III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-5912)
Resolución de 28 de febrero de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con la Nota sobre el estado de la liquidación del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50612
III.- CONCLUSIONES
3.1.- El motivo principal por el que se incluye la presente nota en el Programa de fiscalización del
Tribunal es la no liquidación definitiva del patrimonio del PVGC 20 años después de su extinción.
[puntos 1.1. a 1.3.]
3.2.- El ámbito temporal de la nota abarca el periodo 2002-2016, pudiendo realizarse
comprobaciones sobre otros ejercicios. La fiscalización operativa se ha hecho extensiva a todo el
periodo, sin embargo la de cumplimiento se ha circunscrito al periodo 2012-2016, dado el plazo
máximo legalmente establecido para conservar la documentación justificativa. Se han presentado
algunas limitaciones para realizar las comprobaciones programadas sobre los antecedentes y
situación jurídica respecto a la titularidad de cuatro fincas y de algunos otros documentos que
afectan a distintos apartados. [puntos 1.4. a 1.7.]
3.3.- El PVGC queda legalmente extinguido el 8 de septiembre de 1997 sin haber llegado a acometer
la liquidación de su patrimonio, creándose tres meses después la CL, como órgano colegiado y sin
personalidad jurídica propia, que se adscribe a una Dirección General del Ministerio del Interior,
afectada posteriormente por algunas reestructuraciones administrativas del Ministerio, dado el
prolongado proceso de liquidación. [puntos 1.8. a 2.2.]
3.4.- La CL, depende de la DGGC para disponer, “con carácter transitorio”, de recursos humanos
de la citada Dirección General, tal como dispone la Orden de creación de la CL. En cualquier caso,
los recursos humanos especializados y los recursos materiales dedicados especialmente en estos
últimos años a las tareas específicas de liquidación del patrimonio residual del extinto Patronato han
resultado insuficientes. La mayoría de las gestiones inmobiliarias entre 2002 y 2011 se realizaron
con el considerable apoyo de SEGIPSA. [puntos 2.3. a 2.4.]
3.6.- La actividad liquidadora de la CL que abarca el periodo 2002-2016 se ha resumido en los
Anexos 1, 2, y 3 de forma esquemática respecto a la enajenación y traspaso a Patrimonio del Estado
de los inmuebles, gestión global de créditos hipotecarios y excedente de tesorería. Se ha observado
que los inmuebles no logísticos se enajenaron, principalmente, en 2002 y de forma más residual,
en 2008 y 2011 con la asistencia técnica de SEGIPSA, quedando pendiente cuatro inmuebles. En
referente a los inmuebles logísticos sólo se produce el traspaso al Patrimonio del Estado en 2007
de unos inmuebles con numerosas operaciones de regularizaciones administrativas y registrales
previas llevadas a cabo por SEGIPSA, quedando pendiente unos locales en Cádiz. Respecto a los
créditos hipotecarios, SEGIPSA intentó mediante concurso ofrecerlos a entidades financieras en
2007, pero quedó desierto. Por último, el excedente de tesorería acumulado entre 2008 y 2015,
cuyo importe se eleva entre cuatro y cinco millones de euros, no se ingresa en el Tesoro hasta el
ejercicio 2016. [puntos 2.8. a 2.16.]
3.7.- La actividad económica financiera y patrimonial del extinto Patronato al haberse prorrogado en
exceso el periodo de liquidación no ha lucido en la CGE hasta 2017, ni en el ámbito institucional al
no ser cuentandante, ni en el ámbito de la Administración General del Estado. [punto 2.17]
3.8.- Todas las operaciones de gasto que ha realizado la CL tienen carácter extrapresupuestario al
que se ha aplicado un procedimiento de control propio con suficiente garantía en el pago. Los gastos
ordinarios de gestión de carácter fijo, en el periodo 2012-2016, han ascendido a unos 17.000 euros
cve: BOE-A-2022-5912
Verificable en https://www.boe.es
3.5.- Tal como se han ido desarrollando los hechos y tratado los asuntos pendientes de resolver en
el seno de la CL, dilatándose en el tiempo la resolución de los mismos y la escasa frecuencia con
que se han convocado las reuniones de la CL, especialmente en la última etapa del periodo,
teniendo en cuenta, además, que es fundamental la regularidad de sus reuniones para adoptar
decisiones colegiadas para poderlas ejecutar, ponen de manifiesto la ineficacia de la CL. La
actividad de la CL, medida en términos de número de asuntos tratados anualmente por ella es muy
alta en 2002, media en 2003, 2004 y 2006, reducida por orden, de más a menos, en 2011, 2016,
2005, 2013, 2010 y 2007 y nula en 2012, 2014 y 2015. [puntos 2.5. a 2.7.]
