III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-5955)
Resolución de 7 de marzo de 2022, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Palma, en materia de prevención y extinción de incendios, salvamento y protección civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 11 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 50807

k) La realización de actividades formativas e informativas para la comunidad
portuaria cuando le sean solicitadas.
l) La adopción de las medidas de protección del medio ambiente que requiera la
situación de emergencia.
m) La formación permanente del personal de BP en el conocimiento de las zonas
de servicio del Puerto de Palma, y de sus riesgos, de acuerdo con la actividad que se
desarrolla y las mercancías que se manipulan o que se almacenan.
n) La realización de todos los trabajos y tareas necesarios para mantener en estado
operativo el material cedido por la APB.
o) La realización habitual de actividades de prevención, inspección y supervisión de
la zona de servicio y de las instalaciones del Puerto de Palma.
El Ayuntamiento, para el cumplimiento del convenio, según la disponibilidad de cada
momento, aportará los medios personales y materiales que durante la vigencia del
convenio tenga BP, así como todos aquéllos que en una situación de emergencia pueda
movilizar, y dispondrá de un Grupo de Intervención organizado que actuará como Grupo
de Intervención inmediata.
Igualmente, el Ayuntamiento se compromete a que BP lleve a cabo sesiones
informativas específicas, cuando así le sea solicitado, para el personal de la APB,
durante un número de horas y/o sesiones que será determinado por la Comisión de
Seguimiento.
3.2

Compromisos de la APB:

Año

Importe

Euros

Año primero.

93.000

Año segundo. 94.000
Año tercero.

95.000

Año cuarto.

96.000

cve: BOE-A-2022-5955
Verificable en https://www.boe.es

La APB facilitará en todo momento su colaboración en las tareas que lleve a cabo BP
y asesorará a la Dirección de BP en todos los aspectos que sean de su competencia.
La APB aportará efectivos humanos para el desarrollo de las actividades de
vigilancia en la zona de servicio del Puerto de Palma, según la disponibilidad de cada
momento.
La APB pondrá a disposición los medios del Centro de Control del Puerto de Palma,
dotado de un CCTV (control de cámaras de televisión) con una cobertura actual de la
mayor parte de la zona de servicio del puerto, y equipado con diferentes sistemas
informáticos y de comunicación, a utilizar exclusivamente por el personal de la APB.
Para la adecuada prestación, mantenimiento y disponibilidad del servicio, las partes
consideran necesario abordar, entre otros aspectos, la adquisición de material y un
programa de formación específica del personal perteneciente a BP.
Tanto la adquisición de material como la propuesta, gestión y contratación de la
formación específica serán tratadas y aprobadas por la Comisión de Seguimiento (cuyas
funciones y atribuciones se detallan en la Cláusula 4.ª).
Asimismo, dicha comisión determinará, en cada ejercicio, qué parte del abono anual
será asumido directamente por la APB (para destinarlo a formación de los Bomberos), y
qué parte pondrá a disposición del Ayuntamiento mediante liquidación (para la
adquisición de medios o formación por parte de BP). En cualquier caso, la aportación
total de fondos (entre gastados directamente por la APB y liquidados al Ayuntamiento)
por parte de la APB será de acuerdo al siguiente desglose: