III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2022-6267)
Resolución de 11 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., a través del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, para el análisis técnico, el seguimiento y coordinación de la evaluación externa científico-técnica de la convocatoria de ayudas a la ejecución de proyectos de innovación por grupos operativos de la asociación europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Viernes 15 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 52517
Tercera. Actuaciones a realizar por el CSIC-INIA.
El CSIC a través del INIA pondrá a disposición de esta encomienda de gestión los
medios materiales y humanos con la estructura y organización capaz de realizar las
actividades descritas en la presente cláusula y la cláusula segunda.
Las actuaciones a realizar por el INIA son:
– Revisión del listado de solicitudes válidas. Análisis técnico preliminar de la
temática de los proyectos y su clasificación y agrupación.
– Búsqueda y preselección de expertos para la valoración técnica de los proyectos
innovadores en base a su perfil científico técnico, la ausencia de conflicto de interés y su
disponibilidad aceptada. Asignación de proyectos a valorar.
– Elaboración del informe de preselección de expertos. Contendrá una propuesta de
al menos dos expertos por cada proyecto a evaluar, siempre y cuando el ámbito
científico técnico de las propuestas lo permita.
– Notificación a los expertos de su selección definitiva como evaluador y de los
proyectos que se le asignan, en función del listado definitivo de proyectos que pasan a
valoración técnica.
– Recopilación y archivo del acuerdo de confidencialidad y declaración de ausencia
de conflictos de interés de cada evaluador.
– Seguimiento y coordinación técnica de la evaluación externa. Revisión técnica de
los informes de los expertos y análisis de las evaluaciones discrepantes. Emisión de
informe dirimente en su caso.
– Análisis de las alegaciones recibidas a la propuesta de resolución provisional
cuando se refieran a aspectos técnicos de los proyectos evaluados por los expertos
externos con el apoyo de los evaluadores concernidos, si fuera preciso. Elaboración de
un informe definitivo sobre las alegaciones.
Para la realización de estas actuaciones se aplicará lo dispuesto en el anexo a esta
encomienda sobre «Descripción de los trabajos».
Cuarta.
Compromisos del MAPA.
– Previamente al comienzo de las tareas encomendadas, facilitar al CSIC-INIA el
texto de la convocatoria correspondiente a las solicitudes a evaluar, incluyendo los
criterios de evaluación, las bases reguladoras de las mismas, la guía para la aplicación
de los criterios de selección, así como una tabla con los datos clave de las solicitudes
recibidas (número de registro, datos del solicitante, entidad representante de la
agrupación solicitante, título del proyecto, nombre del grupo operativo).
– Facilitar el acceso a la aplicación informática del MAPA al coordinador de equipo,
al técnico de apoyo, a los coordinadores científicos y a los expertos asignados, en la que
se podrá consultar y descargar la información necesaria para la evaluación de las
solicitudes admisibles y además tendrán acceso a visualizar la parte de la evaluación
técnica externa que les corresponde. Cada uno de ellos tendrá un perfil de usuario
diferenciado acorde a las funciones a realizar y con los privilegios de acceso exigidos
para su labor.
– Indicar en un lugar visible en la publicación de las ayudas concedidas, así como en
su difusión y en todos los eventos organizados por el MAPA relacionados con la
convocatoria, la colaboración del CSIC a través del INIA.
– Garantizar la confidencialidad y trazabilidad adecuada de las evaluaciones
técnicas realizadas en la aplicación informática.
– Transferir al CSIC-INIA una compensación por los costes de la labor técnica objeto
del Acuerdo, señalado en la cláusula quinta.
cve: BOE-A-2022-6267
Verificable en https://www.boe.es
El MAPA, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y
Formación Agroalimentaria, realizará las siguientes actuaciones:
Núm. 90
Viernes 15 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 52517
Tercera. Actuaciones a realizar por el CSIC-INIA.
El CSIC a través del INIA pondrá a disposición de esta encomienda de gestión los
medios materiales y humanos con la estructura y organización capaz de realizar las
actividades descritas en la presente cláusula y la cláusula segunda.
Las actuaciones a realizar por el INIA son:
– Revisión del listado de solicitudes válidas. Análisis técnico preliminar de la
temática de los proyectos y su clasificación y agrupación.
– Búsqueda y preselección de expertos para la valoración técnica de los proyectos
innovadores en base a su perfil científico técnico, la ausencia de conflicto de interés y su
disponibilidad aceptada. Asignación de proyectos a valorar.
– Elaboración del informe de preselección de expertos. Contendrá una propuesta de
al menos dos expertos por cada proyecto a evaluar, siempre y cuando el ámbito
científico técnico de las propuestas lo permita.
– Notificación a los expertos de su selección definitiva como evaluador y de los
proyectos que se le asignan, en función del listado definitivo de proyectos que pasan a
valoración técnica.
– Recopilación y archivo del acuerdo de confidencialidad y declaración de ausencia
de conflictos de interés de cada evaluador.
– Seguimiento y coordinación técnica de la evaluación externa. Revisión técnica de
los informes de los expertos y análisis de las evaluaciones discrepantes. Emisión de
informe dirimente en su caso.
– Análisis de las alegaciones recibidas a la propuesta de resolución provisional
cuando se refieran a aspectos técnicos de los proyectos evaluados por los expertos
externos con el apoyo de los evaluadores concernidos, si fuera preciso. Elaboración de
un informe definitivo sobre las alegaciones.
Para la realización de estas actuaciones se aplicará lo dispuesto en el anexo a esta
encomienda sobre «Descripción de los trabajos».
Cuarta.
Compromisos del MAPA.
– Previamente al comienzo de las tareas encomendadas, facilitar al CSIC-INIA el
texto de la convocatoria correspondiente a las solicitudes a evaluar, incluyendo los
criterios de evaluación, las bases reguladoras de las mismas, la guía para la aplicación
de los criterios de selección, así como una tabla con los datos clave de las solicitudes
recibidas (número de registro, datos del solicitante, entidad representante de la
agrupación solicitante, título del proyecto, nombre del grupo operativo).
– Facilitar el acceso a la aplicación informática del MAPA al coordinador de equipo,
al técnico de apoyo, a los coordinadores científicos y a los expertos asignados, en la que
se podrá consultar y descargar la información necesaria para la evaluación de las
solicitudes admisibles y además tendrán acceso a visualizar la parte de la evaluación
técnica externa que les corresponde. Cada uno de ellos tendrá un perfil de usuario
diferenciado acorde a las funciones a realizar y con los privilegios de acceso exigidos
para su labor.
– Indicar en un lugar visible en la publicación de las ayudas concedidas, así como en
su difusión y en todos los eventos organizados por el MAPA relacionados con la
convocatoria, la colaboración del CSIC a través del INIA.
– Garantizar la confidencialidad y trazabilidad adecuada de las evaluaciones
técnicas realizadas en la aplicación informática.
– Transferir al CSIC-INIA una compensación por los costes de la labor técnica objeto
del Acuerdo, señalado en la cláusula quinta.
cve: BOE-A-2022-6267
Verificable en https://www.boe.es
El MAPA, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y
Formación Agroalimentaria, realizará las siguientes actuaciones: