III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2022-6267)
Resolución de 11 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., a través del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, para el análisis técnico, el seguimiento y coordinación de la evaluación externa científico-técnica de la convocatoria de ayudas a la ejecución de proyectos de innovación por grupos operativos de la asociación europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 52513
innovación agroalimentaria y forestal y contempla medidas de apoyo a la innovación, a
través de la medida de Cooperación (artículo 35 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013)
para los grupos operativos de la «Asociación Europea para la Innovación en materia de
productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri)», definidos en los artículos 55, 56 y 57
de este Reglamento.
La articulación de estas actuaciones se hace mediante convocatorias de
subvenciones de concurrencia competitiva.
La Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria
es la autoridad de gestión del PNDR.
La Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y
sostenibilidad agrícola (AEI-Agri) se crea para impulsar la agricultura productiva y
sostenible, con el objeto de acortar la distancia que existe entre la comunidad
investigadora y los sectores agroalimentario y forestal, los cuales necesitan aplicar el
conocimiento científico para poner en marcha acciones innovadoras y sostenibles en el
proceso productivo, transformador y comercializador.
En el marco del PNDR se han establecido dos líneas de subvenciones para dar
impulso a la medida de cooperación, quedando afectadas al presente Acuerdo de
Encomienda las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la ejecución
de proyectos de innovación de interés general (Submedida 16.2. del PNDR) ejecutados
por grupos operativos supraautonómicos, para los que puede conceder hasta 600.000
euros de subvención por proyecto.
Por otro lado el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, establece el Instrumento
de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la
COVID-19 (Reglamento IRUE, en adelante), en concreto establece recursos para la
financiación de medidas en la agricultura y el desarrollo rural [artículo 1.2.g)].
El apoyo en el marco del Reglamento IRUE va enfocado a revitalizar el potencial de
crecimiento sostenible y de empleo con objeto de reforzar la cohesión entre los Estados
miembros y sostener su transición hacia una economía ecológica y digital; apoyo a la
inversión en actividades que resulten esenciales para el fortalecimiento del crecimiento
sostenible en la Unión, incluida la inversión financiera directa en las empresas; medidas
para la investigación y la innovación como respuesta a la crisis de la COVID-19; para la
creación de capacidades en el ámbito de la Unión, para mejorar la preparación frente a
futuras situaciones de emergencias; para el mantenimiento de los esfuerzos para
garantizar una transición justa hacia una economía neutra desde el punto de vista
climático; y para ayudar a la agricultura y al desarrollo en las zonas rurales para que
puedan hacer frente al impacto de la crisis de la COVID-19.
En relación con la medida 16 del PNDR, el Reglamento 2020/2220 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 23 de diciembre de 2020 por el que se establecen
determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los
años 2021 y 2022, establece que los objetivos a satisfacer con el Reglamento IRUE son:
a) Las cadenas de distribución cortas y los mercados locales;
b) La eficiencia en el uso de los recursos, en particular la agricultura de precisión e
inteligente, la innovación, la digitalización y la modernización de la maquinaria y los
equipos de producción;
c) Las condiciones de seguridad en el trabajo;
d) Las energías renovables, la economía circular y la bioeconomía;
e) El acceso a tecnologías de la información y la comunicación (TIC) de alta calidad
en las zonas rurales.
Además, el meritado Reglamento (UE) 2020/2220 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 23 de diciembre de 2020, establece determinadas disposiciones transitorias
para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo
Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, con la consiguiente
afección a esta medida.
cve: BOE-A-2022-6267
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 90
Viernes 15 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 52513
innovación agroalimentaria y forestal y contempla medidas de apoyo a la innovación, a
través de la medida de Cooperación (artículo 35 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013)
para los grupos operativos de la «Asociación Europea para la Innovación en materia de
productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri)», definidos en los artículos 55, 56 y 57
de este Reglamento.
La articulación de estas actuaciones se hace mediante convocatorias de
subvenciones de concurrencia competitiva.
La Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria
es la autoridad de gestión del PNDR.
La Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y
sostenibilidad agrícola (AEI-Agri) se crea para impulsar la agricultura productiva y
sostenible, con el objeto de acortar la distancia que existe entre la comunidad
investigadora y los sectores agroalimentario y forestal, los cuales necesitan aplicar el
conocimiento científico para poner en marcha acciones innovadoras y sostenibles en el
proceso productivo, transformador y comercializador.
En el marco del PNDR se han establecido dos líneas de subvenciones para dar
impulso a la medida de cooperación, quedando afectadas al presente Acuerdo de
Encomienda las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la ejecución
de proyectos de innovación de interés general (Submedida 16.2. del PNDR) ejecutados
por grupos operativos supraautonómicos, para los que puede conceder hasta 600.000
euros de subvención por proyecto.
Por otro lado el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, establece el Instrumento
de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la
COVID-19 (Reglamento IRUE, en adelante), en concreto establece recursos para la
financiación de medidas en la agricultura y el desarrollo rural [artículo 1.2.g)].
El apoyo en el marco del Reglamento IRUE va enfocado a revitalizar el potencial de
crecimiento sostenible y de empleo con objeto de reforzar la cohesión entre los Estados
miembros y sostener su transición hacia una economía ecológica y digital; apoyo a la
inversión en actividades que resulten esenciales para el fortalecimiento del crecimiento
sostenible en la Unión, incluida la inversión financiera directa en las empresas; medidas
para la investigación y la innovación como respuesta a la crisis de la COVID-19; para la
creación de capacidades en el ámbito de la Unión, para mejorar la preparación frente a
futuras situaciones de emergencias; para el mantenimiento de los esfuerzos para
garantizar una transición justa hacia una economía neutra desde el punto de vista
climático; y para ayudar a la agricultura y al desarrollo en las zonas rurales para que
puedan hacer frente al impacto de la crisis de la COVID-19.
En relación con la medida 16 del PNDR, el Reglamento 2020/2220 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 23 de diciembre de 2020 por el que se establecen
determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los
años 2021 y 2022, establece que los objetivos a satisfacer con el Reglamento IRUE son:
a) Las cadenas de distribución cortas y los mercados locales;
b) La eficiencia en el uso de los recursos, en particular la agricultura de precisión e
inteligente, la innovación, la digitalización y la modernización de la maquinaria y los
equipos de producción;
c) Las condiciones de seguridad en el trabajo;
d) Las energías renovables, la economía circular y la bioeconomía;
e) El acceso a tecnologías de la información y la comunicación (TIC) de alta calidad
en las zonas rurales.
Además, el meritado Reglamento (UE) 2020/2220 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 23 de diciembre de 2020, establece determinadas disposiciones transitorias
para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo
Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, con la consiguiente
afección a esta medida.
cve: BOE-A-2022-6267
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 90