III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-5911)
Resolución de 28 de febrero de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con la Nota de fiscalización de la situación a 31 de diciembre de 2018 del proceso de reestructuración bancaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50578
VI.2.3.3. CONVENIO DE REPARTO DE LAS CONTINGENCIAS LEGALES DERIVADAS DE LA
OPS DE BANKIA
6.23. Con posterioridad a la OPS de Bankia citada en el punto 6.9 de este Informe, se produjeron
múltiples reclamaciones judiciales civiles de inversores minoristas en relación con la colocación en
el mercado primario de acciones de Bankia con motivo de su salida a bolsa, dirigidas
generalmente contra Bankia y, en determinados casos, contra Bankia y BFA conjuntamente. En
dichos procedimientos se solicita la anulación de operaciones de suscripción de acciones, con la
consiguiente devolución del dinero invertido o indemnización equivalente.
6.24. Como consecuencia de dichas reclamaciones judiciales, el 26 de febrero de 2015 la
Comisión Rectora del FROB acordó reconocer al consejo de BFA la facultad de suscribir un
acuerdo de reparto con Bankia de las contingencias derivadas de la OPS que considere mejor
para el interés de BFA. Además, el acuerdo del FROB señala, entre otros, los siguientes límites
que en ningún caso se podrán exceder: i) el importe de la contingencia calculada por Bankia
alcanzará hasta un máximo de 780 millones de euros; ii) la participación de BFA en la referida
contingencia no deberá exceder del 60% del total de la misma; iii) en ningún caso podrá implicar
reconocimiento alguno ni de responsabilidad ni de participación en beneficios del FROB.
6.25. El 27 de febrero de 2015 se suscribió entre BFA y Bankia el convenio transaccional para el
reparto de los costes entre estas entidades derivados de los procedimientos civiles instados por
inversores minoristas por la colocación en el mercado primario de acciones en la OPS de Bankia.
Según dicho convenio, los costes objeto de reparto son los derivados de las sentencias en que
Bankia y/o BFA resulten condenadas y los gastos judiciales.
6.26. El acuerdo establecía que Bankia asumía, en un tramo de primera responsabilidad, el 40%
de 780 millones de euros, esto es, hasta 312 millones de euros, y BFA asume los costes que
excedan de 312 millones de euros, hasta el importe máximo establecido de 780 millones de euros,
esto es el 60% de los costes objeto de reparto. El límite máximo de 780 millones fue ampliado, en
diciembre de 2015, a raíz de estimaciones actualizadas por Bankia, hasta los 1.840 millones de
euros (1.104 millones de euros como máximo para BFA y 736 millones a Bankia), límite que fue
autorizado por la Comisión Rectora del FROB y formalizado entre BFA y Bankia en una adenda al
convenio inicial.
VI.2.3.4. ASPECTOS COMUNES A AMBOS CONVENIOS
6.27. Ambos convenios atribuyen a Bankia la llevanza de los procedimientos judiciales y aquellos
servicios que surjan para la ejecución de los mismos, así como la elaboración de la justificación
formal y detallada de los importes satisfechos derivados del convenio. Una vez realizadas dichas
actuaciones, BFA procede a resarcir o reintegrar a Bankia las cantidades correspondientes. Los
servicios anteriores, así como los que sean necesarios para la ejecución del convenio, se ajustan
a lo establecido en el contrato de prestación de servicios entre BFA y Bankia firmado en junio de
2011 (ver punto 6.18), excepto en lo que se refiere al reparto y liquidación de importes y gastos
objeto del convenio.
6.28. Para el seguimiento de la ejecución de ambos convenios existe un comité creado en 2014,
con la formalización del convenio referido a los híbridos, cuya función es la de velar por la defensa
de los intereses de ambas partes en los procedimientos judiciales y arbitrajes, estando
representado en el mismo Bankia y BFA, esta última con personal del FROB.
