III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-6035)
Resolución de 1 de abril de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para el desarrollo de la edición 2022-23 del Programa estatal de circulación de espectáculos de artes escénicas en espacios de las Entidades Locales («Platea»).
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87

Martes 12 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 51367

resultados artísticos mediante un modelo transparente que complementa el tradicional de
selección subjetiva y unipersonal.
– Contribuye a la sostenibilidad del tejido creativo y al fomento de los géneros con
menor presencia en las temporadas escénicas.
– Al constituir un modelo a escala altamente representativo del funcionamiento de
las artes escénicas a escala nacional, contribuye, a través de datos recopilados en
tiempo real, a su análisis y conocimiento.
2a).

Adhesión de nuevas Entidades Locales al Programa

Podrán solicitar la adhesión para uno o dos espacios escénicos, siempre que
cumplan los requisitos establecidos en el apartado 3 siguiente y uno de ellos, al menos,
tenga un aforo de 250 o más localidades y, además, cumplan los requisitos establecidos
en el apartado 3 siguiente. Los espacios deberán ser bien de titularidad pública local –ea
su gestión pública o privada– o bien espacios cuya gestión esté cedida a la Entidad
Local mediante negocio jurídico en vigor, lo cual se justificará mediante la oportuna
declaración.
Se acreditará, mediante certificado del Interventor local, que la Entidad Local se
encuentra al corriente del pago de todas las obligaciones contraídas por la programación
de espectáculos de artes escénicas y musicales desde cuyo vencimiento hayan
transcurrido más de seis meses. En dicho certificado el Interventor local también
acreditará el régimen de IVA aplicable a la venta de entradas del espacio o espacios
escénicos adheridos.
La Entidad Local se comprometerá a cargar la propuesta de programación definitiva
en la aplicación informática habilitada al efecto, en el plazo que establezca el INAEM
como gestor de la misma.
El INAEM examinará el cumplimiento de los requisitos generales y comunicará
individualmente a las Entidades Locales su incorporación formal a Platea. El INAEM
publicará en la página web del Programa Platea 2022-23, un listado provisional de las
Entidades Locales adheridas, que será actualizado periódicamente.
La Entidad Local deberá haber programado al menos 10 espectáculos de artes
escénicas (teatro, danza, circo y/o lírica) de carácter clara e indudablemente profesional
en cada una de las temporadas 2020-21 y 2021-22(1), en cualquier espacio o evento de
la Entidad Local. A tal fin, se presenta memoria de los espectáculos programados en
esas temporadas con indicación detallada de la recaudación, número de espectadores,
porcentaje de ocupación y gasto realizado. Siendo el objeto de este requisito la
acreditación por parte de la Entidad Local de la existencia de temporadas estables en las
que los espectáculos del Programa puedan integrarse, los espectáculos que se
computarán serán los que se enmarquen en las características de género deducibles de
los catálogos de Platea de anteriores ediciones.

La Entidad Local deberá acreditar que el espacio escénico cuenta con, al menos, una
persona dedicada –la tiempo completo o parcial– a la programación (no contando a tales
efectos otras tareas como las administrativas, técnicas, de gestión de sala o taquillas,
etc. ni las que pudieran desempeñar eventualmente en dicha materia de programación
las personas que ostenten cargos políticos en la administración de la que dependa el
teatro). Este requisito se acreditará mediante certificación que indique las tareas del
responsable de programación, su vínculo laboral o funcionarial con la entidad gestora del
teatro y la proporción aproximada de su jornada dedicada a la programación del teatro.
El certificado que detalle el personal a cargo de la programación del espacio escénico
deberá ser firmado por el solicitante de la adhesión.
La Entidad Local deberá estar adherida al Mapa Estadístico sobre la evolución
semanal de las artes escénicas y musicales en España (CHIVATOS) o solicitar

cve: BOE-A-2022-6035
Verificable en https://www.boe.es

(1)
A los efectos del presente convenio, se entenderá por «temporada» el tiempo transcurrido entre el 1
de septiembre y el 31 de agosto del año sucesivo.