III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2022-6030)
Resolución de 4 de marzo de 2022, de la Autoridad Portuaria de Almería, por la que se publica la modificación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en los puertos de Almería y Carboneras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 12 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51247
8. Las actualizaciones por variación de costes que corresponda aplicar de acuerdo
con lo establecido en el apartado C. de esta Prescripción se aplicarán a todos los
cuadros de tarifas de este apartado.
9. Tarifas máximas:
a) Tarifas máximas por los servicios de recepción de desechos generados por
buques correspondientes al Anexo I del Convenio MARPOL:
Transcurridos dos años desde la entrada en vigor de este pliego, conforme a la
condición establecida en la Prescripción 17.ª, apartado c.3, punto a. iv), es decir,
teniendo en cuenta la existencia de una planta de pretratamiento, las tarifas máximas a
aplicar serán las indicadas a continuación:
b) Tarifas máximas por los servicios de recepción de desechos generados por
buques correspondientes Anexo IV del Convenio MARPOL
– 32,00 € / m3 con un mínimo de 8 m3.
c) Tarifas máximas por los servicios de recepción de desechos generados por
buques correspondientes al Anexo V del Convenio MARPOL:
cve: BOE-A-2022-6030
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 87
Martes 12 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51247
8. Las actualizaciones por variación de costes que corresponda aplicar de acuerdo
con lo establecido en el apartado C. de esta Prescripción se aplicarán a todos los
cuadros de tarifas de este apartado.
9. Tarifas máximas:
a) Tarifas máximas por los servicios de recepción de desechos generados por
buques correspondientes al Anexo I del Convenio MARPOL:
Transcurridos dos años desde la entrada en vigor de este pliego, conforme a la
condición establecida en la Prescripción 17.ª, apartado c.3, punto a. iv), es decir,
teniendo en cuenta la existencia de una planta de pretratamiento, las tarifas máximas a
aplicar serán las indicadas a continuación:
b) Tarifas máximas por los servicios de recepción de desechos generados por
buques correspondientes Anexo IV del Convenio MARPOL
– 32,00 € / m3 con un mínimo de 8 m3.
c) Tarifas máximas por los servicios de recepción de desechos generados por
buques correspondientes al Anexo V del Convenio MARPOL:
cve: BOE-A-2022-6030
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 87