I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Reto demográfico y territorial. (BOE-A-2022-5853)
Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 49048
Si bien los objetivos que persigue esta ley son múltiples, los mismos podrían
resumirse en la aspiración de propiciar una igualdad territorial en el acceso a las
oportunidades para toda la población extremeña, con independencia de su lugar de
residencia, mediante una serie de mecanismos como la dotación de los servicios y las
infraestructuras públicas esenciales y el fomento de la iniciativa privada en todos los
sectores económicos, removiendo los obstáculos que dificultan su implantación por
razones geográficas o demográficas y estimulando la generación de empleo en el marco
de una economía territorialmente equilibrada y sostenible.
IV
La presente Ley consta de un total de 103 artículos, estructurándose en un título
preliminar, tres títulos, cuatro disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y
cinco disposiciones finales.
El título preliminar, en el que se recogen las disposiciones generales, define el objeto
y la finalidad de la ley, invocando los principios de coordinación, colaboración y
cooperación en el desarrollo de esta, así como la implicación de los agentes económicos
y sociales. En cuanto al ámbito de aplicación, junto al sector público autonómico se
declara la aplicabilidad de la ley a las administraciones locales, garantizándose el
máximo respeto a la autonomía municipal.
El título primero, denominado «Principios de actuación y organización de la política
demográfica de Extremadura» se divide en tres capítulos.
El capítulo primero se ocupa de los principios y criterios de actuación de la política
demográfica, enumerándose los principios de actuación, y explicitándose los objetivos
estratégicos de la ley, objetivos que serán perseguidos por las medidas que se concretan
en los títulos siguientes. En este capítulo se pone el acento en la necesidad de
implementar el enfoque demográfico en las políticas públicas de las distintas
Administraciones Públicas de Extremadura, incorporando la perspectiva demográfica y
territorial, y analizando su impacto, incluso en el ámbito presupuestario, al tiempo que se
destaca el papel protagonista de las administraciones locales en el reto demográfico, y
se fomenta la colaboración institucional y con el sector privado, así como la cooperación
transfronteriza e interregional.
En el capítulo segundo, la coordinación e impulso de la política demográfica se
atribuye al Consejo de Gobierno y a la Consejería competente en la materia, y se
configuran como órganos de coordinación y de participación, respectivamente, la
Comisión Interdepartamental de Población, regulada en el Decreto 180/2019, de 26 de
noviembre, y la Mesa de Población de Extremadura.
Finalmente, el capítulo tercero aborda la planificación y seguimiento de la política
demográfica, siendo la Estrategia ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura
el documento de planificación que define los objetivos, las líneas estratégicas, las
medidas y las acciones a desarrollar por la Junta de Extremadura. Por su parte, para el
seguimiento y evaluación de las políticas emprendidas en materia demográfica se
contempla la elaboración de un informe anual, de que se dará cuenta al Consejo de
Gobierno y a la Asamblea de Extremadura.
El título segundo, que consta de catorce capítulos, aborda todas las políticas públicas
destinadas a hacer frente al reto demográfico y territorial, y constituye la clave de bóveda
de esta ley.
El capítulo primero establece criterios generales, dando carta de naturaleza a las
declaraciones de interés general por motivos demográficos, e implementa la cuestión
demográfica en el ámbito de las subvenciones y de la contratación del sector público.
El capítulo segundo subraya la incidencia de la agricultura, la ganadería, las políticas
forestales y de desarrollo rural en la fijación de la población al territorio. Es una apuesta
por las inversiones que contribuyen a dotar de competitividad a las explotaciones
agrarias y ganaderas: el regadío como ejemplo de agricultura productiva, sostenible y
generadora de empleo y las infraestructuras rurales (caminos rurales, vías pecuarias,
cve: BOE-A-2022-5853
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 49048
Si bien los objetivos que persigue esta ley son múltiples, los mismos podrían
resumirse en la aspiración de propiciar una igualdad territorial en el acceso a las
oportunidades para toda la población extremeña, con independencia de su lugar de
residencia, mediante una serie de mecanismos como la dotación de los servicios y las
infraestructuras públicas esenciales y el fomento de la iniciativa privada en todos los
sectores económicos, removiendo los obstáculos que dificultan su implantación por
razones geográficas o demográficas y estimulando la generación de empleo en el marco
de una economía territorialmente equilibrada y sostenible.
IV
La presente Ley consta de un total de 103 artículos, estructurándose en un título
preliminar, tres títulos, cuatro disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y
cinco disposiciones finales.
El título preliminar, en el que se recogen las disposiciones generales, define el objeto
y la finalidad de la ley, invocando los principios de coordinación, colaboración y
cooperación en el desarrollo de esta, así como la implicación de los agentes económicos
y sociales. En cuanto al ámbito de aplicación, junto al sector público autonómico se
declara la aplicabilidad de la ley a las administraciones locales, garantizándose el
máximo respeto a la autonomía municipal.
El título primero, denominado «Principios de actuación y organización de la política
demográfica de Extremadura» se divide en tres capítulos.
El capítulo primero se ocupa de los principios y criterios de actuación de la política
demográfica, enumerándose los principios de actuación, y explicitándose los objetivos
estratégicos de la ley, objetivos que serán perseguidos por las medidas que se concretan
en los títulos siguientes. En este capítulo se pone el acento en la necesidad de
implementar el enfoque demográfico en las políticas públicas de las distintas
Administraciones Públicas de Extremadura, incorporando la perspectiva demográfica y
territorial, y analizando su impacto, incluso en el ámbito presupuestario, al tiempo que se
destaca el papel protagonista de las administraciones locales en el reto demográfico, y
se fomenta la colaboración institucional y con el sector privado, así como la cooperación
transfronteriza e interregional.
En el capítulo segundo, la coordinación e impulso de la política demográfica se
atribuye al Consejo de Gobierno y a la Consejería competente en la materia, y se
configuran como órganos de coordinación y de participación, respectivamente, la
Comisión Interdepartamental de Población, regulada en el Decreto 180/2019, de 26 de
noviembre, y la Mesa de Población de Extremadura.
Finalmente, el capítulo tercero aborda la planificación y seguimiento de la política
demográfica, siendo la Estrategia ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura
el documento de planificación que define los objetivos, las líneas estratégicas, las
medidas y las acciones a desarrollar por la Junta de Extremadura. Por su parte, para el
seguimiento y evaluación de las políticas emprendidas en materia demográfica se
contempla la elaboración de un informe anual, de que se dará cuenta al Consejo de
Gobierno y a la Asamblea de Extremadura.
El título segundo, que consta de catorce capítulos, aborda todas las políticas públicas
destinadas a hacer frente al reto demográfico y territorial, y constituye la clave de bóveda
de esta ley.
El capítulo primero establece criterios generales, dando carta de naturaleza a las
declaraciones de interés general por motivos demográficos, e implementa la cuestión
demográfica en el ámbito de las subvenciones y de la contratación del sector público.
El capítulo segundo subraya la incidencia de la agricultura, la ganadería, las políticas
forestales y de desarrollo rural en la fijación de la población al territorio. Es una apuesta
por las inversiones que contribuyen a dotar de competitividad a las explotaciones
agrarias y ganaderas: el regadío como ejemplo de agricultura productiva, sostenible y
generadora de empleo y las infraestructuras rurales (caminos rurales, vías pecuarias,
cve: BOE-A-2022-5853
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 86