III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-5955)
Resolución de 7 de marzo de 2022, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Palma, en materia de prevención y extinción de incendios, salvamento y protección civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50808
Tal como se indica en el cuadro, la aportación se incrementará en 1.000 euros (mil
euros) cada año, incluyendo las posibles prórrogas a este convenio que pudieran
acordarse.
Por otra parte, al objeto de mejorar las intervenciones de Bomberos de Palma en el
ámbito del Port de Palma, la APB cederá a BP un nuevo vehículo: un vehículo de
mando (UMJ) completamente equipado, que permita montar un puesto de mando
avanzado adecuado para aplicar metodología SITAC. El valor límite de adquisición del
citado vehículo es de 80.000 euros. Las características técnicas del vehículo y su
equipamiento serán tratadas y aprobadas por la Comisión de Seguimiento.
La APB cederá a BP equipos de comunicación digital de nueva adquisición, para
mejorar las comunicaciones entre ambos organismos en caso de emergencia portuaria,
por un valor límite de 33.000 euros. Las características técnicas del citado material serán
tratadas y aprobadas por la Comisión de Seguimiento.
Cuarta.
Comisión de Seguimiento.
Las partes constituirán una Comisión Mixta de Seguimiento, que coordinará el
desarrollo de este convenio y estará integrada por tres miembros de cada una de las
partes designados por el Alcalde de Palma y por el Presidente de la APB. La Comisión
estará presidida por uno de los representantes del Ayuntamiento y el secretario será uno
de los representantes de la APB.
La Comisión mencionada resolverá los problemas de interpretación y de
cumplimiento que puedan plantearse.
Pueden incorporarse a la Comisión de Seguimiento, a petición de alguno de sus
miembros, las personas que se requieran para temas específicos.
La Comisión, además de coordinar el desarrollo del convenio, tiene las siguientes
tareas:
En cuanto al Plan de Formación Específica acordado, toda vez que se trata de una
formación con un alto grado de especialización, se deberá llevar a cabo en un campo de
fuego para bomberos profesionales.
La Comisión de Seguimiento se integrará, como asistencia técnica a disposición, en
la Comisión Técnica que evalúe la parte correspondiente del proceso que se siga para la
contratación del centro de formación, dentro de los procedimientos que contempla la
legislación correspondiente.
cve: BOE-A-2022-5955
Verificable en https://www.boe.es
– Aprobación del Plan de Formación Específico acordado, al que tendrá acceso todo
el personal de BP y la parte del personal de la APB que esta Comisión decida.
– Definición de los cursos y sesiones informativas en materia de prevención,
extinción de incendios y gestión de emergencias que BP imparta al personal de la APB.
– Definición de los cursos y sesiones informativas en materia de prevención,
extinción de incendios y gestión de emergencias que la APB imparta al personal de BP.
– Aprobación de propuesta de adquisición de material.
– Realización del control y el seguimiento del convenio.
– Definición, en su caso, de los detalles de los procedimientos de actuación.
– Elevación de los informes que le soliciten las administraciones firmantes de este
convenio.
– Propuestas de modificaciones adecuadas de este convenio, en su caso.
– Resolución de cualquier cuestión o discrepancia que pueda surgir entre las partes.
– Visto bueno de las liquidaciones de gastos y las formas de abono
correspondientes que se contemplan en este convenio.
– La liquidación de este convenio.
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50808
Tal como se indica en el cuadro, la aportación se incrementará en 1.000 euros (mil
euros) cada año, incluyendo las posibles prórrogas a este convenio que pudieran
acordarse.
Por otra parte, al objeto de mejorar las intervenciones de Bomberos de Palma en el
ámbito del Port de Palma, la APB cederá a BP un nuevo vehículo: un vehículo de
mando (UMJ) completamente equipado, que permita montar un puesto de mando
avanzado adecuado para aplicar metodología SITAC. El valor límite de adquisición del
citado vehículo es de 80.000 euros. Las características técnicas del vehículo y su
equipamiento serán tratadas y aprobadas por la Comisión de Seguimiento.
La APB cederá a BP equipos de comunicación digital de nueva adquisición, para
mejorar las comunicaciones entre ambos organismos en caso de emergencia portuaria,
por un valor límite de 33.000 euros. Las características técnicas del citado material serán
tratadas y aprobadas por la Comisión de Seguimiento.
Cuarta.
Comisión de Seguimiento.
Las partes constituirán una Comisión Mixta de Seguimiento, que coordinará el
desarrollo de este convenio y estará integrada por tres miembros de cada una de las
partes designados por el Alcalde de Palma y por el Presidente de la APB. La Comisión
estará presidida por uno de los representantes del Ayuntamiento y el secretario será uno
de los representantes de la APB.
La Comisión mencionada resolverá los problemas de interpretación y de
cumplimiento que puedan plantearse.
Pueden incorporarse a la Comisión de Seguimiento, a petición de alguno de sus
miembros, las personas que se requieran para temas específicos.
La Comisión, además de coordinar el desarrollo del convenio, tiene las siguientes
tareas:
En cuanto al Plan de Formación Específica acordado, toda vez que se trata de una
formación con un alto grado de especialización, se deberá llevar a cabo en un campo de
fuego para bomberos profesionales.
La Comisión de Seguimiento se integrará, como asistencia técnica a disposición, en
la Comisión Técnica que evalúe la parte correspondiente del proceso que se siga para la
contratación del centro de formación, dentro de los procedimientos que contempla la
legislación correspondiente.
cve: BOE-A-2022-5955
Verificable en https://www.boe.es
– Aprobación del Plan de Formación Específico acordado, al que tendrá acceso todo
el personal de BP y la parte del personal de la APB que esta Comisión decida.
– Definición de los cursos y sesiones informativas en materia de prevención,
extinción de incendios y gestión de emergencias que BP imparta al personal de la APB.
– Definición de los cursos y sesiones informativas en materia de prevención,
extinción de incendios y gestión de emergencias que la APB imparta al personal de BP.
– Aprobación de propuesta de adquisición de material.
– Realización del control y el seguimiento del convenio.
– Definición, en su caso, de los detalles de los procedimientos de actuación.
– Elevación de los informes que le soliciten las administraciones firmantes de este
convenio.
– Propuestas de modificaciones adecuadas de este convenio, en su caso.
– Resolución de cualquier cuestión o discrepancia que pueda surgir entre las partes.
– Visto bueno de las liquidaciones de gastos y las formas de abono
correspondientes que se contemplan en este convenio.
– La liquidación de este convenio.