III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-5907)
Resolución de 28 de febrero de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del seguimiento de las recomendaciones dirigidas al Ministerio de Hacienda incluidas en los informes relativos al Área de la Administración Económica del Estado aprobados durante los ejercicios 2015, 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 11 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 49945

A su vez, de acuerdo con la información proporcionada, el núcleo principal de bienes con valor “0”
se corresponde con activos afectados a la Defensa Nacional, con un total de 1.477 bienes. Estos
bienes han figurado históricamente en el Inventario General de Bienes y Derechos del Estado sin
valor contable, de conformidad con la normativa contable anterior al Plan General de Contabilidad
Pública de 1994. Se trata de bienes cuya identidad catastral es compleja, por lo que se trabaja en
definir un programa de intercambio de información con los servicios patrimoniales y contables del
Ministerio de Defensa.
No obstante, a la finalización de los trabajos de fiscalización quedaban en Inventario con valor “0 o
1” un total de 2.571 elementos, de acuerdo con los listados facilitados a este Tribunal.
Valoración
Si bien se ha avanzado de forma significativa en la línea propuesta por la recomendación, aún
permanece un importante número de bienes sin actualizar, ya que en el Informe se identificaron
7.095 bienes con un valor de entre cero y un euro y todavía permanecen 2.571 entradas sin
actualizar; todo ello sin que se estén desarrollando nuevas actuaciones al respecto, por lo que se
considera que la recomendación ha sido implementada parcialmente4.
Recomendación 1.2: Dirigida a la Dirección General de Patrimonio del Estado
Establecer planes de actuación para identificar aquellos bienes, procedentes de la carga inicial,
cuyo valor en inventario presente un mayor riesgo de estar desactualizado y verificar si en su
determinación se siguieron criterios adecuados para obtener un valor razonable.
Trabajos realizados
En 2015, la DGPE elaboró un programa especial en respuesta a la recomendación contenida en el
informe, que se aportó en el curso de los trabajos de seguimiento de recomendaciones, destinado
al “impulso de los expedientes de Identificación Física y Jurídica de inmuebles”, que se nutre
fundamentalmente de los trabajos realizados por SEGIPSA. Sin embargo, en relación con los bienes
a los que se refiere específicamente esta recomendación manifestó que, “sin perjuicio de la
actualización puntual de las situaciones de desfase más evidentes”, la ejecución metódica del plan
requiere su realización en base a valoraciones técnicas, para lo cual las Delegaciones de Economía
y Hacienda disponen de escasos recursos. A este respecto, la Dirección General de Patrimonio, por
conducto de la Delegación de Economía y Hacienda en La Rioja se ha dirigido a los órganos
catastrales de las provincias con régimen foral (Álava, Guipúzcoa, Vizcaya y la Comunidad Foral de
Navarra) con el fin de identificar y abordar la valoración de bienes radicados en esos territorios, que
constituían una categoría de bienes que adolecían de problemas de identificación y valoración
desfasada.
Valoración

En el trámite de alegaciones, la Dirección General de Patrimonio informó que se está “perfilando una nueva línea de
trabajo para actualizar la valoración de los bienes con mayor desfase en su valoración, que contempla una posible
incorporación del valor catastral”. No obstante, no se aportó documentación en la que se acreditara el alcance,
contenido y posible plazo para llevar a cabo estas actuaciones.

4

cve: BOE-A-2022-5907
Verificable en https://www.boe.es

De la información remitida por el órgano fiscalizado se desprende que se han desarrollado
actuaciones que, sin embargo, no han logrado subsanar completamente la falta de identificación de
los bienes (lo que afecta a bienes radicados en territorios con régimen foral) y los desfases
existentes en la valoración. En consecuencia, la recomendación se considera parcialmente
cumplida.