VI.2.3.5. RESULTADO DE LOS TRABAJOS REALIZADOS
6.29. En cumplimiento de los objetivos de esta fiscalización citados en el punto 1.13 de este
Informe, en los tres puntos siguientes se desarrollan los resultados de los trabajos de fiscalización
dirigidos a verificar las actuaciones implantadas por el FROB para el seguimiento de la ejecución
cve: BOE-A-2022-5911
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50578
VI.2.3.3. CONVENIO DE REPARTO DE LAS CONTINGENCIAS LEGALES DERIVADAS DE LA
OPS DE BANKIA
6.23. Con posterioridad a la OPS de Bankia citada en el punto 6.9 de este Informe, se produjeron
múltiples reclamaciones judiciales civiles de inversores minoristas en relación con la colocación en
el mercado primario de acciones de Bankia con motivo de su salida a bolsa, dirigidas
generalmente contra Bankia y, en determinados casos, contra Bankia y BFA conjuntamente. En
dichos procedimientos se solicita la anulación de operaciones de suscripción de acciones, con la
consiguiente devolución del dinero invertido o indemnización equivalente.
6.24. Como consecuencia de dichas reclamaciones judiciales, el 26 de febrero de 2015 la
Comisión Rectora del FROB acordó reconocer al consejo de BFA la facultad de suscribir un
acuerdo de reparto con Bankia de las contingencias derivadas de la OPS que considere mejor
para el interés de BFA. Además, el acuerdo del FROB señala, entre otros, los siguientes límites
que en ningún caso se podrán exceder: i) el importe de la contingencia calculada por Bankia
alcanzará hasta un máximo de 780 millones de euros; ii) la participación de BFA en la referida
contingencia no deberá exceder del 60% del total de la misma; iii) en ningún caso podrá implicar
reconocimiento alguno ni de responsabilidad ni de participación en beneficios del FROB.
6.25. El 27 de febrero de 2015 se suscribió entre BFA y Bankia el convenio transaccional para el
reparto de los costes entre estas entidades derivados de los procedimientos civiles instados por
inversores minoristas por la colocación en el mercado primario de acciones en la OPS de Bankia.
Según dicho convenio, los costes objeto de reparto son los derivados de las sentencias en que
Bankia y/o BFA resulten condenadas y los gastos judiciales.
6.26. El acuerdo establecía que Bankia asumía, en un tramo de primera responsabilidad, el 40%
de 780 millones de euros, esto es, hasta 312 millones de euros, y BFA asume los costes que
excedan de 312 millones de euros, hasta el importe máximo establecido de 780 millones de euros,
esto es el 60% de los costes objeto de reparto. El límite máximo de 780 millones fue ampliado, en
diciembre de 2015, a raíz de estimaciones actualizadas por Bankia, hasta los 1.840 millones de
euros (1.104 millones de euros como máximo para BFA y 736 millones a Bankia), límite que fue
autorizado por la Comisión Rectora del FROB y formalizado entre BFA y Bankia en una adenda al
convenio inicial.
VI.2.3.4. ASPECTOS COMUNES A AMBOS CONVENIOS
6.27. Ambos convenios atribuyen a Bankia la llevanza de los procedimientos judiciales y aquellos
servicios que surjan para la ejecución de los mismos, así como la elaboración de la justificación
formal y detallada de los importes satisfechos derivados del convenio. Una vez realizadas dichas
actuaciones, BFA procede a resarcir o reintegrar a Bankia las cantidades correspondientes. Los
servicios anteriores, así como los que sean necesarios para la ejecución del convenio, se ajustan
a lo establecido en el contrato de prestación de servicios entre BFA y Bankia firmado en junio de
2011 (ver punto 6.18), excepto en lo que se refiere al reparto y liquidación de importes y gastos
objeto del convenio.
6.28. Para el seguimiento de la ejecución de ambos convenios existe un comité creado en 2014,
con la formalización del convenio referido a los híbridos, cuya función es la de velar por la defensa
de los intereses de ambas partes en los procedimientos judiciales y arbitrajes, estando
representado en el mismo Bankia y BFA, esta última con personal del FROB.
VI.2.3.5. RESULTADO DE LOS TRABAJOS REALIZADOS
6.29. En cumplimiento de los objetivos de esta fiscalización citados en el punto 1.13 de este
Informe, en los tres puntos siguientes se desarrollan los resultados de los trabajos de fiscalización
dirigidos a verificar las actuaciones implantadas por el FROB para el seguimiento de la ejecución
cve: BOE-A-2022-5911
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 86