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50612
III.- CONCLUSIONES
3.1.- El motivo principal por el que se incluye la presente nota en el Programa de fiscalización del
Tribunal es la no liquidación definitiva del patrimonio del PVGC 20 años después de su extinción.
[puntos 1.1. a 1.3.]
3.2.- El ámbito temporal de la nota abarca el periodo 2002-2016, pudiendo realizarse
comprobaciones sobre otros ejercicios. La fiscalización operativa se ha hecho extensiva a todo el
periodo, sin embargo la de cumplimiento se ha circunscrito al periodo 2012-2016, dado el plazo
máximo legalmente establecido para conservar la documentación justificativa. Se han presentado
algunas limitaciones para realizar las comprobaciones programadas sobre los antecedentes y
situación jurídica respecto a la titularidad de cuatro fincas y de algunos otros documentos que
afectan a distintos apartados. [puntos 1.4. a 1.7.]
3.3.- El PVGC queda legalmente extinguido el 8 de septiembre de 1997 sin haber llegado a acometer
la liquidación de su patrimonio, creándose tres meses después la CL, como órgano colegiado y sin
personalidad jurídica propia, que se adscribe a una Dirección General del Ministerio del Interior,
afectada posteriormente por algunas reestructuraciones administrativas del Ministerio, dado el
prolongado proceso de liquidación. [puntos 1.8. a 2.2.]
3.4.- La CL, depende de la DGGC para disponer, “con carácter transitorio”, de recursos humanos
de la citada Dirección General, tal como dispone la Orden de creación de la CL. En cualquier caso,
los recursos humanos especializados y los recursos materiales dedicados especialmente en estos
últimos años a las tareas específicas de liquidación del patrimonio residual del extinto Patronato han
resultado insuficientes. La mayoría de las gestiones inmobiliarias entre 2002 y 2011 se realizaron
con el considerable apoyo de SEGIPSA. [puntos 2.3. a 2.4.]
3.6.- La actividad liquidadora de la CL que abarca el periodo 2002-2016 se ha resumido en los
Anexos 1, 2, y 3 de forma esquemática respecto a la enajenación y traspaso a Patrimonio del Estado
de los inmuebles, gestión global de créditos hipotecarios y excedente de tesorería. Se ha observado
que los inmuebles no logísticos se enajenaron, principalmente, en 2002 y de forma más residual,
en 2008 y 2011 con la asistencia técnica de SEGIPSA, quedando pendiente cuatro inmuebles. En
referente a los inmuebles logísticos sólo se produce el traspaso al Patrimonio del Estado en 2007
de unos inmuebles con numerosas operaciones de regularizaciones administrativas y registrales
previas llevadas a cabo por SEGIPSA, quedando pendiente unos locales en Cádiz. Respecto a los
créditos hipotecarios, SEGIPSA intentó mediante concurso ofrecerlos a entidades financieras en
2007, pero quedó desierto. Por último, el excedente de tesorería acumulado entre 2008 y 2015,
cuyo importe se eleva entre cuatro y cinco millones de euros, no se ingresa en el Tesoro hasta el
ejercicio 2016. [puntos 2.8. a 2.16.]
3.7.- La actividad económica financiera y patrimonial del extinto Patronato al haberse prorrogado en
exceso el periodo de liquidación no ha lucido en la CGE hasta 2017, ni en el ámbito institucional al
no ser cuentandante, ni en el ámbito de la Administración General del Estado. [punto 2.17]
3.8.- Todas las operaciones de gasto que ha realizado la CL tienen carácter extrapresupuestario al
que se ha aplicado un procedimiento de control propio con suficiente garantía en el pago. Los gastos
ordinarios de gestión de carácter fijo, en el periodo 2012-2016, han ascendido a unos 17.000 euros
cve: BOE-A-2022-5912
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3.5.- Tal como se han ido desarrollando los hechos y tratado los asuntos pendientes de resolver en
el seno de la CL, dilatándose en el tiempo la resolución de los mismos y la escasa frecuencia con
que se han convocado las reuniones de la CL, especialmente en la última etapa del periodo,
teniendo en cuenta, además, que es fundamental la regularidad de sus reuniones para adoptar
decisiones colegiadas para poderlas ejecutar, ponen de manifiesto la ineficacia de la CL. La
actividad de la CL, medida en términos de número de asuntos tratados anualmente por ella es muy
alta en 2002, media en 2003, 2004 y 2006, reducida por orden, de más a menos, en 2011, 2016,
2005, 2013, 2010 y 2007 y nula en 2012, 2014 y 2015. [puntos 2.5. a 2.7.]