III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-5907)
Resolución de 28 de febrero de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del seguimiento de las recomendaciones dirigidas al Ministerio de Hacienda incluidas en los informes relativos al Área de la Administración Económica del Estado aprobados durante los ejercicios 2015, 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 11 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 49944

II.3.
RECOMENDACIONES DIRIGIDAS AL MINISTERIO DE HACIENDA CONTENIDAS EN EL
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA GESTIÓN Y CONTROL CONTABLES DEL
INMOVILIZADO MATERIAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
El Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó en sesión celebrada el 22 de diciembre de 2015 el Informe
de Fiscalización de Gestión y Control contables del Inmovilizado material de la Administración
General del Estado, en el que se efectuaron 9 recomendaciones, de las cuales, 6 iban dirigidas al
Ministerio de Hacienda y 3 a la Intervención General del Estado.
La Comisión Mixta Congreso-Senado en su sesión del 16 de mayo de 2017 (publicada en el BOE
el 24 de julio de 2017), acordó una Resolución en la que asumía el contenido del Informe, sus
conclusiones y recomendaciones y, además instaba al Gobierno (10 instancias) y a la IGAE (3
instancias) a la realización de diversas actuaciones en relación con su contenido y en línea con las
recomendaciones) emanadas de este Tribunal.
Recomendación 1.1: Dirigida a la Dirección General de Patrimonio del Estado
A pesar de la posible desactualización de los valores de los bienes inmuebles incluidos en el Centro
de Información de Bienes Inventariables (en adelante CIBI), no parece razonable la realización de
una nueva valoración general de estos bienes, teniendo en cuenta los recursos que deberían
destinarse a ello. No obstante, sí resulta razonable abordar actuaciones que permitan mejorar la
representatividad del Inventario General de Bienes Inmuebles, no solo como soporte de la
contabilidad patrimonial de la AGE sino como instrumento de control de sus bienes inmuebles. Entre
estas actuaciones que debería abordar el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se
pueden destacar las siguientes.
Estudiar la utilización de los valores catastrales de los inmuebles que figuran en CIBI con valor entre
0 y 1, como valor razonable a efectos de su consideración en la contabilidad patrimonial de la AGE
(en aquellos casos en que no coincidan la finca catastral y la finca inventariada debe corregirse
previamente esta discrepancia). Para ello, podrían establecerse, asimismo, convenios de
colaboración con las distintas CCAA para obtener la valoración (o los parámetros para su
determinación) de que disponen a efectos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos
Jurídicos Documentados.
Trabajos realizados
Para la realización de los trabajos de auditoria, la Dirección General de Patrimonio del Estado (en
adelante DGPE) aportó un “Plan de Actuación para el seguimiento de recomendaciones”; diversas
relaciones de elementos distinguiendo entre aquellos identificados y que se encontraban pendientes
de valorar de aquellos cuya valoración se había llevado a cabo, así como, entre otros, una base de
datos de bajas de elementos de confederaciones hidrográficas, y comunicaciones e informes de
seguimiento de carácter interno. A su vez, aportó un encargo a la sociedad estatal SEGIPSA para
el apoyo en estas tareas.

Respecto de los elementos identificados para su valoración, se encuentra pendiente la investigación
de una serie de inmuebles en los que no coinciden la descripción física de los límites de las parcelas
que figura en CIBI y la delimitación de las parcelas catastrales, por lo que no puede establecerse
una correlación inequívoca del bien con una parcela catastral.

cve: BOE-A-2022-5907
Verificable en https://www.boe.es

De los trabajos acreditados, se desprende que se actualizaron en 2016 un total de 3.026 bienes,
aflorando, a su vez, activos por importe de 35.939.436 euros, utilizando como referencia esencial el
valor catastral. Con menor intensidad, se han continuado realizando actualizaciones durante los
ejercicios presupuestarios posteriores.