Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1454)
Resolución de 20 de enero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., para colaborar en la realización del título oficial de Máster Universitario en Hacienda Pública, Política Fiscal y Gobernanza de su Administración.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Lunes 27 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 11871

Actuaciones a realizar por cada una de las partes. Gestión
Séptima. Gestión del Máster.
I. Ambas partes se distribuyen la gestión del Máster de la siguiente forma:
a)

La UIMP será responsable de las siguientes gestiones:

– Gestión académica y expedición de los títulos, según la cláusula sexta.
– Diseño del programa de mano y publicidad y difusión dentro de su campaña
general para cursos de posgrado, según la cláusula decimocuarta.
– Cobro de las matrículas y otros precios públicos a los estudiantes en los términos y
plazos fijados por la UIMP para las titulaciones oficiales, así como el cobro de las cuotas
correspondientes al seguro escolar y su posterior traspaso a la Tesorería General de la
Seguridad Social.
– Procesos de verificación y acreditación del título, modificación, seguimiento,
calidad, así como el proceso de renovación de la acreditación.
El IEF se encargará de:

– Evaluación de expedientes para las pre-inscripciones al Máster, de conformidad
con lo exigido para la admisión en el mismo.
– Dirección de contenidos docentes.
– Aportación de profesorado.
– Propuesta del calendario docente con fechas de entrega de trabajos y
evaluaciones.
– Gestión del Trabajo Fin de Máster.
– Gestión de la plataforma docente.
– Gestión de instalaciones y locales para el desarrollo de los seminarios
presenciales.
– Apoyo administrativo en la organización y gestión del Máster a fin de garantizar el
adecuado cumplimiento de las obligaciones docentes y de prácticas.
– Ejecución económica del Máster de acuerdo con el programa y presupuesto
aprobado, salvo las gestiones atribuidas a la UIMP en esta cláusula. Entre otros, se
encargará del pago al profesorado, de la gestión de los viajes, alojamientos y
manutención si hubiera desplazamientos, de la elaboración del material docente, de
gestionar el alojamiento y manutención de los estudiantes para la asistencia a los
seminarios presenciales, de la contratación del seguro a la que se refiere el apartado V
de la cláusula novena, en su segundo párrafo.
– Gestión de las prácticas académicas externas de los alumnos, incluida la firma de
los correspondientes convenios y anexos de prácticas. En virtud de la alianza y vínculo
que supone el presente convenio, la UIMP reconoce a IEF como entidad gestora de las
prácticas académicas externas que puedan realizar los alumnos del Máster objeto de
este convenio, al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.1 del Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los
estudiantes universitarios, que prevé la figura de una entidad gestora de prácticas
diferente de la propia universidad, aunque sí vinculada a ella.
– Promoción de las ediciones del programa sin perjuicio de las competencias
atribuidas a la UIMP.
II.

Responsabilidades.

La UIMP no adquiere en virtud de este convenio ninguna responsabilidad directa ni
subsidiaria frente a los profesores, los alumnos o las empresas contratistas en relación
con los servicios gestionados por el IEF para el desarrollo del Máster.

cve: BOE-A-2025-1454
Verificable en https://www.boe.es

b)