III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2022-6434)
Resolución de 8 de abril de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022, por el que se aprueba la planificación de la red de transporte de energía eléctrica Horizonte 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53637
participación general mediante publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del 13 de
febrero de 2021 del «Anuncio de la Dirección General de Política Energética y Minas por
el que se somete a trámite de audiencia, consulta a las Administraciones Públicas
afectadas y a las personas interesadas e información pública, a los efectos tanto del
trámite sustantivo como del trámite ambiental, la propuesta de planificación de la red de
transporte de energía eléctrica para el periodo 2021-2026 y su estudio ambiental
estratégico».
La evaluación ambiental estratégica se ha realizado de acuerdo a la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y ha culminado con la resolución favorable
de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental,
por la que se formula declaración ambiental estratégica del «Plan de Desarrollo de la
Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» el 22 de diciembre de 2021.
Finalmente, y tal y como establece la legislación vigente, el presente documento de
planificación fue sometido al Congreso de los Diputados el 24 de febrero de 2022, tras lo
que ha resultado el documento de planificación que se eleva al Consejo de Ministros
para su aprobación.
III
La planificación energética tradicionalmente contempla una planificación vinculante y
una planificación indicativa. La planificación vinculante se refiere al desarrollo de la red
de transporte de energía eléctrica, mientras la planificación indicativa, contempla el
escenario objetivo en cuanto a generación y suministro de electricidad. Otra de las
novedades de este ejercicio de planificación se encuentra en que la planificación
indicativa, es la recogida en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC). A
este respecto, el 31 de marzo de 2021 se publicó la Resolución de 25 de marzo de 2021,
conjunta de la Dirección General de Política Energética y Minas y de la Oficina Española
de Cambio Climático, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de
marzo de 2021, por el que se adopta la versión final del Plan Nacional Integrado de
Energía y Clima 2021-2030, PNIEC. Este documento por tanto constituye lo que
tradicionalmente se denominaba planificación indicativa del sector eléctrico.
Por lo que respecta a la planificación vinculante, esta recoge las infraestructuras de
la red de transporte de energía eléctrica necesarias para garantizar la seguridad de
suministro en el horizonte 2026, respondiendo principalmente a las siguientes
necesidades:
a) Mejora de la integración de generación, en particular de las energías renovables
y resolución de restricciones técnicas.
b) Incremento de la seguridad del suministro mediante el refuerzo de la red de
transporte.
c) Desarrollo de conexiones con los sistemas no peninsulares y entre islas.
d) Desarrollo de interconexiones internacionales.
e) Alimentación de nuevos ejes del Tren de Alta Velocidad.
f) Apoyo a la red de distribución y a la nueva demanda de grandes consumidores.
En la presente planificación de la red de transporte de energía eléctrica se mantiene
y refuerzan los enfoques ya presentes en la planificación 2015-2020 como la
consideración de una red de partida ajustada, la evaluación coste beneficio de
actuaciones con un enfoque multicriterio y la identificación de actuaciones que se
consideran necesarias más allá del horizonte de planificación 2026. Por otra parte, se
incorporan nuevos aspectos derivados del nuevo contexto de transición energética,
como son nuevos tipos de activos y tecnologías, como respuesta a las necesidades de
flexibilidad del sistema y de un mayor uso de la red existente.
cve: BOE-A-2022-6434
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53637
participación general mediante publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del 13 de
febrero de 2021 del «Anuncio de la Dirección General de Política Energética y Minas por
el que se somete a trámite de audiencia, consulta a las Administraciones Públicas
afectadas y a las personas interesadas e información pública, a los efectos tanto del
trámite sustantivo como del trámite ambiental, la propuesta de planificación de la red de
transporte de energía eléctrica para el periodo 2021-2026 y su estudio ambiental
estratégico».
La evaluación ambiental estratégica se ha realizado de acuerdo a la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y ha culminado con la resolución favorable
de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental,
por la que se formula declaración ambiental estratégica del «Plan de Desarrollo de la
Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» el 22 de diciembre de 2021.
Finalmente, y tal y como establece la legislación vigente, el presente documento de
planificación fue sometido al Congreso de los Diputados el 24 de febrero de 2022, tras lo
que ha resultado el documento de planificación que se eleva al Consejo de Ministros
para su aprobación.
III
La planificación energética tradicionalmente contempla una planificación vinculante y
una planificación indicativa. La planificación vinculante se refiere al desarrollo de la red
de transporte de energía eléctrica, mientras la planificación indicativa, contempla el
escenario objetivo en cuanto a generación y suministro de electricidad. Otra de las
novedades de este ejercicio de planificación se encuentra en que la planificación
indicativa, es la recogida en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC). A
este respecto, el 31 de marzo de 2021 se publicó la Resolución de 25 de marzo de 2021,
conjunta de la Dirección General de Política Energética y Minas y de la Oficina Española
de Cambio Climático, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de
marzo de 2021, por el que se adopta la versión final del Plan Nacional Integrado de
Energía y Clima 2021-2030, PNIEC. Este documento por tanto constituye lo que
tradicionalmente se denominaba planificación indicativa del sector eléctrico.
Por lo que respecta a la planificación vinculante, esta recoge las infraestructuras de
la red de transporte de energía eléctrica necesarias para garantizar la seguridad de
suministro en el horizonte 2026, respondiendo principalmente a las siguientes
necesidades:
a) Mejora de la integración de generación, en particular de las energías renovables
y resolución de restricciones técnicas.
b) Incremento de la seguridad del suministro mediante el refuerzo de la red de
transporte.
c) Desarrollo de conexiones con los sistemas no peninsulares y entre islas.
d) Desarrollo de interconexiones internacionales.
e) Alimentación de nuevos ejes del Tren de Alta Velocidad.
f) Apoyo a la red de distribución y a la nueva demanda de grandes consumidores.
En la presente planificación de la red de transporte de energía eléctrica se mantiene
y refuerzan los enfoques ya presentes en la planificación 2015-2020 como la
consideración de una red de partida ajustada, la evaluación coste beneficio de
actuaciones con un enfoque multicriterio y la identificación de actuaciones que se
consideran necesarias más allá del horizonte de planificación 2026. Por otra parte, se
incorporan nuevos aspectos derivados del nuevo contexto de transición energética,
como son nuevos tipos de activos y tecnologías, como respuesta a las necesidades de
flexibilidad del sistema y de un mayor uso de la red existente.
cve: BOE-A-2022-6434
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 93