III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-6031)
Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XI Convenio colectivo nacional de centros de enseñanza privada de régimen general o enseñanza reglada sin ningún nivel concertado ni subvencionado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87

Martes 12 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 51293

podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la
empresa.
Durante el primer año, a partir del inicio de cada situación de excedencia, el
trabajador tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Finalizando el mismo, y
hasta la terminación del período de excedencia, la reserva quedará referida a un puesto
de trabajo del mismo grupo profesional o puesto de trabajo equivalente.
En lo no contemplado en este artículo, se estará a lo dispuesto para los supuestos de
excedencia forzosa.
Artículo 52.

Excedencia por cuidado de familiar.

Las personas trabajadoras tendrán derecho a un periodo de excedencia no superior
a dos años para atender al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o
discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
Durante este periodo, computable a efectos de antigüedad en la empresa, el
trabajador tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo.
Artículo 53.

Excedencia voluntaria.

La excedencia voluntaria es la solicitada por el trabajador que tiene al menos una
antigüedad en el Centro de un año.
Deberá solicitarla por escrito con al menos 15 días de antelación.
El permiso de excedencia voluntaria se concederá por un mínimo de cuatro meses y
un máximo de cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo
trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
El trabajador con excedencia voluntaria conserva sólo el derecho preferente al
reingreso en el Centro de las vacantes de igual o similar categoría que se produjeran,
siempre que hubiere manifestado, por escrito, su deseo de reingresar antes de caducar
el período de excedencia. De no efectuarlo así, causará baja definitiva en el Centro.
Si la concesión de la excedencia voluntaria fuese motivada por disfrute de beca,
viajes de estudios, o participación en cursillos de perfeccionamiento, propios de la
especialidad del trabajador, se le computará la antigüedad en la empresa durante dicho
período de excedencia, así como el derecho de reincorporarse automáticamente al
puesto de trabajo, al que deberá reintegrarse en el plazo máximo de siete días.
Se podrá pactar de mutuo acuerdo entre las partes la reserva de puesto de trabajo y
la duración de la misma, en su caso.
Artículo 54. Excedencia para víctimas de violencia de género.
Se establece una excedencia para víctimas de violencia de género con una duración
de entre 3 y 12 meses y reserva de puesto de trabajo durante la misma.
Para el disfrute de esta excedencia será preciso acreditar documentalmente la
condición de víctima de violencia de género con la correspondiente resolución judicial o
administrativa, y así mismo se deberá asegurar la confidencialidad de la situación.

Jubilaciones
Artículo 55.

Modalidades de jubilación.

El trabajador podrá acogerse a cualquiera de las modalidades de jubilación
contempladas en la legislación vigente, cumpliendo los requisitos establecidos en la
misma.

cve: BOE-A-2022-6031
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CAPÍTULO VI