Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1454)
Resolución de 20 de enero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., para colaborar en la realización del título oficial de Máster Universitario en Hacienda Pública, Política Fiscal y Gobernanza de su Administración.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23
Lunes 27 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 11872
Asimismo, el IEF no adquiere en virtud de este convenio ninguna responsabilidad
directa ni subsidiaria frente a los profesores, alumnos o las empresas contratistas en
relación con los servicios gestionados por la UIMP para el desarrollo del Máster.
III. Acuerdos con otras entidades.
El IEF podrá llevar a cabo las acciones que considere necesarias, incluidas la
suscripción de posibles convenios con otras instituciones públicas o privadas, por
ejemplo, organismos internacionales o multilaterales, administraciones públicas de
España o de los países de América Latina y el Caribe, etc., para que se ocupen de la
gestión y ejecución de determinadas partidas del presupuesto de gastos cuya gestión
corresponde al IEF de acuerdo con lo establecido en el apartado I.b) de esta cláusula.
En ningún caso estos convenios podrán suponer ninguna modificación de lo pactado
entre la UIMP y el IEF en el presente convenio.
El responsable último frente a la UIMP de las gestiones que el IEF acuerde encargar
a otra entidad será en todo caso el IEF.
El IEF deberá obtener la conformidad de la UIMP acerca de las entidades con las
que vaya a realizar este tipo de acuerdos, con carácter previo al inicio de dichas
gestiones. La UIMP por causas motivadas podrá no dar conformidad a dichos acuerdos.
Si la UIMP no contestara en un plazo de 10 días naturales se entenderá otorgada su
conformidad.
Aspectos económicos. Compromisos económicos de las partes
Octava. Financiación.
El Máster tendrá dos fuentes de financiación:
– Los ingresos que se obtengan por matrículas del alumnado que lo curse.
– Financiación aportada por el IEF. El IEF cubrirá el resto de la financiación que sea
necesaria para cubrir el total de gastos del presupuesto, bien con aportación de fondos
propios con cargo a su presupuesto ordinario, o bien con la gestión de ayudas,
subvenciones o patrocinios de otras entidades públicas o privadas.
Novena.
I.
Importe de la Matrícula. Otros precios públicos. Becas. Seguro.
Número de alumnos.
La celebración de cada una de las ediciones del Máster requerirá un número mínimo
de 30 alumnos de nuevo ingreso. Se establece un máximo de 100 alumnos de nuevo
ingreso por edición, o el límite que figure en cada momento en la Memoria del título
verificada por ANECA.
cve: BOE-A-2025-1454
Verificable en https://www.boe.es
En este sentido, el IEF podrá llevar a cabo las acciones que considere necesarias,
incluidas la suscripción de posibles convenios con otras instituciones públicas o privadas,
por ejemplo, organismos internacionales o multilaterales, administraciones públicas de
España o de los países de América Latina y el Caribe, etc., que aporten recursos que
pudieran contribuir a la financiación del máster.
En ningún caso estas acciones supondrán incremento del gasto máximo asumido por
los firmantes y previsto en el anexo. Tampoco podrán suponer ninguna modificación de
lo pactado entre la UIMP y el IEF en el presente convenio.
El IEF deberá obtener la conformidad de la UIMP acerca de las entidades a las que
vaya a solicitar ayudas, subvenciones o patrocinios, con carácter previo al inicio de
dichas gestiones. La UIMP por causas motivadas podrá no dar conformidad a dichos
acuerdos. Si la UIMP no contestara en un plazo de 10 días naturales se entenderá
otorgada su conformidad.
Núm. 23
Lunes 27 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 11872
Asimismo, el IEF no adquiere en virtud de este convenio ninguna responsabilidad
directa ni subsidiaria frente a los profesores, alumnos o las empresas contratistas en
relación con los servicios gestionados por la UIMP para el desarrollo del Máster.
III. Acuerdos con otras entidades.
El IEF podrá llevar a cabo las acciones que considere necesarias, incluidas la
suscripción de posibles convenios con otras instituciones públicas o privadas, por
ejemplo, organismos internacionales o multilaterales, administraciones públicas de
España o de los países de América Latina y el Caribe, etc., para que se ocupen de la
gestión y ejecución de determinadas partidas del presupuesto de gastos cuya gestión
corresponde al IEF de acuerdo con lo establecido en el apartado I.b) de esta cláusula.
En ningún caso estos convenios podrán suponer ninguna modificación de lo pactado
entre la UIMP y el IEF en el presente convenio.
El responsable último frente a la UIMP de las gestiones que el IEF acuerde encargar
a otra entidad será en todo caso el IEF.
El IEF deberá obtener la conformidad de la UIMP acerca de las entidades con las
que vaya a realizar este tipo de acuerdos, con carácter previo al inicio de dichas
gestiones. La UIMP por causas motivadas podrá no dar conformidad a dichos acuerdos.
Si la UIMP no contestara en un plazo de 10 días naturales se entenderá otorgada su
conformidad.
Aspectos económicos. Compromisos económicos de las partes
Octava. Financiación.
El Máster tendrá dos fuentes de financiación:
– Los ingresos que se obtengan por matrículas del alumnado que lo curse.
– Financiación aportada por el IEF. El IEF cubrirá el resto de la financiación que sea
necesaria para cubrir el total de gastos del presupuesto, bien con aportación de fondos
propios con cargo a su presupuesto ordinario, o bien con la gestión de ayudas,
subvenciones o patrocinios de otras entidades públicas o privadas.
Novena.
I.
Importe de la Matrícula. Otros precios públicos. Becas. Seguro.
Número de alumnos.
La celebración de cada una de las ediciones del Máster requerirá un número mínimo
de 30 alumnos de nuevo ingreso. Se establece un máximo de 100 alumnos de nuevo
ingreso por edición, o el límite que figure en cada momento en la Memoria del título
verificada por ANECA.
cve: BOE-A-2025-1454
Verificable en https://www.boe.es
En este sentido, el IEF podrá llevar a cabo las acciones que considere necesarias,
incluidas la suscripción de posibles convenios con otras instituciones públicas o privadas,
por ejemplo, organismos internacionales o multilaterales, administraciones públicas de
España o de los países de América Latina y el Caribe, etc., que aporten recursos que
pudieran contribuir a la financiación del máster.
En ningún caso estas acciones supondrán incremento del gasto máximo asumido por
los firmantes y previsto en el anexo. Tampoco podrán suponer ninguna modificación de
lo pactado entre la UIMP y el IEF en el presente convenio.
El IEF deberá obtener la conformidad de la UIMP acerca de las entidades a las que
vaya a solicitar ayudas, subvenciones o patrocinios, con carácter previo al inicio de
dichas gestiones. La UIMP por causas motivadas podrá no dar conformidad a dichos
acuerdos. Si la UIMP no contestara en un plazo de 10 días naturales se entenderá
otorgada su conformidad.