I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Cambio climático. (BOE-A-2022-6402)
Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 53346
del conocimiento sobre el cambio climático y la consolidación de las buenas prácticas en
este ámbito. A tal fin, se orientarán a:
a) La generación de proyectos de investigación en las convocatorias anuales
directamente dependientes de Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con el
objetivo de mejorar el conocimiento y la tecnología con relación al cambio climático y su
mitigación y de mejorar la adaptabilidad de la sociedad navarra y sus sectores
productivos, así como la creación y consolidación de grupos de investigación, centros de
alto nivel y empresas derivadas (spin-off) resultantes de los avances en el conocimiento.
b) La potenciación de las acciones de mecenazgo y de atracción de capital privado,
nacional e internacional, y de ángeles inversores en investigación, desarrollo e
innovación (I+D+I), asegurando la financiación pública.
c) El establecimiento de un programa de investigación interdepartamental que vele
por la coordinación de la investigación pública que se haga en Navarra y que promueva
el incremento de los vínculos con los centros e institutos internacionales punteros.
d) La creación de iniciativas y patentes, tanto públicas como privadas, y la
explotación de los resultados de la investigación.
3. El departamento competente en materia de universidades e investigación, así
como las universidades y los centros de investigación de Navarra deben impulsar y
reforzar las relaciones entre las universidades, los referidos centros y la empresa.
Artículo 25.
Promoción de investigación, desarrollo e innovación.
1. La investigación y la transferencia de conocimiento en materia de medio
ambiente y de transición energética se considerará una prioridad dentro de la estrategia
de I+D+i de Navarra.
2. Se tendrá en cuenta la distinta situación y posición de mujeres y hombres en
este ámbito, potenciando el trabajo de las mujeres investigadoras y su participación en
los grupos de investigación y su rol como investigadoras principales mediante la
adopción de acciones positivas.
3. Se promoverá la I+D+i en la generación, uso y almacenamiento de energías
renovables y en la adaptación al cambio climático, tanto en su vertiente técnica como social.
4. Se fomentará la I+D+i en generación y uso de combustibles alternativos como el
hidrógeno verde en diferentes aplicaciones.
5. Asimismo, podrán ser objeto de promoción las tecnologías que permitan la
captura de CO2 y otros gases de efecto invernadero para su utilización en otros procesos
industriales y constructivos.
6. Corresponde a la Comisión interdepartamental de cambio climático y transición
energética velar por la coordinación entre las actuaciones en materia de investigación,
desarrollo e innovación y las restantes actuaciones de los departamentos de la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra en la acción frente al cambio climático
y la transición energética.
TÍTULO III
CAPÍTULO I
Impulso de las energías renovables
Artículo 26.
Fomento y gestión de las energías renovables.
El Gobierno de Navarra, como impulsor del cambio de modelo energético, promoverá
un sistema energético democrático, social y justo, manteniendo en todo momento una
cve: BOE-A-2022-6402
Verificable en https://www.boe.es
Mitigación del cambio climático y nuevo modelo energético
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 53346
del conocimiento sobre el cambio climático y la consolidación de las buenas prácticas en
este ámbito. A tal fin, se orientarán a:
a) La generación de proyectos de investigación en las convocatorias anuales
directamente dependientes de Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con el
objetivo de mejorar el conocimiento y la tecnología con relación al cambio climático y su
mitigación y de mejorar la adaptabilidad de la sociedad navarra y sus sectores
productivos, así como la creación y consolidación de grupos de investigación, centros de
alto nivel y empresas derivadas (spin-off) resultantes de los avances en el conocimiento.
b) La potenciación de las acciones de mecenazgo y de atracción de capital privado,
nacional e internacional, y de ángeles inversores en investigación, desarrollo e
innovación (I+D+I), asegurando la financiación pública.
c) El establecimiento de un programa de investigación interdepartamental que vele
por la coordinación de la investigación pública que se haga en Navarra y que promueva
el incremento de los vínculos con los centros e institutos internacionales punteros.
d) La creación de iniciativas y patentes, tanto públicas como privadas, y la
explotación de los resultados de la investigación.
3. El departamento competente en materia de universidades e investigación, así
como las universidades y los centros de investigación de Navarra deben impulsar y
reforzar las relaciones entre las universidades, los referidos centros y la empresa.
Artículo 25.
Promoción de investigación, desarrollo e innovación.
1. La investigación y la transferencia de conocimiento en materia de medio
ambiente y de transición energética se considerará una prioridad dentro de la estrategia
de I+D+i de Navarra.
2. Se tendrá en cuenta la distinta situación y posición de mujeres y hombres en
este ámbito, potenciando el trabajo de las mujeres investigadoras y su participación en
los grupos de investigación y su rol como investigadoras principales mediante la
adopción de acciones positivas.
3. Se promoverá la I+D+i en la generación, uso y almacenamiento de energías
renovables y en la adaptación al cambio climático, tanto en su vertiente técnica como social.
4. Se fomentará la I+D+i en generación y uso de combustibles alternativos como el
hidrógeno verde en diferentes aplicaciones.
5. Asimismo, podrán ser objeto de promoción las tecnologías que permitan la
captura de CO2 y otros gases de efecto invernadero para su utilización en otros procesos
industriales y constructivos.
6. Corresponde a la Comisión interdepartamental de cambio climático y transición
energética velar por la coordinación entre las actuaciones en materia de investigación,
desarrollo e innovación y las restantes actuaciones de los departamentos de la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra en la acción frente al cambio climático
y la transición energética.
TÍTULO III
CAPÍTULO I
Impulso de las energías renovables
Artículo 26.
Fomento y gestión de las energías renovables.
El Gobierno de Navarra, como impulsor del cambio de modelo energético, promoverá
un sistema energético democrático, social y justo, manteniendo en todo momento una
cve: BOE-A-2022-6402
Verificable en https://www.boe.es
Mitigación del cambio climático y nuevo modelo energético