III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-6430)
Resolución de 11 de abril de 2022, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Normalización, para el fomento de la normalización en maquinaria agrícola y productos fertilizantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53562
Supervisar la correcta asignación, de acuerdo con los criterios que establezca la
persona designada por el MAPA, de la partida destinada a financiar los viajes de
expertos españoles a reuniones de normalización europeas o internacionales (EN, ISO),
abonando la parte correspondiente del presupuesto a las entidades que hayan resultado
merecedoras de esta asignación.
Elaborar una memoria que justifique su actividad en cada uno de los distintos CTN,
previa al pago de las actuaciones realizadas, incorporando también la información
referente a los dos puntos anteriores.
Quinta. Financiación.
El presente convenio será financiado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación con cargo a la aplicación presupuestaria 21.05.412C.471. La aportación del
Estado de anualidades futuras estará condicionada a la existencia de crédito en los
correspondientes presupuestos.
La contribución máxima del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación asciende
a 112.307,36 euros, que se hará efectiva tras la justificación documental de la ejecución
de los gastos que le corresponde financiar de acuerdo con el anexo del presente
convenio, y previa certificación de conformidad expedida por la persona designada por
el MAPA como responsable del convenio.
La distribución anual de los abonos de la DGPMA a la UNE seguirá el siguiente
calendario:
Año 2022: Un pago en el mes de diciembre de 2022, por importe máximo
de 66.913,00 euros, que corresponde a los trabajos realizados del inicio del convenio
al 30 de noviembre de 2022.
Año 2023: Un pago en el mes de diciembre de 2023, por importe máximo
de 45.394,36 euros, que corresponde a los trabajos realizados del 1 de diciembre
de 2022 al 30 de noviembre de 2023.
Sexta. Seguimiento del convenio.
Se crea una comisión de seguimiento para el control de la aplicación del presente
convenio, compuesta por dos técnicos de UNE, los secretarios de los dos comités
implicados, CTN 68 y CTN 142, el Subdirector General de Medios de Producción
Agrícola y Oficina Española de Variedades Vegetales, actuando como presidente de esta
comisión con voto de calidad para los casos de empate y tres técnicos de dicha unidad,
perteneciente al MAPA.
Las funciones de la comisión de seguimiento serán:
La comisión de seguimiento se reunirá cuantas veces se estime necesario, a petición
de una de las partes, pudiendo recabar la comparecencia, por interés de las mismas, de
otros expertos en la materia a tratar en cada caso.
El Subdirector General de Medios de Producción Agrícola y Oficina Española de
Variedades Vegetales, actuando como presidente de la comisión, será quién acredite la
correcta realización y recepción de los trabajos mediante el correspondiente certificado,
en cumplimiento del apartado segundo 4.2.3.a) de la Resolución de 16 de junio de 2021,
de la Intervención General de la Administración del Estado.
cve: BOE-A-2022-6430
Verificable en https://www.boe.es
Velar por el debido cumplimiento del presente convenio.
Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse
respecto al mismo.
Realizar el seguimiento del convenio de conformidad con las obligaciones asumidas
por ambas partes y que se citan en las cláusulas tercera y cuarta del mismo.
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53562
Supervisar la correcta asignación, de acuerdo con los criterios que establezca la
persona designada por el MAPA, de la partida destinada a financiar los viajes de
expertos españoles a reuniones de normalización europeas o internacionales (EN, ISO),
abonando la parte correspondiente del presupuesto a las entidades que hayan resultado
merecedoras de esta asignación.
Elaborar una memoria que justifique su actividad en cada uno de los distintos CTN,
previa al pago de las actuaciones realizadas, incorporando también la información
referente a los dos puntos anteriores.
Quinta. Financiación.
El presente convenio será financiado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación con cargo a la aplicación presupuestaria 21.05.412C.471. La aportación del
Estado de anualidades futuras estará condicionada a la existencia de crédito en los
correspondientes presupuestos.
La contribución máxima del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación asciende
a 112.307,36 euros, que se hará efectiva tras la justificación documental de la ejecución
de los gastos que le corresponde financiar de acuerdo con el anexo del presente
convenio, y previa certificación de conformidad expedida por la persona designada por
el MAPA como responsable del convenio.
La distribución anual de los abonos de la DGPMA a la UNE seguirá el siguiente
calendario:
Año 2022: Un pago en el mes de diciembre de 2022, por importe máximo
de 66.913,00 euros, que corresponde a los trabajos realizados del inicio del convenio
al 30 de noviembre de 2022.
Año 2023: Un pago en el mes de diciembre de 2023, por importe máximo
de 45.394,36 euros, que corresponde a los trabajos realizados del 1 de diciembre
de 2022 al 30 de noviembre de 2023.
Sexta. Seguimiento del convenio.
Se crea una comisión de seguimiento para el control de la aplicación del presente
convenio, compuesta por dos técnicos de UNE, los secretarios de los dos comités
implicados, CTN 68 y CTN 142, el Subdirector General de Medios de Producción
Agrícola y Oficina Española de Variedades Vegetales, actuando como presidente de esta
comisión con voto de calidad para los casos de empate y tres técnicos de dicha unidad,
perteneciente al MAPA.
Las funciones de la comisión de seguimiento serán:
La comisión de seguimiento se reunirá cuantas veces se estime necesario, a petición
de una de las partes, pudiendo recabar la comparecencia, por interés de las mismas, de
otros expertos en la materia a tratar en cada caso.
El Subdirector General de Medios de Producción Agrícola y Oficina Española de
Variedades Vegetales, actuando como presidente de la comisión, será quién acredite la
correcta realización y recepción de los trabajos mediante el correspondiente certificado,
en cumplimiento del apartado segundo 4.2.3.a) de la Resolución de 16 de junio de 2021,
de la Intervención General de la Administración del Estado.
cve: BOE-A-2022-6430
Verificable en https://www.boe.es
Velar por el debido cumplimiento del presente convenio.
Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse
respecto al mismo.
Realizar el seguimiento del convenio de conformidad con las obligaciones asumidas
por ambas partes y que se citan en las cláusulas tercera y cuarta del mismo.