III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-5902)
Resolución de 28 de febrero de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la adecuación de la normativa y de las instituciones españolas al Mecanismo Único de Resolución.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 11 de abril de 2022
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Sec. III. Pág. 49330
Tribunal de Cuentas

General de Estabilidad Financiera, Regulación y Resolución, en relación con las decisiones de
política macroprudencial.
II.1.3.3. CAMBIOS EN LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA CNMV
2.47. El Consejo de la CNMV acordó el 26 de mayo de 2015 la creación de la Dirección General
de Política Estratégica y Asuntos Internacionales. Entre las funciones principales de esta nueva
Dirección General destacan las de analizar y coordinar la respuesta a los proyectos normativos
institucionalmente significativos, tanto europeos como nacionales, asesorar a los órganos
superiores de la CNMV y asegurar la coherencia de los mensajes públicos con la estrategia
definida en el Plan de Actividades, así como asumir la interlocución estratégica con todos los
actores institucionales relevantes. Dicha Dirección General agrupa:
• El Departamento de Asuntos Internacionales.
• El Departamento de Estudios y Estadísticas.
• El Departamento de Estrategia y Relaciones Institucionales.
2.48. Directamente dependiente del Director General de Política Estratégica y Asuntos
Internacionales se crea una unidad que tendrá encomendado el ejercicio de las funciones de
resolución preventiva de las ESI. Esta nueva unidad recibe el nombre de Unidad de Resolución y
Asuntos de Estabilidad Financiera y se crea para llevar a cabo las funciones que se asignen
normativamente a la CNMV como autoridad de resolución preventiva de estas entidades. La
creación de una unidad específica encuentra su justificación en la separación de objetivos entre
supervisión y resolución y en la prevención de conflictos de interés.
2.49. Asimismo, el Consejo de la CNMV, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del
Reglamento de Régimen Interior, aprobó el 26 de mayo de 2015 la modificación de sus artículos
30 y 31 para actualizar la estructura organizativa de la CNMV.
2.50. El Consejo de la CNMV acordó el 20 de abril de 2016 atribuir explícitamente a la Dirección
General de Política Estratégica y Asuntos Internacionales las funciones de análisis y seguimiento
de las materias de estabilidad financiera relacionadas con los mercados de capitales y la
coordinación de las actuaciones en materia macroprudencial. Se modificaron las competencias de
la Unidad de Resolución, ampliando sus funciones a todas las competencias que en materia de
resolución correspondieran a la CNMV. Con esta modificación se anticipaba el previsible impacto
en la CNMV de las iniciativas que se estaban impulsando a nivel internacional y europeo respecto
de la resolución de infraestructuras de mercado y que, en los casos de entidades de carácter
sistémico como las entidades de contrapartida central, están estrechamente relacionados con la
estabilidad financiera.

2.51. Como se deduce de lo expuesto en los anteriores puntos de este epígrafe II.1.3, las tres
entidades fiscalizadas, FROB, Banco de España y CNMV, han acometido un profundo proceso de
reorganización con la finalidad de adaptarse a las nuevas necesidades derivadas de la puesta en
funcionamiento del MUR y de la nueva regulación de las funciones de resolución; proceso que se
ha materializado en la creación o redefinición de las pertinentes unidades y en la regulación
ordenada de sus funciones. Las medidas adoptadas aseguran razonablemente que las entidades
citadas se encuentran en condiciones de cumplir sus funciones respectivas en materia de
resolución.

cve: BOE-A-2022-5902
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II.1.3.4. EVALUACIÓN DE LAS MEDIDAS DE REORGANIZACIÓN