I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Reto demográfico y territorial. (BOE-A-2022-5853)
Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 49078
restante normativa en materia de subvenciones para las subvenciones de concesión
directa por razones que dificulten su convocatoria pública.
3. Reglamentariamente se regulará el procedimiento para la declaración como
estratégica de la formación para el empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 75. Retorno y permanencia del talento en zonas rurales.
La Junta de Extremadura desarrollará un programa de retorno del talento interno
para facilitar a los titulados extremeños, que se encuentren residiendo o hayan residido o
trabajado en nuestra región, el retorno a las zonas rurales, fomentando su contratación,
su actividad emprendedora o la continuidad de su formación profesional. En los mismos
términos, se fomentará la permanencia del talento en las zonas rurales.
Artículo 76. Emprendimiento.
1. La Junta de Extremadura, en el marco de las políticas de fomento empresarial,
establecerá incentivos y ayudas para la creación de empresas y de fomento del
autoempleo, incorporando criterios de discriminación positiva en el mundo rural, en las
bases reguladoras de las subvenciones que incentiven la inversión empresarial. En este
sentido, la Junta de Extremadura podrá complementar las subvenciones estatales que
obtengan proyectos generadores de riqueza y empleo en el mundo rural, dentro de los
límites fijados por los mapas de ayudas regionales de la Unión Europea.
2. La Junta de Extremadura impulsará el desarrollo y la competitividad empresarial
y los nuevos modelos de negocio teniendo presente la Industria 4.0 y las oportunidades
de diversificación económica que ofrecen las nuevas tecnologías. También fomentará el
uso de datos como motor de impulso del medio rural, abordando la interoperabilidad de
datos y la implicación de los sectores públicos y privados
3. La Junta de Extremadura, en colaboración con las Administraciones Locales,
planificarán redes de apoyo y asesoramiento a los emprendedores, en aras a desarrollar
programas específicos dirigidos a la fijación de la población y al desarrollo estratégico de
las zonas rurales de la región.
4. La Junta de Extremadura fomentará el crecimiento empresarial mediante
medidas de apoyo al acceso a nuevos mercados y a la internacionalización.
5. Las administraciones públicas de Extremadura desarrollarán iniciativas
destinadas a facilitar a los proyectos empresariales la disponibilidad de suelo industrial
de calidad, al precio mínimo legal que marcan las distintas normativas europeas,
nacionales y regionales. De esta manera se contribuye a mejorar la competitividad de las
iniciativas empresariales en las zonas rurales y que las mismas puedan competir en
términos de igualdad con las asentadas en otros territorios.
Sección 2.ª
Economía
1. Las Administraciones públicas extremeñas fomentarán las cadenas de
distribución cortas y los mercados locales, la transformación de productos
agroganaderos a pequeña escala y las producciones de alta calidad, con el objetivo de
aumentar el valor añadido y el retorno económico a los productores.
2. Del mismo modo, se incentivará la recuperación, modernización y digitalización
del pequeño comercio. En este sentido, la Administración Autonómica impulsará la
creación de herramientas tecnológicas y digitales que permitan al comercio de
proximidad y los sectores productivos adaptarse y competir en el ámbito del comercio en
línea. Asimismo, apoyará, asesorará, acompañará y ofrecerá cursos de formación en
horario compatible con la conciliación laboral en este proceso de transformación digital a
través de la consejería competente en materia de comercio.
cve: BOE-A-2022-5853
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 77. Comercio de proximidad.
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 49078
restante normativa en materia de subvenciones para las subvenciones de concesión
directa por razones que dificulten su convocatoria pública.
3. Reglamentariamente se regulará el procedimiento para la declaración como
estratégica de la formación para el empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 75. Retorno y permanencia del talento en zonas rurales.
La Junta de Extremadura desarrollará un programa de retorno del talento interno
para facilitar a los titulados extremeños, que se encuentren residiendo o hayan residido o
trabajado en nuestra región, el retorno a las zonas rurales, fomentando su contratación,
su actividad emprendedora o la continuidad de su formación profesional. En los mismos
términos, se fomentará la permanencia del talento en las zonas rurales.
Artículo 76. Emprendimiento.
1. La Junta de Extremadura, en el marco de las políticas de fomento empresarial,
establecerá incentivos y ayudas para la creación de empresas y de fomento del
autoempleo, incorporando criterios de discriminación positiva en el mundo rural, en las
bases reguladoras de las subvenciones que incentiven la inversión empresarial. En este
sentido, la Junta de Extremadura podrá complementar las subvenciones estatales que
obtengan proyectos generadores de riqueza y empleo en el mundo rural, dentro de los
límites fijados por los mapas de ayudas regionales de la Unión Europea.
2. La Junta de Extremadura impulsará el desarrollo y la competitividad empresarial
y los nuevos modelos de negocio teniendo presente la Industria 4.0 y las oportunidades
de diversificación económica que ofrecen las nuevas tecnologías. También fomentará el
uso de datos como motor de impulso del medio rural, abordando la interoperabilidad de
datos y la implicación de los sectores públicos y privados
3. La Junta de Extremadura, en colaboración con las Administraciones Locales,
planificarán redes de apoyo y asesoramiento a los emprendedores, en aras a desarrollar
programas específicos dirigidos a la fijación de la población y al desarrollo estratégico de
las zonas rurales de la región.
4. La Junta de Extremadura fomentará el crecimiento empresarial mediante
medidas de apoyo al acceso a nuevos mercados y a la internacionalización.
5. Las administraciones públicas de Extremadura desarrollarán iniciativas
destinadas a facilitar a los proyectos empresariales la disponibilidad de suelo industrial
de calidad, al precio mínimo legal que marcan las distintas normativas europeas,
nacionales y regionales. De esta manera se contribuye a mejorar la competitividad de las
iniciativas empresariales en las zonas rurales y que las mismas puedan competir en
términos de igualdad con las asentadas en otros territorios.
Sección 2.ª
Economía
1. Las Administraciones públicas extremeñas fomentarán las cadenas de
distribución cortas y los mercados locales, la transformación de productos
agroganaderos a pequeña escala y las producciones de alta calidad, con el objetivo de
aumentar el valor añadido y el retorno económico a los productores.
2. Del mismo modo, se incentivará la recuperación, modernización y digitalización
del pequeño comercio. En este sentido, la Administración Autonómica impulsará la
creación de herramientas tecnológicas y digitales que permitan al comercio de
proximidad y los sectores productivos adaptarse y competir en el ámbito del comercio en
línea. Asimismo, apoyará, asesorará, acompañará y ofrecerá cursos de formación en
horario compatible con la conciliación laboral en este proceso de transformación digital a
través de la consejería competente en materia de comercio.
cve: BOE-A-2022-5853
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 77. Comercio de proximidad.