Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Contabilidad pública. (BOE-A-2025-1327)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el tratamiento contable de los pagos a justificar para las entidades que se encuentran en el ámbito de aplicación de la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado aprobada por la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio; y se modifica la Resolución de 17 de noviembre de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Sábado 25 de enero de 2025

Sec. I. Pág. 10842

Sistema de Información Contable con efectos 1 de enero de 2025 los gastos e
inversiones realizados con cargo a dichos libramientos. Asimismo, se señala que cuando
las cuentas justificativas a que se refiere el párrafo anterior recojan activos adquiridos
con cargo a dichos libramientos, los mencionados activos deberán ser dados de alta en
el inventario de la entidad con efectos 1 de enero de 2025.
En segundo lugar, se establece que los registros contables que se hubieran realizado
por la aprobación de cuentas justificativas de pagos a justificar con anterioridad a 31 de
diciembre de 2024 no se verán afectados como consecuencia de la modificación que
establece esta resolución.
En la disposición final única se establece la entrada en vigor de esta resolución el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», siendo de aplicación a
las cuentas anuales de la Administración General del Estado, así como de las entidades
que se encuentran en el ámbito de aplicación de la Instrucción de Contabilidad para la
Administración Institucional del Estado, del ejercicio 2025 y siguientes.
En virtud de las competencias que se atribuyen a la Intervención General de la
Administración del Estado en el apartado 1.b) del artículo 125 de la Ley 47/2003, de 26
de noviembre, General Presupuestaria, para aprobar la normativa de desarrollo del Plan
General de Contabilidad Pública y los planes parciales o especiales que se elaboren
conforme al mismo,
Esta Intervención General dispone:
Primero. Modificación de la Resolución de 17 de noviembre de 2011 de la Intervención
General de la Administración del Estado, por la que se aprueba la adaptación del
Plan General de Contabilidad Pública a la Administración General del Estado.
La Resolución de 17 de noviembre de 2011 de la Intervención General de la
Administración del Estado, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de
Contabilidad Pública a la Administración General del Estado, queda modificada como
sigue:
Uno. En el anexo I, «Modificaciones en el Cuadro de Cuentas», se realiza la siguiente
modificación:
«La denominación de la subcuenta 5586, “Gastos realizados con provisiones
de fondos para pagos a justificar pendientes de aprobación”, pasará a ser: 5586,
“Gastos realizados con provisiones de fondos para pagos a justificar pendientes
de justificación”.»
Dos. En el anexo II, «Modificaciones en las definiciones y relaciones contables», se
realizan las siguientes modificaciones:
1. Se modifica la definición y contenido de la subcuenta 5580, «Provisiones de
fondos pendientes de justificar», que serán los siguientes:
Provisiones de fondos pendientes de justificar.

Recoge, al final de cada periodo de regularización y, en todo caso, a fin de
ejercicio, los fondos para pagos a justificar y anticipos de caja fija que hayan sido
utilizados y que se encuentren pendientes de presentar para su justificación la
correspondiente cuenta justificativa.
También recogerá el saldo existente, en su caso, en la caja de efectivo para
provisiones de fondos.
Se cargará o abonará con abono o cargo, respectivamente, a la cuenta 575,
“Bancos e instituciones de crédito. Cuentas restringidas de pagos”, al final de cada
periodo de regularización, por la diferencia entre el saldo contable de la
cuenta 575 a dicha fecha y el saldo real de las cuentas corrientes que representa
esta última en la misma fecha.»

cve: BOE-A-2025-1327
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