III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-5903)
Resolución de 28 de febrero de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del grado de cumplimiento por AENA, SA, SEPES Entidad Pública Empresarial del Suelo, Empresa Nacional de Residuos Radioactivos, SA, e Ingeniería y Economía del Transporte, S.M.E., M.P., SA, de las principales recomendaciones incluidas en los Informes de Fiscalización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 11 de abril de 2022
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Tribunal de Cuentas

una vida útil de 40 años5 para las CCNN operativas, ascendería a 10.697 millones de euros, el
valor estimado por ENRESA del Fondo a 31 de diciembre de 2018 a 5.678 millones, por lo que la
recaudación pendiente a 1 de enero de 2019, necesaria para cubrir dichos costes futuros
estimados, ascendería a 5.019 millones. Con los actuales elementos de determinación de la cuota
de las tasas y las previsiones actualizadas a 1 de enero de 2019 de las bases sobre las que estas
recaerían realizadas por ENRESA, existiría un desviación de financiación de los costes con cargo a
la tasa que recae sobre tarifa eléctrica estimada en 435 millones y con cargo a la tasa que recae
sobre las CCNN operativas estimada en 1.919 millones. En consecuencia, la recomendación no se
ha cumplido (epígrafe II.3.1).
2ª) En la segunda recomendación se propone, como medida alternativa a la recomendación
anterior, la internalización por las empresas titulares de las CCNN de los costes por Asignaciones a
Ayuntamientos e impuestos medioambientales que, a pesar de estar asociados a la actividad de
generación de energía nucleoeléctrica y de no constituir obligaciones a largo plazo, se venían
cargando anualmente desde su implantación al Fondo para la financiación de las actividades del
PGRR, de esa manera ENRESA podía adecuar los recursos acumulados en el Fondo a las
proyecciones de costes futuros a afrontar tras el cierre de las CCNN en explotación.
Hasta el 11 de marzo de 2015, la Orden del Ministerio de Industria y Energía, de 13 de julio de
1998, regulaba las asignaciones que ENRESA debía pagar a los Ayuntamientos, cuyo término
municipal comprendía o se encontraba cercano a un centro de almacenamiento de residuos
radioactivos o a CCNN que almacenasen el combustible gastado en sus propias instalaciones. Esta
Orden Ministerial fue derogada y sustituida por la Orden IET/458/2015, por la que se regulan las
asignaciones a los municipios del entorno de las instalaciones nucleares, con cargo al Fondo para
la financiación de las actividades del PGRR. De conformidad con esta norma, ENRESA registró en
2016 y 2017 en su cuenta de pérdidas y ganancias 23.312.000 y 24.618.000 euros,
respectivamente. Adicionalmente, en concepto de fondos adicionales, registró en esos ejercicios
costes por 509.000 y 2.501.000 euros, respectivamente. Y por último, con carácter transitorio
Hasta el comienzo de la percepción de estos fondos adicionales, se contempló la posibilidad de
que ENRESA suscribiera convenios de colaboración con los municipios del entorno de las
instalaciones de las que es titular de CCNN, que ascendieron a 264.000 y 276.000 euros,
respectivamente.
Por tanto, a la fecha de redacción de este Informe no se había producido la internalización de los
costes por Asignaciones a Ayuntamientos e impuestos medioambientales que recaen sobre las
empresas titulares de las CCNN, sino que estos gastos se han continuado cargando al Fondo para
la financiación del PGRR, por lo que la recomendación no se ha cumplido (epígrafe II.3.2).
3ª) Respecto a la tercera recomendación, a partir del EEF actualizado del coste de las actividades
contempladas en el Sexto PGRR, elaborado en junio de 2015, ENRESA ha realizado sus cálculos
del Fondo imputando a la tasa relativa a las CCNN en explotación la totalidad de los costes por
Asignaciones a Ayuntamientos afectados por CCNN e instalaciones de almacenamiento de CG o
RAA de acuerdo con la recomendación formulada, por lo que se puede considerar cumplida.
(epígrafe II.3.3).

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A finales de marzo de 2019 ENRESA ha firmado con los propietarios de las CCNN un protocolo de intenciones sobre su
cierre, que supone un funcionamiento medio de 45,7 años para el conjunto de los siete reactores que se encuentran en
operación. El mayor período de funcionamiento, con respecto a los 40 años previstos en el Sexto PGRR, supondrá un
incremento de los ingresos por la tasa que abonan las CCNN, lo que permitirá reducir el déficit existente en las
proyecciones futuras del Fondo para la financiación de las actividades del PGRR.

cve: BOE-A-2022-5903
Verificable en https://www.boe.es

4ª) La cuarta recomendación señalaba la necesidad de que se articulase un procedimiento formal
de comunicación entre ENRESA y la CNMC que permita a ENRESA contrastar los elementos que
integran las bases imponibles de las tasas que recaen sobre las empresas titulares de las CCNN y