II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Personal laboral. (BOE-A-2022-6469)
Acuerdo de 31 de marzo de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca proceso selectivo, para personas con discapacidad, para la provisión de plaza de personal laboral, categoría Ordenanza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Miércoles 20 de abril de 2022
3.

Sec. II.B. Pág. 54181

Solicitudes

1. El impreso para solicitar la participación en el proceso estará disponible en la
página web www.poderjudicial.es
2. Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se presentarán
dentro de los veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de
publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado.
3. La forma de presentación de las solicitudes será:
a) en el Registro General del propio Consejo.
b) en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final
séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional
quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas,
c) en la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://
registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402
si
se
dispone
del
correspondiente certificado electrónico.
4.

A la solicitud necesariamente se acompañará:

– Fotocopia del documento nacional de identidad
– El certificado al que alude el punto 1 de la base 2 de esta convocatoria.
– Un curriculum vitae en el que se haga mención a la experiencia profesional.
– Los justificantes, originales o fotocopias debidamente compulsadas, de todos los
méritos académicos, personales y profesionales o de cualquier otro tipo que el solicitante
considere oportuno y que permitan llevar a cabo la calificación de la fase de concurso.
Los méritos y circunstancias alegados y no justificados documentalmente en el momento
de presentación de la instancia no serán tenidos en cuenta.
5. Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten especiales
dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán solicitar las
adaptaciones de tiempo y medios oportunos al solicitar la participación en la
convocatoria. Asimismo, con el fin de que la comisión de selección pueda resolver con
objetividad las adaptaciones solicitadas, el interesado deberá adjuntar dictamen técnico
facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
minusvalía.
4.

Tasa por derechos de examen

1. Las personas que toman parte en este concurso-oposición estarán exentas de la
tasa por derechos de examen, de conformidad con lo establecido en el artículo 18.5 de la
Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Admisión de aspirantes

1. La Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo
máximo de un mes a partir de la fecha de terminación del plazo previsto en la
convocatoria para la presentación de solicitudes, dictará una Resolución, declarando
aprobadas las listas de admitidos y excluidos provisionalmente.
La resolución y las listas se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» y en la
página web del Consejo General del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/
Servicios/Empleo-Publico/Convocatorias-en-curso/ y en ellas deberá constar, la
identificación de las personas aspirantes y las causas de exclusión, en su caso, en
función de los requisitos establecidos.

cve: BOE-A-2022-6469
Verificable en https://www.boe.es

5.