III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2022-6267)
Resolución de 11 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., a través del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, para el análisis técnico, el seguimiento y coordinación de la evaluación externa científico-técnica de la convocatoria de ayudas a la ejecución de proyectos de innovación por grupos operativos de la asociación europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Viernes 15 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 52516

Octavo.
El apoyo material y técnico del CSIC-INIA resulta necesario para garantizar la
selección de los evaluadores externos al MAPA más idóneos para la evaluación de los
criterios técnicos de los proyectos y para que no se produzcan retrasos en la resolución
de la convocatoria de ayudas, poniendo a disposición de la Dirección General personal
propio cualificado (un coordinador de equipo y los coordinadores científicos), que tiene el
conocimiento y la experiencia acreditada para realizar el análisis técnico pormenorizado
de la temática de los proyectos y su clasificación, que debe ser previa a la búsqueda y
selección de los expertos evaluadores, y la especialización suficiente para realizar tanto
el análisis de las evaluaciones externas de los proyectos, como el análisis de los
aspectos técnicos de las alegaciones, si las hubiere.
Noveno.
El artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, establece la posibilidad de que la realización de actividades de carácter material
o técnico de la competencia de los órganos administrativos o las entidades de derecho
público pueda ser encomendada a otros órganos o entidades, de la misma o de distinta
Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades por razones
de eficacia o cuando no posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.
Cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos y entidades de derecho
público de la misma Administración se formalizará mediante la firma del correspondiente
acuerdo.
Teniendo en cuenta lo señalado anteriormente, las partes acuerdan la suscripción del
presente Acuerdo de encomienda de gestión con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto de esta encomienda de gestión es la realización por el CSIC-INIA, del
análisis técnico, el seguimiento y coordinación de la evaluación externa científico-técnica
de la convocatoria de ayudas a proyectos innovadores de interés general, a ejecutar por
grupos operativos supra-autonómicos de la AEI-Agri.
Segunda.

Actividades encomendadas al CSIC.

a) Análisis técnico de la temática de los proyectos innovadores que hayan solicitado
las ayudas y su clasificación y agrupación para la búsqueda, selección y propuesta de
expertos en base a su perfil científico-técnico, idoneidad, ausencia de conflictos de
interés y disponibilidad aceptada para la emisión de valoración sobre aspectos técnicos.
b) Seguimiento de los informes de valoración externa sobre los aspectos técnicos
elaborados por los expertos, de los proyectos que pasan a valoración técnica y que han
sido previamente validados por el MAPA (aquellos que cumplen los requisitos de
admisibilidad establecidos en las bases reguladoras y la convocatoria). Recopilación de
los informes de valoración y análisis de las posibles discrepancias llamativas entre los
dos informes presentados por proyecto. Emisión de un informe técnico definitivo en caso
de existencia de dicha discrepancia.
c) Análisis de los aspectos técnicos de las alegaciones, cuando proceda, y emisión
de un informe final de análisis técnico que certifica que los evaluadores han generado los
informes de valoración sobre los aspectos técnicos de los criterios de selección, en
tiempo y lugar, sin existencia de discrepancias que no hayan sido resueltas previamente.

cve: BOE-A-2022-6267
Verificable en https://www.boe.es

Las actuaciones objeto de la presente encomienda de gestión, a realizar a través del
CSIC-INIA, son las siguientes: