III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-5911)
Resolución de 28 de febrero de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con la Nota de fiscalización de la situación a 31 de diciembre de 2018 del proceso de reestructuración bancaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50579
del proceso de reestructuración de BFA/Bankia. Los costes asumidos por BFA por la liquidación
de los costes de las contingencias legales descritas en los tres subepígrafes anteriores ascienden
al cierre de 2018 a 3.693 millones de euros, de los que 2.589 millones derivan de los arbitrajes y
litigios asociados a la comercialización de híbridos y 1.104 millones de litigios asociados a la OPS.
A dicho importe hay que añadir 124 millones de euros por la estimación del coste futuro para BFA
de contingencias derivadas de los híbridos. Las contingencias que ha asumido Bankia hasta esa
fecha suman un total de 1.013 millones: 246 millones de euros para las contingencias derivadas
de híbridos y 767 millones para las de la OPS, superándose en 31 millones, en este último caso,
los 736 millones establecidos en el convenio. Los costes asumidos por BFA por las contingencias
legales citadas no se consideran coste del proceso de reestructuración bancaria a los efectos de
este Informe, debido a que no suponen desembolsos para el FROB, de manera análoga al
tratamiento dado a los importes percibidos por BFA por las desinversiones en Bankia y los
dividendos percibidos de esta entidad de crédito, citados en el punto 3.13 de este Informe.
6.30. Respecto a la concreción del porcentaje de reparto entre Bankia y BFA de las contingencias
legales derivadas de la OPS, mencionado en el punto 6.26 de este Informe, este Tribunal ha
obtenido los siguientes resultados:
a) No se ha aportado documentación justificativa para la cuantificación de los porcentajes de
reparto. A este respecto, el informe del experto independiente contratado por BFA para considerar
cuestiones jurídicas sobre los procedimientos judiciales derivados de la OPS, fechado el 6 de
febrero de 2015, señaló la conveniencia de encargar a un experto la elaboración de un informe de
análisis financiero y contable del que se derive una propuesta de reparto, teniendo en cuenta los
beneficios y las posibles responsabilidades de ambas entidades. Dicho informe fue elaborado,
aunque no incluyó una propuesta de reparto.
b) El porcentaje de reparto real, directo e indirecto, que finalmente va a asumir BFA es superior al
60% del importe de las contingencias directas que como máximo autorizó el FROB y fue acordado
entre BFA y Bankia. El 60% del coste imputable directamente a BFA se ve incrementado,
indirectamente, en la parte del 40% asignado a Bankia, en la medida en que BFA ostenta la
titularidad de un importante porcentaje del capital de esta entidad de crédito (al cierre de 2018, el
61,38%).
6.31. En lo que se refiere a los pagos efectuados por BFA a Bankia derivados de las contingencias
legales por la comercialización de híbridos y la OPS, este Tribunal ha obtenido los siguientes
resultados:
a) La tramitación de los expedientes se realiza íntegramente por personal de Bankia, que es el
encargado de formar el expediente, verificar, liquidar y ordenar los pagos de BFA a Bankia, siendo
dicho personal el que lleva a cabo las funciones de control del procedimiento.
b) El FROB no tiene establecido un sistema de revisión de las liquidaciones individuales de costes
a asumir por BFA, sino que realiza una comprobación a nivel agregado (evolución de los costes,
cumplimiento de los límites previstos, etc).
c) La comisión de seguimiento de la litigiosidad, en su reunión de 30 de abril de 2015, señaló la
necesidad de realizar una auditoría de comprobación y validación de los procedimientos de
realización de las liquidaciones de costes derivadas de la OPS, para lo que se debería concretar si
se realizaría mediante la contratación de un asesor externo o si era posible la validación por el
FROB, de forma interna, de los controles que hasta el momento habían sido llevados a cabo por
Bankia. Para ello, en mayo se trasladó a las oficinas de Bankia un equipo de técnicos del FROB,
que, según el acta de la comisión de 25 de junio, confirmó que el procedimiento era adecuado
para realizar el seguimiento de los pagos de las sentencias y de los acuerdos alcanzados. De
manera similar, el comité de seguimiento, en la misma reunión de 25 de junio de 2015, puso de
manifiesto que estaba pendiente de decidir la designación de un experto independiente para la
validación del proceso en el marco del acuerdo para el pago de los híbridos. No obstante, no
consta que se haya procedido a dicha designación.
cve: BOE-A-2022-5911
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50579
del proceso de reestructuración de BFA/Bankia. Los costes asumidos por BFA por la liquidación
de los costes de las contingencias legales descritas en los tres subepígrafes anteriores ascienden
al cierre de 2018 a 3.693 millones de euros, de los que 2.589 millones derivan de los arbitrajes y
litigios asociados a la comercialización de híbridos y 1.104 millones de litigios asociados a la OPS.
