III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-6035)
Resolución de 1 de abril de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para el desarrollo de la edición 2022-23 del Programa estatal de circulación de espectáculos de artes escénicas en espacios de las Entidades Locales («Platea»).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 12 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 51368

formalmente su adhesión antes de la reunión del comité asesor que proceda a la
aprobación de las propuestas de programación.
En la página web de Platea se facilitarán instrucciones detalladas y modelos de
documentos para facilitar el proceso de adhesión de las Entidades Locales. El INAEM y
la FEMP podrán realizar acciones informativas dirigidas específicamente a las Entidades
Locales de Comunidades Autónomas no representadas en el Programa en ediciones
anteriores.
En el caso de que el número de peticiones de adhesión excediera del que pudiera
considerarse asumible para mantener los objetivos del Programa, el INAEM y la FEMP
podrán establecer criterios de prelación y rechazar las solicitudes que presenten
menores garantías de un correcto aprovechamiento de los recursos disponibles. La
decisión de aceptar o rechazar la solicitud de adhesión será adoptada mediante
resolución del Secretario General del INAEM.
2b). Renovación de la adhesión por parte de Entidades Locales participantes en la
edición 2021-22.
Las Entidades Locales que participaron en el Programa en la edición correspondiente
al año 2021-22 podrán renovar su adhesión para la edición 2022-23 mediante la
suscripción del presente modelo de acto de adhesión al Convenio por parte de sus
Presidentes o personas en quien deleguen. No obstante las Entidades cuya solicitud de
adhesión o renovación fue aprobada para la edición de 2021-22 pero que no llegaron a
presentar programación o renunciaron expresamente o incumplieron las normas de
funcionamiento de dicha edición, deberán solicitar, en su caso, la adhesión, y deberán
cumplir los requisitos de nueva adhesión establecidos en el apartado 2a) anterior.
Las solicitudes de renovación podrán ser rechazadas por el INAEM cuando concurra
alguna de las siguientes circunstancias:
– Haber programado espectáculos de Platea en festivales.
– Haber incumplido los compromisos adquiridos al adherirse al Programa,
especialmente los relativos a los plazos de tramitación y pago, y el de participación en
las acciones de formación o información.
– No haber solicitado formalmente su adhesión al Mapa Estadístico sobre la
evolución semanal de las artes escénicas y musicales en España (CHIVATOS) o, en el
caso de haberse adherido, no mantener su participación en el mismo.
– Haber cancelado la mitad o más de la programación de 2021-22 sin sustituir los
espectáculos cancelados.
– En el caso de que la Entidad Local no participara en el Programa en 2020, que los
espectáculos de Platea programados en 2021-22 no hayan supuesto un incremento neto
de la programación profesional respecto a 2019.
– En el caso de que la Entidad Local haya participado en el Programa durante varias
ediciones sucesivas, que la programación de 2021-22 no haya supuesto un incremento
neto de la programación profesional respecto al año anterior al primero de la última serie
de años sucesivos en la que formara parte de Platea.
– Para las Entidades Locales que no alcanzaron el 12 % de autofinanciación
en 2017: que el índice conseguido en 2021-22 no supere en al menos cuatro puntos
porcentuales al de 2017 o no alcance el 15 % (se exigirá el menor de estos dos índices).
– Para las Entidades Locales que no alcanzaron el 12 % de autofinanciación
en 2018: que el índice conseguido en 2021-22 no supere en al menos dos puntos
porcentuales al de 2018 o no alcance el 15 % (se exigirá el menor de estos dos índices).
– Para las Entidades Locales que no alcanzaron el 12 % de autofinanciación
en 2019: dada la situación pandémica de 2020, la exigencia de requisitos comenzará en
la edición 2022-23.
Se presentará memoria de los espectáculos de artes escénicas (teatro, danza, circo
y/o lírica) de carácter profesional programados en la temporada 2021-22, en cualquier

cve: BOE-A-2022-6035
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 87