I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-6045)
Real Decreto 267/2022, de 12 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 13 de abril de 2022

Sec. I. Pág. 51425

o) La planificación, coordinación y seguimiento de las medidas destinadas a
asegurar la sostenibilidad del Ministerio en cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible de la Agenda 2030 en los ámbitos de competencia de la Subsecretaría.
p) El ejercicio, semestralmente y con carácter rotatorio, de la Presidencia o de la
Vicepresidencia de la Comisión Interministerial de coordinación en materia de tratados y
otros acuerdos internacionales, en la forma establecida en el artículo 3.1 del Real
Decreto 598/2019, de 18 de octubre, por el que se regula la composición y el
funcionamiento de la Comisión Interministerial de coordinación en materia de tratados y
otros acuerdos internacionales.
3.

De la Subsecretaría dependen los siguientes órganos directivos:

a) La Secretaría General Técnica.
b) La Dirección General del Servicio Exterior.
c) La Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares.
d) La Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes.
4. Asimismo, dependen de la Subsecretaría las siguientes unidades, con nivel
orgánico de subdirección general:
a) El Gabinete Técnico, como órgano de apoyo y asistencia directa a la persona
titular de la Subsecretaría.
b) La Inspección General de Servicios, a la que corresponde el ejercicio de las
competencias enumeradas en las letras c), d) y e) del apartado 2 de este artículo, así
como las previstas en los Reales Decretos 799/2005, de 1 de julio, por el que se regulan
las inspecciones de servicios de los departamentos ministeriales y 951/2005, de 29 de
julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la
Administración General del Estado, así como el control de eficacia de los entes adscritos
a este Ministerio en los términos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
c) La Oficina Presupuestaria, a la que corresponde la ejecución de las funciones a
que se refiere el Real Decreto 2855/1979, de 21 de diciembre, por el que se crean las
Oficinas Presupuestarias.
d) La Escuela Diplomática, a la que corresponde el ejercicio de las funciones a que
se refiere el Real Decreto 1475/1987, de 27 de noviembre, por el que se reorganiza la
Escuela Diplomática. La persona que ejerza la dirección de la Escuela Diplomática
tendrá, durante el desempeño de su cargo, la categoría y honores de Embajador o
Embajadora.
e) La Asesoría Jurídica Internacional, como órgano asesor de la Administración
General del Estado en materia de derecho internacional.

a) La Abogacía del Estado en el Departamento.
b) La Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del
Estado.
6. Está adscrita al Ministerio, a través de la Subsecretaría, la Obra Pía de los
Santos Lugares, cuya presidencia ostentará la persona titular de la Subsecretaría, de
quien dependerá el funcionario que, con el nivel orgánico que se determine en la relación
de puestos de trabajo, desempeñe la Dirección de dicha entidad, en los términos
previstos en su Estatuto aprobado por Real Decreto 1005/2015, de 6 de noviembre.

cve: BOE-A-2022-6045
Verificable en https://www.boe.es

5. Están adscritos a la Subsecretaría, con las funciones que les atribuyen las
disposiciones vigentes y sin perjuicio de su dependencia de los Ministerios de Justicia y
de Hacienda y Función Pública, respectivamente, los siguientes órganos con rango de
subdirección general: