I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Reto demográfico y territorial. (BOE-A-2022-5853)
Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 11 de abril de 2022

Sec. I. Pág. 49065

agroalimentario de Extremadura, a través de fusiones y/o integraciones o de la
constitución de cooperativas de segundo grado, así como se realizarán actividades
tendentes a la transformación digital de las entidades agroalimentarias.
4. La Junta de Extremadura pondrá en marcha medidas destinadas a visibilizar y
potenciar la presencia de las mujeres en las entidades de la economía social, y en
especial en sus órganos de dirección y gestión.
5. La Junta de Extremadura promocionará los productos que generen las entidades
de la economía social de la región por ser una actividad económica que contribuye a la
fijación de la población rural y al desarrollo territorial y, especialmente, los productos de
las cooperativas agroalimentarias, por sus características de calidad, sanos y seguros y
a precios asequibles.
6. Con el fin de facilitar la relación de las entidades integrantes de la economía
social con la Junta de Extremadura, se constituirá el Observatorio Extremeño de la
Economía Social, que tendrá entre sus funciones la de analizar y dar a conocer las
principales magnitudes socioeconómicas del sector.
7. Los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura contemplarán
recursos destinados al mantenimiento de las entidades de la economía social y a
programas de apoyo a este sector en las zonas más vulnerables ante el fenómeno
demográfico.
8. Se destinarán recursos a la formación de los consejos rectores, los directivos y el
personal técnico de las entidades de la economía social, así como a la digitalización del
registro de sociedades cooperativas y de sociedades laborales.
9. Las administraciones públicas de Extremadura podrán establecer medidas de
actuación para la reactivación y dinamización de infraestructuras de sociedades
cooperativas agrícolas, ganaderas, forestales, de acuicultura o mixtas que se encuentren
en manifiesta situación de abandono, a través de entidades de economía social,
valorando el relevo generacional y la presencia de la mujer en el medio rural.
Artículo 33.

Promoción de jóvenes agricultores y agricultoras.

Artículo 34. Fomento del asociacionismo de las mujeres en el medio rural.
La Junta de Extremadura:
a) Fomentará el asociacionismo de las mujeres del mundo rural, promoviendo la
creación y mantenimiento de asociaciones que se planteen intervenciones integrales en
el medio rural.
b) Facilitará la creación de iniciativas y redes locales de participación conjunta en
las que se integren mujeres pertenecientes a diversos colectivos y asociaciones.

cve: BOE-A-2022-5853
Verificable en https://www.boe.es

1. La Junta de Extremadura adoptará medidas destinadas a incentivar el relevo
generacional en el sector mediante la creación de empresas para jóvenes agricultoras y
agricultores, y a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante
planes de mejora, impulsando a aquellos jóvenes que ya han tenido una primera
oportunidad con pequeñas explotaciones, y prestando especial atención en aquellas
zonas con una mayor tasa de paro juvenil y más vulnerables ante el fenómeno
demográfico, sin perjuicio de la promoción de personas mayores de 40 años como
agricultoras y agricultores.
Asimismo, se flexibilizarán los requisitos para las ayudas de incorporación a joven
agricultor o agricultora, contemplando la posibilidad de compaginar ½ UTA más horas de
transformación y venta directa.
2. Las bases reguladoras de las ayudas a la mejora y modernización de
explotaciones agrarias mediante planes de mejora establecerán la concesión prioritaria a
las jóvenes agricultoras y agricultores, a las explotaciones agrarias con titularidad
compartida y a las extremeñas y extremeños retornados que acrediten tal condición, así
como a nuevas y nuevos pobladores.