Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Contabilidad pública. (BOE-A-2025-1327)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el tratamiento contable de los pagos a justificar para las entidades que se encuentran en el ámbito de aplicación de la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado aprobada por la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio; y se modifica la Resolución de 17 de noviembre de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Sábado 25 de enero de 2025

Sec. I. Pág. 10841

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Intervención General de la
Administración del Estado, por la que se regula el tratamiento contable de los
pagos a justificar para las entidades que se encuentran en el ámbito de
aplicación de la Instrucción de Contabilidad para la Administración
Institucional del Estado aprobada por la Orden EHA/2045/2011, de 14 de
julio; y se modifica la Resolución de 17 de noviembre de 2011, por la que se
aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la
Administración General del Estado.

La presente resolución tiene por objeto adecuar la adaptación del Plan General de
Contabilidad Pública a la Administración General del Estado, aprobada por la Resolución
de 17 de noviembre de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado (en
adelante, IGAE), a las modificaciones introducidas por la Orden HAC/965/2024, de 9 de
septiembre, por la que se modifican las Órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda
de 1 de febrero de 1996, por las que se aprueban los documentos contables a utilizar por la
Administración General del Estado y la Instrucción de operatoria contable a seguir en la
ejecución del gasto del Estado, la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se
aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, y la
Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción de
Contabilidad para la Administración General del Estado, respecto de la contabilidad de los
pagos a justificar, así como regular el tratamiento contable de los pagos a justificar para las
entidades que se encuentran en el ámbito de aplicación de la Instrucción de Contabilidad
para la Administración Institucional del Estado aprobada por la Orden EHA/2045/2011,
de 14 de julio, como consecuencia de las modificaciones introducidas en la citada
Orden HAC/965/2024, de 9 de septiembre.
La citada Orden HAC/965/2024, de 9 de septiembre, ha modificado en su artículo
segundo los puntos 1 y 2 de la Regla 30, «Justificación» de la Instrucción de operatoria
contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, estableciendo que el registro
contable en el Sistema de Información Contable del documento «Control de Pagos a
Justificar» relativo a la presentación de la cuenta justificativa producirá la imputación de
los pagos realizados por la caja pagadora a las correspondientes cuentas de gasto o
inversión. Este nuevo tratamiento implica la necesidad de realizar cambios en la
adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la Administración General del
Estado, así como en las cuentas del Plan General de Contabilidad Pública que utiliza la
Administración Institucional del Estado.
La presente resolución se estructura en dos apartados, una disposición transitoria
única y una disposición final única, que regula su entrada en vigor.
En el apartado primero, dividido en dos epígrafes, se regulan las modificaciones que
se introducen en la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la
Administración General del Estado, aprobada por la Resolución de 17 de noviembre
de 2011 de la IGAE.
En el apartado segundo, dividido en dos epígrafes, se regula el tratamiento contable
de los pagos a justificar para las entidades que se encuentran en el ámbito de aplicación
de la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado
aprobada por la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio.
En la disposición transitoria única se establece en primer lugar, que con el fin de
regularizar aquellos libramientos a justificar cuyas cuentas justificativas hubieran sido
presentadas con anterioridad a 31 de diciembre de 2024 y no hubieran sido aprobadas a
dicha fecha, todas las entidades deberán registrar a lo largo del ejercicio 2025 en su

cve: BOE-A-2025-1327
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