Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2025-1326)
Convenio para el reconocimiento recíproco de Punzones de Prueba de Armas de Fuego Portátiles y Reglamento con Anejos I y II, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969. Decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles en su XXXVI Sesión Plenaria el 8 de noviembre de 2022 (Decisiones XXXVI-14 a XXXVI-17).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22
Sábado 25 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 10814
En aras de una mejora continuada, animo a todos los miembros de la C.I.P. a
respetar a conciencia nuestros T&D y de cumplir nuestro papel legal respecto de
nuestros clientes, interlocutores y colaboradores. Al hacerlo, la C.I.P. contribuye a la
seguridad de todos los usuarios de armas de fuego portátiles en el espacio propio de la
C.I.P.
Se han elegido doce objetivos de calidad (véase el apartado 6.2) para la obtención
de los tres resultados siguientes:
– tener una C.I.P. creíble y fiable;
– tener clientes satisfechos;
– tener una gestión de la información dinámica y actualizada.
Estos objetivos de calidad se analizan en cada revisión por la dirección, en sincronía
con la SP.
Animo a todos los miembros de la C.I.P. y a su BP a que contribuyan a las siguientes
acciones:
– mantener y desarrollar la BOBP, pues se trata de una herramienta indispensable
dentro de la C.I.P.;
– mantener y desarrollar la página web para informar a nuestros interlocutores;
– mejorar la coherencia metrológica entre los BE para consolidar el reconocimiento
recíproco de los punzones;
– fomentar iniciativas de calidad dentro de la C.I.P. (ISO 9001 e ISO 17025 –
ISO 17020) para el reconocimiento internacional de nuestras prestaciones.
De este modo, la C.I.P. reforzará su imagen y podrá esperar ampliar el círculo de
Estados miembros, lo que contribuirá a aumentar su radio de acción y a mejorar la
seguridad de cazadores y tiradores.
El Presidente de la C.I.P.
Escuchar al cliente.
La posición de la C.I.P. es peculiar, en el sentido de que sus clientes, es decir, los
fabricantes de armas de fuego portátiles y de los cartuchos correspondientes que desean
vender sus productos en los países miembros, están legalmente obligados a dirigirse a
un BE.
No obstante, esta situación no nos exime de buscar la satisfacción de nuestros
clientes. Sus necesidades y expectativas se describen en el apartado 4.2. Los desafíos,
riesgos y oportunidades se recogen en un cuadro (véase el apartado 6.1.).
El papel de los BE es fundamental, pues están en primera línea, en contacto con los
fabricantes. Son, por tanto, los BE quienes están en mejores condiciones para registrar
las RSPF que se podrán remitir al COQ y al GT 2-7.
El formulario para el registro de satisfacción del cliente es el CIP-FO-08.
La comunicación a través de la página web de la C.I.P. es otra vía posible.
Cualquier visitante puede enviar un mensaje o hacer una pregunta a través de la
opción «contacto» del menú principal. El gestor del sitio, que es también secretario de la
BP, puede transferir la información al COQ, que se encargará de registrarla como RSPF
(observación, sugerencia, queja o felicitación) y le dará el curso que corresponda:
archivo, acción preventiva [AP], oportunidad de mejora [PA] o queja fundada. Si la
cuestión es compleja, un GT puede tratar la AP/PA.
Los formularios de registro son los CIP-FO-06 y -07.
El COQ informa al depositario del curso dado a su RSPF.
El aprovechamiento de las RSPF combinado con las contestaciones del cliente
registradas en los BE permite medir la satisfacción de la clientela (KPI n.º 1).
Uno de los objetivos de la C.I.P. es incrementar esta satisfacción realizando las
acciones necesarias para responder mejor a las necesidades formuladas.
cve: BOE-A-2025-1326
Verificable en https://www.boe.es
5.1.2
Núm. 22
Sábado 25 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 10814
En aras de una mejora continuada, animo a todos los miembros de la C.I.P. a
respetar a conciencia nuestros T&D y de cumplir nuestro papel legal respecto de
nuestros clientes, interlocutores y colaboradores. Al hacerlo, la C.I.P. contribuye a la
seguridad de todos los usuarios de armas de fuego portátiles en el espacio propio de la
C.I.P.
Se han elegido doce objetivos de calidad (véase el apartado 6.2) para la obtención
de los tres resultados siguientes:
– tener una C.I.P. creíble y fiable;
– tener clientes satisfechos;
– tener una gestión de la información dinámica y actualizada.
Estos objetivos de calidad se analizan en cada revisión por la dirección, en sincronía
con la SP.
Animo a todos los miembros de la C.I.P. y a su BP a que contribuyan a las siguientes
acciones:
– mantener y desarrollar la BOBP, pues se trata de una herramienta indispensable
dentro de la C.I.P.;
– mantener y desarrollar la página web para informar a nuestros interlocutores;
– mejorar la coherencia metrológica entre los BE para consolidar el reconocimiento
recíproco de los punzones;
– fomentar iniciativas de calidad dentro de la C.I.P. (ISO 9001 e ISO 17025 –
ISO 17020) para el reconocimiento internacional de nuestras prestaciones.
De este modo, la C.I.P. reforzará su imagen y podrá esperar ampliar el círculo de
Estados miembros, lo que contribuirá a aumentar su radio de acción y a mejorar la
seguridad de cazadores y tiradores.
El Presidente de la C.I.P.
Escuchar al cliente.
La posición de la C.I.P. es peculiar, en el sentido de que sus clientes, es decir, los
fabricantes de armas de fuego portátiles y de los cartuchos correspondientes que desean
vender sus productos en los países miembros, están legalmente obligados a dirigirse a
un BE.
No obstante, esta situación no nos exime de buscar la satisfacción de nuestros
clientes. Sus necesidades y expectativas se describen en el apartado 4.2. Los desafíos,
riesgos y oportunidades se recogen en un cuadro (véase el apartado 6.1.).
El papel de los BE es fundamental, pues están en primera línea, en contacto con los
fabricantes. Son, por tanto, los BE quienes están en mejores condiciones para registrar
las RSPF que se podrán remitir al COQ y al GT 2-7.
El formulario para el registro de satisfacción del cliente es el CIP-FO-08.
La comunicación a través de la página web de la C.I.P. es otra vía posible.
Cualquier visitante puede enviar un mensaje o hacer una pregunta a través de la
opción «contacto» del menú principal. El gestor del sitio, que es también secretario de la
BP, puede transferir la información al COQ, que se encargará de registrarla como RSPF
(observación, sugerencia, queja o felicitación) y le dará el curso que corresponda:
archivo, acción preventiva [AP], oportunidad de mejora [PA] o queja fundada. Si la
cuestión es compleja, un GT puede tratar la AP/PA.
Los formularios de registro son los CIP-FO-06 y -07.
El COQ informa al depositario del curso dado a su RSPF.
El aprovechamiento de las RSPF combinado con las contestaciones del cliente
registradas en los BE permite medir la satisfacción de la clientela (KPI n.º 1).
Uno de los objetivos de la C.I.P. es incrementar esta satisfacción realizando las
acciones necesarias para responder mejor a las necesidades formuladas.
cve: BOE-A-2025-1326
Verificable en https://www.boe.es
5.1.2