Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1454)
Resolución de 20 de enero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., para colaborar en la realización del título oficial de Máster Universitario en Hacienda Pública, Política Fiscal y Gobernanza de su Administración.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Lunes 27 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 11873

II. Matrícula.
Dado el carácter oficial del Máster y de conformidad con la Ley 8/1989, de 13 de
abril, de Tasas y Precios Públicos, según su artículo 26.1.b), el importe de la matrícula
para cada año del Máster será establecido una vez que el Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades autorice los precios públicos para los Estudios Oficiales de
Posgrado de la UIMP, dentro de los límites que sean fijados con este fin por los órganos
correspondientes de política universitaria para dicho año académico.
Con el fin de poder realizar las necesarias previsiones económicas, y basándose en
los precios autorizados para otros másteres similares y en los aspectos específicos de
este Máster (en concreto, que se facilitará a los alumnos matriculados el alojamiento y la
manutención durante un periodo aproximado de tres semanas para la asistencia a los
dos seminarios presenciales), se estima un precio de matrícula de noventa y siete euros
(97 €) por crédito ECTS tanto para estudiantes residentes en territorio español o en el
EEES como para estudiantes no residentes, lo que hace un total de 5.820,00 euros por
máster completo. Las partes están de acuerdo en no querer proponer en los años de
vigencia del convenio un aumento en el precio de la matrícula de este Máster. Tampoco
esperan una variación al alza por directrices derivadas de las políticas ministeriales
sobre precios públicos de estudios universitarios de posgrado. Por lo tanto, se toma el
citado precio estimado como precio máximo en todos los cursos académicos.
Serán de aplicación las reducciones y beneficios en el régimen de precios que se
recojan cada año en la Resolución de la UIMP por la que se establece la cuantía de los
precios a satisfacer por la prestación de los servicios académicos universitarios
conducentes a la obtención de los títulos universitarios oficiales de posgrado.
Se estará a lo establecido en la normativa propia vigente de la UIMP en cuanto a
política de repeticiones, y en cuanto al incremento del precio de las segundas y terceras
matrículas.
El importe de la matrícula –precio correspondiente por crédito matriculado en
primera, segunda o sucesivas matrículas– será abonado a la UIMP por los alumnos o la
entidad que financie sus matrículas.
III. Precios públicos por otros servicios.
El alumnado abonará a la UIMP, según los importes oficiales vigentes y dentro de los
plazos establecidos a tal fin, los precios por los servicios administrativos
correspondientes a la apertura del expediente académico y gastos de secretaría, y en su
caso el seguro escolar, así como los que correspondan por otros servicios que el alumno
pueda solicitar (emisión de títulos y duplicados, certificaciones académicas, etc.).
Becas.

Los alumnos que soliciten beca oficial para sus estudios de posgrado al Ministerio
que tenga la competencia para dicha convocatoria justificarán este hecho y no abonarán
ningún importe en concepto de matrícula en el momento de su inscripción, debiendo
abonar la matrícula exclusivamente en el caso de que no se les conceda la beca
solicitada.
En el caso de que el importe de la beca concedida por el citado Ministerio no cubra la
totalidad del precio público de matrícula del Máster, el alumno deberá abonar a la UIMP
la diferencia.
Los alumnos del Máster podrán beneficiarse, además, de cualquier otra convocatoria
de becas y ayudas, tanto de la UIMP como de IEF, o de otras instituciones, en virtud de
lo establecido en la correspondiente convocatoria y normativa aplicable.
V.

Seguro.

Los estudiantes quedarán cubiertos por el seguro escolar en el caso de que estén
dentro del rango de edad de aplicación de dicho seguro. La UIMP se responsabiliza del

cve: BOE-A-2025-1454
Verificable en https://www.boe.es

IV.