A dicho importe hay que añadir 124 millones de euros por la estimación del coste futuro para BFA
de contingencias derivadas de los híbridos. Las contingencias que ha asumido Bankia hasta esa
fecha suman un total de 1.013 millones: 246 millones de euros para las contingencias derivadas
de híbridos y 767 millones para las de la OPS, superándose en 31 millones, en este último caso,
los 736 millones establecidos en el convenio. Los costes asumidos por BFA por las contingencias
legales citadas no se consideran coste del proceso de reestructuración bancaria a los efectos de
este Informe, debido a que no suponen desembolsos para el FROB, de manera análoga al
tratamiento dado a los importes percibidos por BFA por las desinversiones en Bankia y los
dividendos percibidos de esta entidad de crédito, citados en el punto 3.13 de este Informe.
6.30. Respecto a la concreción del porcentaje de reparto entre Bankia y BFA de las contingencias
legales derivadas de la OPS, mencionado en el punto 6.26 de este Informe, este Tribunal ha
obtenido los siguientes resultados:
a) No se ha aportado documentación justificativa para la cuantificación de los porcentajes de
reparto. A este respecto, el informe del experto independiente contratado por BFA para considerar
cuestiones jurídicas sobre los procedimientos judiciales derivados de la OPS, fechado el 6 de
febrero de 2015, señaló la conveniencia de encargar a un experto la elaboración de un informe de
análisis financiero y contable del que se derive una propuesta de reparto, teniendo en cuenta los
beneficios y las posibles responsabilidades de ambas entidades. Dicho informe fue elaborado,
aunque no incluyó una propuesta de reparto.
b) El porcentaje de reparto real, directo e indirecto, que finalmente va a asumir BFA es superior al
60% del importe de las contingencias directas que como máximo autorizó el FROB y fue acordado
entre BFA y Bankia. El 60% del coste imputable directamente a BFA se ve incrementado,
indirectamente, en la parte del 40% asignado a Bankia, en la medida en que BFA ostenta la
titularidad de un importante porcentaje del capital de esta entidad de crédito (al cierre de 2018, el
61,38%).
6.31. En lo que se refiere a los pagos efectuados por BFA a Bankia derivados de las contingencias
legales por la comercialización de híbridos y la OPS, este Tribunal ha obtenido los siguientes
resultados:
a) La tramitación de los expedientes se realiza íntegramente por personal de Bankia, que es el
encargado de formar el expediente, verificar, liquidar y ordenar los pagos de BFA a Bankia, siendo
dicho personal el que lleva a cabo las funciones de control del procedimiento.
b) El FROB no tiene establecido un sistema de revisión de las liquidaciones individuales de costes
a asumir por BFA, sino que realiza una comprobación a nivel agregado (evolución de los costes,
cumplimiento de los límites previstos, etc).
c) La comisión de seguimiento de la litigiosidad, en su reunión de 30 de abril de 2015, señaló la
necesidad de realizar una auditoría de comprobación y validación de los procedimientos de
realización de las liquidaciones de costes derivadas de la OPS, para lo que se debería concretar si
se realizaría mediante la contratación de un asesor externo o si era posible la validación por el
FROB, de forma interna, de los controles que hasta el momento habían sido llevados a cabo por
Bankia. Para ello, en mayo se trasladó a las oficinas de Bankia un equipo de técnicos del FROB,
que, según el acta de la comisión de 25 de junio, confirmó que el procedimiento era adecuado
para realizar el seguimiento de los pagos de las sentencias y de los acuerdos alcanzados. De
manera similar, el comité de seguimiento, en la misma reunión de 25 de junio de 2015, puso de
manifiesto que estaba pendiente de decidir la designación de un experto independiente para la
validación del proceso en el marco del acuerdo para el pago de los híbridos. No obstante, no
consta que se haya procedido a dicha designación.
cve: BOE-A-2022-5911
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 86