III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2022-6369)
Resolución de 8 de abril de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con 2E Estudios, Evaluaciones e Investigación, SL, para la utilización de la aplicación IRIA para la realización de la evaluación educativa internacional PISA para centros educativos en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 53189

como los centros educativos de otros países que el Ministerio determine, en función de
sus acuerdos con la OCDE.
II.

Objeto y principios

El objeto de este convenio es el establecimiento de la condiciones de colaboración entre
las Partes para la utilización de la plataforma IRIA por parte de la Empresa designada por la
OCDE para la aplicación de la evaluación PISA para Centros Educativos.
El MEFP autoriza el uso de la plataforma IRIA a la Empresa 2E, exclusivamente para
las tareas propias de recogida de información durante las pruebas de evaluación en los
centros educativos, en virtud lo establecido por la OCDE como resultado del concurso
público para la acreditación de empresas responsables de la realización de servicios de
administración y tareas relacionadas con la evaluación PISA para Centros Educativos en
España. Como resultado de dicho concurso público, la OCDE ha acreditado a «2E
Estudios Evaluaciones e Investigación SL» como la única empresa autorizada y
responsable de la aplicación de pruebas, análisis de datos y elaboración de informes de
centro y de grupo de centros del proyecto en España en exclusividad.
III. Actuaciones
Las actuaciones que pueden llevarse a cabo en el desarrollo del presente
Convenio serán:
– Por parte de la Empresa:
• Comunicación con el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las
Consejerías y/o Departamentos de Educación de las comunidades autónomas.
• Comunicación con los centros educativos designados por el Ministerio de
Educación y las Consejerías y/o Departamentos de Educación.
• Aplicación de la prueba en los centros que expresen su compromiso de participación.
• Análisis de los datos obtenidos y elaboración del correspondiente informe de centro.
– Por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Consejerías
y/o Departamenteos:
• Establecer comunicación con los centros correspondientes a su ámbito de actuación.
IV. Compromisos de las partes
La Empresa se compromete a:
– No modificar la plataforma.
El MEFP se compromete a ceder el uso de la plataforma IRIA a la Empresa en virtud
del convenio firmado por el MEFP y el INE.
V. Financiación
El presente Convenio no supone obligación económica alguna con la empresa por
parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
El presente Convenio no conlleva compromiso económico por ninguna de las partes.
VI.

Vigencia

El presente Convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes, y
resultará eficaz una vez inscrito en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público. Así mismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su

cve: BOE-A-2022-6369
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 92