III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2022-6267)
Resolución de 11 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., a través del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, para el análisis técnico, el seguimiento y coordinación de la evaluación externa científico-técnica de la convocatoria de ayudas a la ejecución de proyectos de innovación por grupos operativos de la asociación europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Viernes 15 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 52512
la Presidenta del CSIC, de 13 de diciembre de 2019, por la que se resuelve convocatoria
de libre designación), actuando en nombre y representación de este organismo en virtud
de la facultad que, por delegación, le confiere el apartado 12.1.b) de la Resolución de 21
de enero de 2021 (BOE de 28 de enero de 2021).
Actuando ambas en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose
poderes y facultades suficientes para formalizar el presente Acuerdo y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
El artículo 5.1 del Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y por el
que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece entre las
competencias de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación
Agroalimentaria las siguientes:
Segundo.
El Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 (en adelante PNDR), aprobado
por la Decisión de Ejecución de la Comisión de 26 de mayo, por la que se aprueba el
Programa Nacional de Desarrollo Rural de España a efectos de la concesión de ayudas
del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (CCI2014ES06RDNP001) de
conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1305/2013, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013; tiene como objetivo transversal la
cve: BOE-A-2022-6267
Verificable en https://www.boe.es
– Desarrollar las funciones del Departamento en materia de innovación y la
coordinación e interlocución con otros departamentos en las materias de investigación,
desarrollo e innovación.
– Desarrollar las funciones del Departamento en materia de digitalización, en particular
de la Estrategia de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural y de sus planes
de acción, así como el fomento de la implantación de nuevas tecnologías en el sector
agroalimentario y en el emprendimiento rural y la coordinación con otros departamentos.
– Desempeñar las funciones de interlocutor único ante la Comisión Europea para
aquellas cuestiones relativas a la innovación vinculadas a la Asociación Europea para la
Innovación «Productividad y sostenibilidad agrícolas» (EIP-AGRI) y de punto focal de la
red AEI-AGRI en el ámbito europeo, así como el diseño, puesta en práctica y gestión de
las ayudas a la innovación al amparo de la programación de desarrollo rural.
– Desarrollar y ejercer las competencias del Departamento en materia de Bioeconomía.
– Ejercer las funciones del Departamento en materia de organización,
fortalecimiento, coordinación y dinamización de los sistemas de asesoramiento,
formación y transferencia del conocimiento e información en los sectores agroganadero,
alimentario y de desarrollo rural, así como la puesta en marcha y mantenimiento de los
instrumentos necesarios a escala nacional para cumplir estos objetivos.
– La coordinación e interlocución con los departamentos y autoridades competentes
en materia de formación y con el mundo científico y del conocimiento para contribuir a
las necesidades formativas y de asesoramiento del sector agroalimentario y del medio
rural, en el ámbito de las competencias del Departamento.
– Cooperar con las comunidades autónomas y las entidades más representativas en
las materias antes señaladas, así como elaborar las propuestas que permitan establecer
la posición española sobre dichos asuntos ante la Unión Europea y otras organizaciones
o foros internacionales, y representar y actuar como interlocutor ante dichas instancias
internacionales, sin menoscabo de las competencias de otros órganos directivos del
Departamento.
Núm. 90
Viernes 15 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 52512
la Presidenta del CSIC, de 13 de diciembre de 2019, por la que se resuelve convocatoria
de libre designación), actuando en nombre y representación de este organismo en virtud
de la facultad que, por delegación, le confiere el apartado 12.1.b) de la Resolución de 21
de enero de 2021 (BOE de 28 de enero de 2021).
Actuando ambas en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose
poderes y facultades suficientes para formalizar el presente Acuerdo y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
El artículo 5.1 del Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y por el
que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece entre las
competencias de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación
Agroalimentaria las siguientes:
Segundo.
El Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 (en adelante PNDR), aprobado
por la Decisión de Ejecución de la Comisión de 26 de mayo, por la que se aprueba el
Programa Nacional de Desarrollo Rural de España a efectos de la concesión de ayudas
del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (CCI2014ES06RDNP001) de
conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1305/2013, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013; tiene como objetivo transversal la
cve: BOE-A-2022-6267
Verificable en https://www.boe.es
– Desarrollar las funciones del Departamento en materia de innovación y la
coordinación e interlocución con otros departamentos en las materias de investigación,
desarrollo e innovación.
– Desarrollar las funciones del Departamento en materia de digitalización, en particular
de la Estrategia de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural y de sus planes
de acción, así como el fomento de la implantación de nuevas tecnologías en el sector
agroalimentario y en el emprendimiento rural y la coordinación con otros departamentos.
– Desempeñar las funciones de interlocutor único ante la Comisión Europea para
aquellas cuestiones relativas a la innovación vinculadas a la Asociación Europea para la
Innovación «Productividad y sostenibilidad agrícolas» (EIP-AGRI) y de punto focal de la
red AEI-AGRI en el ámbito europeo, así como el diseño, puesta en práctica y gestión de
las ayudas a la innovación al amparo de la programación de desarrollo rural.
– Desarrollar y ejercer las competencias del Departamento en materia de Bioeconomía.
– Ejercer las funciones del Departamento en materia de organización,
fortalecimiento, coordinación y dinamización de los sistemas de asesoramiento,
formación y transferencia del conocimiento e información en los sectores agroganadero,
alimentario y de desarrollo rural, así como la puesta en marcha y mantenimiento de los
instrumentos necesarios a escala nacional para cumplir estos objetivos.
– La coordinación e interlocución con los departamentos y autoridades competentes
en materia de formación y con el mundo científico y del conocimiento para contribuir a
las necesidades formativas y de asesoramiento del sector agroalimentario y del medio
rural, en el ámbito de las competencias del Departamento.
– Cooperar con las comunidades autónomas y las entidades más representativas en
las materias antes señaladas, así como elaborar las propuestas que permitan establecer
la posición española sobre dichos asuntos ante la Unión Europea y otras organizaciones
o foros internacionales, y representar y actuar como interlocutor ante dichas instancias
internacionales, sin menoscabo de las competencias de otros órganos directivos del
Departamento.