III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-6445)
Decreto 18/2022, de 2 de marzo, por el que se declara bien de interés cultural a la "Iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción" de la localidad de Montehermoso (Cáceres), con la categoría de monumento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53690
Asimismo, se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se
refiere el artículo 4.1 de la citada ley autonómica, siendo ambos favorables. Igualmente,
se ha obtenido el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Cáceres.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del reformado
Estatuto de Autonomía de Extremadura y el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera
de Cultura, Turismo y Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno de
la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día 2 de marzo de 2022, dispongo:
Artículo 1.
La declaración de la «Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción» en la
localidad de Montehermoso (Cáceres), como Bien de Interés Cultural, con la categoría
de Monumento de acuerdo con las especificaciones de los anexos que se acompañan.
Artículo 2.
Publicaciones.
Publicar en el «Diario Oficial de Extremadura» y en el «Boletín Oficial del Estado» el
presente decreto, y notificar el mismo al Ayuntamiento de Montehermoso (Cáceres) y al
resto de posibles interesados.
Artículo 3.
Inscripción en los registros.
Comunicar esta declaración al Ministerio de Cultura y Deporte, para su inscripción
definitiva en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Estado.
Disposición Final Única.
Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diario
Oficial de Extremadura».
Mérida, 2 de marzo de 2022. El Presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo
Fernández Vara.–La Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, Nuria Flores Redondo.
ANEXO I
Caracterización y justificación de la declaración como Bien de Interés Cultural
Ubicación
La localidad de Montehermoso se sitúa en la provincia de Cáceres, en el sector
noroccidental, dentro de la comarca del Valle del Alagón. Este río, uno de los más
destacados de la Alta Extremadura, nace en la Sierra de Francia (Salamanca),
describiendo en nuestra provincia un largo y sinuoso recorrido, con continuos meandros
al atravesar los términos de Montehermoso o Coria.
El clima es mediterráneo templado. Bajo estas condiciones la vocación del territorio
es ganadera, forestal y de pastos. Así ha sido históricamente, tal y como refleja el
Interrogatorio de la Real Audiencia, a finales del siglo XVIII. En cuanto a la agricultura,
esta misma fuente hace recuento de cosechas de secano como la de trigo, cebada,
centeno, aceitunas o garbanzos; sin desdeñar los huertos de frutales y verduras. Hoy día
los paisajes predominantes son la dehesa y el monte bajo, con encinares, alcornocales y,
sobre todo, praderas de pastos. En estos hábitats se observa una fauna salvaje típica del
bosque mediterráneo.
2.
Contexto histórico
El núcleo urbano de Montehermoso se fundó como aldea de repoblación en estas
fechas, a principios del siglo XIII, siguiendo el modelo de poblamiento habitual en la
cve: BOE-A-2022-6445
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53690
Asimismo, se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se
refiere el artículo 4.1 de la citada ley autonómica, siendo ambos favorables. Igualmente,
se ha obtenido el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Cáceres.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del reformado
Estatuto de Autonomía de Extremadura y el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera
de Cultura, Turismo y Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno de
la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día 2 de marzo de 2022, dispongo:
Artículo 1.
La declaración de la «Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción» en la
localidad de Montehermoso (Cáceres), como Bien de Interés Cultural, con la categoría
de Monumento de acuerdo con las especificaciones de los anexos que se acompañan.
Artículo 2.
Publicaciones.
Publicar en el «Diario Oficial de Extremadura» y en el «Boletín Oficial del Estado» el
presente decreto, y notificar el mismo al Ayuntamiento de Montehermoso (Cáceres) y al
resto de posibles interesados.
Artículo 3.
Inscripción en los registros.
Comunicar esta declaración al Ministerio de Cultura y Deporte, para su inscripción
definitiva en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Estado.
Disposición Final Única.
Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diario
Oficial de Extremadura».
Mérida, 2 de marzo de 2022. El Presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo
Fernández Vara.–La Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, Nuria Flores Redondo.
ANEXO I
Caracterización y justificación de la declaración como Bien de Interés Cultural
Ubicación
La localidad de Montehermoso se sitúa en la provincia de Cáceres, en el sector
noroccidental, dentro de la comarca del Valle del Alagón. Este río, uno de los más
destacados de la Alta Extremadura, nace en la Sierra de Francia (Salamanca),
describiendo en nuestra provincia un largo y sinuoso recorrido, con continuos meandros
al atravesar los términos de Montehermoso o Coria.
El clima es mediterráneo templado. Bajo estas condiciones la vocación del territorio
es ganadera, forestal y de pastos. Así ha sido históricamente, tal y como refleja el
Interrogatorio de la Real Audiencia, a finales del siglo XVIII. En cuanto a la agricultura,
esta misma fuente hace recuento de cosechas de secano como la de trigo, cebada,
centeno, aceitunas o garbanzos; sin desdeñar los huertos de frutales y verduras. Hoy día
los paisajes predominantes son la dehesa y el monte bajo, con encinares, alcornocales y,
sobre todo, praderas de pastos. En estos hábitats se observa una fauna salvaje típica del
bosque mediterráneo.
2.
Contexto histórico
El núcleo urbano de Montehermoso se fundó como aldea de repoblación en estas
fechas, a principios del siglo XIII, siguiendo el modelo de poblamiento habitual en la
cve: BOE-A-2022-6445
Verificable en https://www.boe.es
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