I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Inversiones locales. (BOE-A-2022-6451)
Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Miércoles 20 de abril de 2022

Sec. I. Pág. 53800

Las cantidades reservadas conforme a lo establecido en el párrafo anterior que no
hayan sido comprometidas antes del día 20 de noviembre de cada ejercicio podrán
destinarse a atender otros compromisos de Programas de Inversiones y Programación
Local.
Artículo 5.

Compatibilidad.

1. Las aportaciones de los Planes de Inversiones Locales serán compatibles, entre
sí, y con las ayudas procedentes de otros organismos públicos o privados.
2. Cuando la aportación con cargo al Plan de Inversiones Locales, sumada a las
ayudas procedentes de otros organismos públicos o privados, supere el coste total de la
inversión, se minorará la primera hasta ajustarla a dicho coste.
TÍTULO II
Programas de inversiones y programación local
CAPÍTULO 1
Programas de inversiones
Artículo 6. Naturaleza de los Programas de Inversiones.
1. Los Programas de Inversiones se ejecutarán de conformidad con las previsiones
del Plan Director del Ciclo Integral del Agua 2019-2030 y del Plan de Residuos de
Navarra 2017-2027.
2. El Plan Director del ciclo integral del agua de uso urbano en Navarra 2019-2030,
en materia de abastecimiento de agua en alta, tiene por finalidad procurar la adecuada
gestión de la demanda de agua, en cantidad y calidad adecuadas, para el
abastecimiento de poblaciones a partir de fuentes de suministro sólidas y diversificadas.
3. El Plan de residuos de Navarra 2017-2027, tiene por finalidad la prevención de la
generación de residuos y la mejora de su gestión en la Comunidad Foral, incluyendo,
entre otras materias, la recogida y separación selectiva de los residuos domésticos y
comerciales, su reciclado, valorización y eliminación.
4. A efectos de coordinación de la actividad de las entidades locales, se mantiene
la declaración de interés supralocal y el carácter imperativo de dichos Planes Directores.
Artículo 7.

Tipos de Inversiones.

El apartado de Programas de Inversiones consta de las siguientes líneas de
inversión:
A. Abastecimiento de agua en alta.
B. Tratamiento de residuos urbanos.
C. Estudios y proyectos relativos a abastecimiento de agua en alta.
Inversiones financiables.

Dentro de los Programas de Inversiones se consideran inversiones financiables las
siguientes:
1.

Obras financiables:

A. Abastecimiento de agua en alta:
Inversiones compatibles con el Plan Director relativas a la captación y regulación de
agua, conducciones en alta, instalaciones de tratamiento o potabilización, telemando y

cve: BOE-A-2022-6451
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 8.