaria Obligatoria, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en el curso 2024-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 12844

Regladas a Distancia, así como proporcionar los modelos y apoyos pertinentes a fin de
que todos los centros educativos puedan realizar de modo adecuado estas evaluaciones,
que tendrán carácter formativo e interno.
Por todo ello, resuelvo:
Primero. Objeto y ámbito de la evaluación.
1. La presente resolución tiene por objeto la ordenación de la realización de las
Evaluaciones de diagnóstico de las competencias adquiridas por el alumnado en todos
los centros educativos que imparten Educación Primaria y/o Educación Secundaria
Obligatoria en las ciudades de Ceuta y Melilla, en los centros de titularidad del Estado
español en el exterior, en centros privados españoles en el exterior y en el Centro
Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia (en adelante CIERD) en el
curso 2024-2025, y los correspondientes planes de actuación en los centros para la
mejora de los procesos educativos a partir de los resultados de las citadas evaluaciones.
2. Las evaluaciones tendrán carácter censal y afectarán a todo el alumnado que se
encuentre cursando cuarto curso de Educación Primaria o segundo curso de Educación
Secundaria Obligatoria en los centros educativos del ámbito de gestión del Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes. En el curso 2024-2025, además, se
realizará la evaluación en los centros privados españoles en Abu Dhabi (solo 4.º EP),
Andorra, Francia y Guinea Ecuatorial. El articulado de esta resolución se aplicará a estos
centros en los mismos términos que a los centros de titularidad del Estado español en el
exterior.
Segundo. Finalidad de la evaluación de diagnóstico.
1. Las Evaluaciones de diagnóstico tienen como finalidad comprobar el grado de
adquisición de las competencias adquiridas por el alumnado y aportar información para
adoptar, en su caso, las medidas necesarias que redunden en la mejora de su proceso
educativo.
2. Las Evaluaciones de diagnóstico tienen un carácter informativo, formativo y
orientador para los centros, para el profesorado, para el alumnado y sus familias y para
el conjunto de la comunidad educativa. A partir de aquellas, los centros analizarán los
procesos de enseñanza y aprendizaje y la práctica educativa en general. Los centros
educativos tendrán en cuenta los resultados de estas evaluaciones en el diseño de sus
planes de mejora.
3. La información sobre los factores contextuales de carácter social, económico y
cultural, y de procesos educativos de los centros educativos, se obtendrá mediante la
aplicación de cuestionarios de contexto elaborados por el Instituto Nacional de
Evaluación Educativa (en adelante INEE), del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes. Los cuestionarios de contexto serán en todo caso anónimos y
confidenciales. Con carácter general, en el CIERD no se aplicarán cuestionarios de
contexto.
a) En 4.º de Educación Primaria se realizarán cuestionarios de contexto para las
familias del alumnado.
b) En 2.º de Educación Secundaria Obligatoria se realizarán cuestionarios de
contexto para el alumnado.
Tercero. Competencias evaluadas y referentes de la evaluación.
1. En el curso 2024-2025 en las Evaluaciones de diagnóstico se comprobará el
grado de adquisición de las competencias específicas de las siguientes áreas de
Educación Primaria:
− Lengua Castellana y Literatura (comprensión oral y escrita).
− Matemáticas.

cve: BOE-A-2025-1546
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Núm. 24